La «llamativa» actitud judicial en los delitos urbanísticos en Ciudad Real

En su edición de ayer domingo, El País hacía referencia a Ciudad Real en una información sobre delitos urbanísticos. Una vez más, nuestra provincia vuelve a ser protagonista de la actualidad por cuestiones inmobiliarias. 

Según dicha información los ciudadanos, conscientes y perjudicados, «se va involucrando en la lucha contra los delitos de ordenación del territorio y urbanismo, como prueba el aumento de las denuncias contra los ayuntamientos. Pero no siempre prosperan. La complejidad urbanística hace que algunas se archiven porque el ciudadano recurre por vías equivocadas, según recoge la Memoria de la Fiscalía Coordinadora de Medio Ambiente y Urbanismo.»

La memoria no puede ser más desalentadora para el diario madrileño: «describe falta de medios y, sobre todo, de personal, amén de la excesiva variedad de interpretaciones judiciales ante un mismo hecho que hace saltar por los aires los principios constitucionales de igualdad y seguridad jurídica, en palabras de los fiscales. En algunos casos, como en Ciudad Real, se describe la actitud judicial en relación con este tipo de delitos como simplemente y por no utilizar otro término, llamativa«.

La memoria vendría a poner de manifiesto la falta de relaciones fluidas entre la Administración y la Fiscalía, a lo que añade duras críticas al poder municipal «porque se entremezclan los delitos de ordenación del territorio con casos -de desidia, omisión y pasividad de la Administración local que implican una auténtica corrupción administrativa». 

Las comunidades autónomas no se libran, «por no controlar y supervisar, y porque se limitan a imponer sanciones pecuniarias que no llegan a ejecutarse. Hay delitos que acaban prescribiendo y llegan a conocimiento de las fiscalías sólo a través de particulares».

Continúa El País describiendo el esperpéntico caso de Ciudad Real, en el que «para entorpecer las demoliciones, un particular llega a autodenunciarse para iniciar así un proceso penal y evitar la demolición. La pena de inhabilitación apenas le afecta al no ser promotor o constructor y la de prisión acaba en suspensión de la condena con una multa inferior a la que le impondrían por la vía administrativa».
Por último, la cabecera madrileña recoge que «la memoria propone apertura de procedimientos por complicidad contra los que favorecen el suministro de agua o luz a los promotores de construcciones ilegales. Y que se tipifiquen las conductas omisivas de autoridades o técnicos municipales cuando silencian infracciones urbanísticas, para evitar que queden impunes. En el apartado de delitos contra el Patrimonio Histórico, se alude a prevaricación urbanística y se pide que se tipifiquen como delito las excavaciones ilegales».

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