El vicepresidente de la Diputación Ángel Amador ha presentado a Antonio Martínez Maroto, Jurista Gerontólogo y Jefe del Área del Plan Gerontológico Estatal de Madrid
Maroto, en un tú a tú muy cercano explico lo significativo de los avances en las últimas tres décadas, relacionados con el mundo de la discapacidad y la dependencia; avances que se han fortalecido desde la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad el 13 de diciembre del 2006; la cual no es otra cosa que la primera declaración de derechos humanos del siglo veintiuno.
La discapacidad es un tema cambiante, sobre todo por la velocidad actual en cualquier ámbito de la vida, y así lo afirmaba Maroto, manifestando que por esa velocidad, ahora, importa la persona, la cual está sujeta a unos derechos que se han ampliado enormemente en los últimos años, los cuales han sido en los que oficialmente más se ha llevado a cabo por este espectro; sobre todo en la ampliación de los derechos de las personas mayores.
El avance más importante se produjo tras la Convención, la cual entró en vigor en España en mayo de 2008, pasando a ser un derecho positivo y por lo tanto, de obligado cumplimiento; y aunque realmente no creara nada nuevo, sino que recopilara, dentro de la concepción individualista de la discapacidad fue naciendo una nueva visión de la misma, donde ahora predominan los aspectos sociales.
Ha pasado, según Maroto, de ser una preocupación importante para los estados, a ser una cuestión de Derechos Humanos en un mundo globalizado en el que se ha convertido en una forma de diversidad donde todos somos deudores y acreedores.
El nuevo modelo se basa en los principios de vida independiente, en la no discriminación, la accesibilidad universal y el diálogo civil: «no hay nadie capaz de hacer todo y nadie que no pueda hacer algo».
A la Convención se le han adherido ya más de 150 países, ya que aproximadamente el 9% de la población tiene algún tipo de discapacidad; ésta habla de proteger y asegurar el goce pleno y en condiciones de igualdad de todos los derechos humanos y libertades fundamentales para todas las personas con discapacidad; así como promover el respeto de su dignidad inherente.
La razón y fuente de la Convención está sujeta a la dignidad de la persona, la cual le es absolutamente propia.