Por Resoluciones de la Dirección General de Transición Energética de fechas 7 de febrero de 2023 y 5 de marzo de 2024 (publicadas en el D.O.C.M. de fecha 23 de febrero de 2023 y 13 de marzo de 2024, respectivamente), se reconoció en concreto la utilidad pública de la Subestación Colectora La Solana 220/30 kV y conexión con la SE La Solana (REE), en el término municipal de Puertollano, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 54 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, llevando implícita dicha declaración, la urgente ocupación de los bienes y derechos afectados.
En su virtud, esta Delegación Provincial, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 52 de la Ley de Expropiación forzosa de 16 de diciembre de 1954 y la Resolución de 03/09/2019, de la Dirección General de Transición Energética, sobre delegación de competencias en los/as Delegados/as Provincia les de la Consejería de Desarrollo Sostenible, ha acordado convocar a los titulares de bienes y dere chos afectados para que comparezcan en el Ayuntamiento donde radican las fincas afectadas, como punto de reunión para, de conformidad con el procedimiento que establece el precitado artículo 52, llevar a cabo el levantamiento de actas previas a la ocupación, y si procediera, las de ocupación definitiva.
Todos los interesados, así como las personas que sean titulares de cualesquiera clase de dere chos e intereses sobre los bienes afectados, deberán acudir personalmente o representados por una persona debidamente autorizada, aportando los documentos acreditativos de su titularidad, pudiendo ser acompañados a su costa de un perito o notario, si lo estiman oportuno.
El levantamiento de actas tendrá lugar el día 11 de septiembre de 2024 en el Ayuntamiento de Puertollano a partir de las 11:00 horas. El orden del levantamiento se encuentra en Anexo a esta Resolución y se comunicará al interesado mediante la oportuna cédula de citación, figurando asimismo en el tablón de edictos del Ayuntamiento correspondiente.
Es de significar que esta publicación se realiza, igualmente, a los efectos que determina el ar – tículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
En el expediente expropiatorio, Solana Renovables, S.L. asumirá la condición de beneficiaria.
Ciudad Real, 30 de julio de 2024.- El Delegado Provincial, Casto Sánchez Gijón.