El presidente de Castilla-La Mancha, José María Barreda, se mostró hoy «satisfecho» ante el «varapalo que ha supuesto para la candidata del PP» la sentencia del Tribunal Constitucional desestimando por unanimidad el recurso que interpuso contra la Ley Electoral de Castilla-La Mancha.
Barreda aseguró sentirse muy contento y satisfecho ante una sentencia que consideró «de capital importancia desde el punto de vista jurídico y relevante desde el punto de vista político por el comportamiento y las descalificaciones que María Dolores de Cospedal personalmente ha expresado de manera reiterada».
De esta manera el jefe del Ejecutivo autónomo, que anunció que solicitará un debate al respecto en las Cortes regionales, valoró un fallo que, dijo, «es muy claro y contundente, que no deja lugar a la duda, a la interpretación», y que, en su opinión, “pone a las cosas y a la gente en su sitio”.
Por esta modificación de la Ley Electoral que ahora el Tribunal Constitucional ha estimado con esta sentencia “coherente y consistente” Barreda recuerda que «fue insultado, calumniado y sometido a una campaña de descalificaciones que ha estado vigente durante toda la legislatura».
Así, el presidente destacó algunos aspectos del fallo, como el hecho de que considere que la fundamentación última del recurso presentado por los dirigentes del PP no es la confrontación de la norma impugnada con la Constitución, sino trasladar al Tribunal Constitucional un debate político.
«Sin argumentación jurídica, sólo motivación política»
“No se me ocurre un varapalo mayor a los que plantearon un recurso de inconstitucionalidad que les digan que no tienen ningún argumento jurídico, sino una motivación exclusivamente política y, por tanto, un intento de utilización de este tribunal en la disputa partidaria”, aseguró Barreda, que destacó además que el Constitucional remarque en su sentencia que no considera en modo alguno que la modificación de la Ley Electoral de Castilla-La Mancha sea “arbitraria, caprichosa, inconsecuente o incoherente”.
El fallo insiste en que la argumentación de los recurrentes carece de base jurídica cuando plantean que con la Ley recurrida se pretenda establecer un sistema electoral favorable al grupo mayoritario de la Cámara.
En este punto, la sentencia resalta que la aprobación de la Ley Electoral de Castilla-La Mancha tuviera lugar inmediatamente después de celebrados los comicios autonómicos, y reconoce que la decisión de aumentar la representación de la provincia de Guadalajara y de Toledo en un diputado en cada una, teniendo en cuenta la evolución demográfica de ambas provincias, “acerca la distribución de escaños al peso de la población” y “acentúa la proporcionalidad del sistema”. La Ley, continúa el fallo, “corrige disfunciones producidas en la proporcionalidad del sistema y en consecuencia, en el voto igual”.
Además y según destacó Barreda, el fallo insiste en que el cumplimiento de las promesas electorales “no puede ser motivo para la declaración de inconstitucionalidad de las normas en las que se plasma” y reitera además que la propuesta de modificación de la ley Electoral fue debatida con anterioridad a la disolución de la Cámara y a la convocatoria de las elecciones.
En este sentido, el presidente valoró que el Constitucional afirme que la modificación de la Ley Electoral responde a razones objetivas y que “no es posible reprochar a la Ley impugnada la arbitrariedad que se invoca en el recurso”.
«No da igual usar insultos y calumnias»
Estando así las cosas, el jefe del Ejecutivo castellano-manchego insistió en la necesidad de que aquellos que entraron en el “juego perverso de la calumnia y la difamación” se retracten y corrijan su comportamiento. El presidente recordó que «los dirigentes del PP llegaron a comparar la modificación de la norma con un golpe de Estado calificándola de antidemocrática, sectaria y dictatorial, sin escatimar así en insultos y sin ahorrarse, dijo, ninguna barbaridad.