La jueza absuelve a los tres ciudadanos al entender que la libertad de expresión fue ejercitada «sin ningún comportamiento injurioso o de menosprecio que atentase contra la autoridad o persona alguna».
Final feliz para los tres miembros del 15-M que fueron llevados a juicio por el reparto de octavillas. El pasado 22 de febrero, Isaías Dorado, Francisco Javier Heredia y Julián Jesús García se tuvieron que presentar en los Juzgados de Ciudad Real para responder ante un juicio por repartir octavillas en la vía pública.
Según el escrito de la citación, la Policía instó a los miembros del 15-M a dejar de repartir octavillas, argumentando que estaban infringiendo la ordenanza de limpieza del Ayuntamiento de Ciudad Real. Como respuesta, y siempre según la declaración de la Policía, los tres acusados se negaron a abandonar su actividad asegurando que les amparaba el derecho a la libertad de expresión que recoge la Constitución española.
En el juicio, los tres miembros del 15-M defendieron su actuación, que, consideraban, estaba total y absolutamente amparada por el derecho a la libertad de expresión, que, según ellos, no puede estar supeditada a ningún tipo de ordenanza municipal. Y la jueza les ha dado la razón.
Absueltos
La sentencia, que ha sido notificada a los acusados este martes, deja claro que «la libertad de expresión ejercitada por los denunciados a través de la distribución de las octavillas, sin ningún comportamiento injurioso ni de menosprecio hacia los agentes de la Policía Local, ni hacia persona alguna en el escrito que distribuían, excluye la antijuricidad de la conducta de los denunciados, debiendo resultar los mismos absueltos».
Puedes consultar la sentencia completa aquí.
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