Damián Rojas Gómez, trabajador social.- Si, lo reconozco, puede ser un titular un poco llamativo, pero con la aprobación el pasado día 24 de enero del nuevo Decreto 2/2020 de condiciones básicas de los centros de servicios sociales de atención especializada a las personas mayores de nuestra región, se ha dado paso a la planificación y atención centrada en la persona mayor de bajo coste o “low coast”, como las líneas aéreas.
Este nuevo Decreto deroga la anterior Orden de 2001 que regulaba las condiciones mínimas de los centros destinados a la atención a las personas mayores. Pasados 20 años y dos modificaciones sucesivas en 2013 y 2015 se hacía necesario revisar la normativa…., pero se supone que para mejorarla y más después de la situación tan dramática que se ha vivido en las Residencias de Mayores, especialmente en los primeros meses de la pandemia por el Covid que nos ha mediatizado la vida a todos y todas.
Pues mira por donde la nueva normativa es un despropósito en cuanto a programas de atención y dotación de personal técnico de estos recursos. De los apartados arquitectónicos, condiciones de seguridad y condiciones materiales no puedo opinar, porque considero que no tengo la preparación para ello. Pero en cuanto a atención técnica y dotación de medios y de personal, voy a analizar el tremendo paso atrás dado por la Consejería de Bienestar Social.
Veamos solo algunos de los argumentos que avalan esta afirmación:
Dotación de personal técnico en las Residencias de Mayores. El nuevo Decreto solo exige que como mínimo cuenten con dirección y personal de enfermería a nivel técnico, dejando libertad para elegir los perfiles del resto de personal. Lo dice así: “Las entidades titulares o gestoras de las residencias podrán elegir de entre los perfiles profesionales los más adecuados a su tipología y al perfil de sus residentes, con la finalidad de conseguir la mejor prestación de servicios de atención médica, psicosocial, integración social, promoción de la autonomía o del envejecimiento activo”.
Para conseguir la prestación de estos últimos servicios se necesitan profesiones como trabajo social, terapia ocupacional, fisioterapia o psicología. Sin embargo la norma solo especifica entre los perfiles profesionales obligatorios personal médico y de enfermería. ¿Es esta la forma de llevar a cabo la planificación centrada en la persona que tanto se repite en el decreto? Por si los que han perpetrado esta norma no lo saben, la atención centrada en la persona necesita de una dotación de equipos integrales conformados por diferentes especialidades técnicas.
No se establecen perfiles profesionales mínimos por residentes, dejando al propio centro (más de la mitad de las residencias de Castilla-La Mancha son de titularidad privada) que elijan dichos perfiles técnicos como consideren. Esto da a entender que todo vale, que todos podemos hacer de todo y que no importan las funciones, las titulaciones, la formación y sobre todo: las necesidades de las personas mayores.
Personal de los centros de día. El Decreto define el Centro de Día de la siguiente forma: “Los centros de día son los centros en los que se presta durante el día atención integral a las personas mayores fuera de su domicilio y en régimen no residencial, para mantener y mejorar el mayor nivel de autonomía personal e independencia posibles, potenciando su desarrollo en los ámbitos físico, cognitivo, afectivo y sociocultural. Pretenden facilitar la permanencia de la persona mayor en su entorno habitual, e incluyen transporte adaptado para garantizar el acceso cuando así se prescriba en el Plan Individual de Atención Personalizada”.
Pero además, diferencia entre centros de día generales y centros de día específicos, siendo estos últimos los adecuados para personas con demencia, deterioro cognitivo o algún trastorno psicopatológico por su especialización en las atenciones.
Por lo tanto, los centros de día, que son los hasta ahora denominados Servicios de Estancias Diurnas, se considera que son un recurso muy especializado para trabajar la autonomía personal, mejorar la misma a nivel físico, cognitivo y social, y que necesita de unos profesionales técnicos específicos para trabajar estos aspectos, sobre todo, terapeuta ocupacional y fisioterapeuta de forma inexcusable, y trabajador social en la mayoría de los centros.
Pues bien, en el apartado de dotación de personal, el Decreto dice que el centro de día contará con un grupo de profesionales que compondrá el equipo multidisciplinar integrado, al menos, por el siguiente personal: dirección, que debemos entender que podría ejercerlo personal técnico pero no distingue el perfil profesional. Pero si la figura de dirección se dedica a dirigir, desde luego no se va a poder dedicar a trabajar con los usuarios y en el resto de artículos no establece en ningún momento que se requiera ningún técnico más ni el perfil profesional. Solo exige la figura de dirección y personal auxiliar gerocultor cuya dotación dependerá del número de usuarios.
Esto significa que podemos tener en nuestra región centros de día sin personal técnico o bien un enfermero o un trabajador social en la dirección y ninguno más, y estaría cumpliendo la normativa. Así de claro. Este punto me parece gravísimo, ¿cómo se puede entender un centro de día que no cuente al menos con las figuras profesionales de terapia ocupacional y fisioterapia?, ¿qué se tiene pensado hacer durante el día con las personas mayores usuarias de estos centros?
La planificación centrada en la persona. A lo largo de todo el documento se reitera por activa y por pasiva el término de planificación centrada en la persona atendiendo a los intereses y apoyando su autodeterminación. Y bien, ¿cómo se atienden los intereses de la persona si no sabe qué perfiles profesionales va a haber en su centro?, ¿Cómo se piensa cubrir las necesidades de todo tipo de las personas mayores si no se definen los perfiles mínimos y los ratios de atención por usuarios y programas?
Transporte adaptado a los Centros de Día. El decreto establece que los centros de día incluyen transporte adaptado, pero la realidad es que no es así. En estos momentos el transporte adaptado no es un servicio garantizado por ley y muchos de los centros de día, incluso de titularidad propia de la Junta de Comunidades no tienen dicho transporte y son los familiares quienes tienen que desplazar al centro a la persona mayor.
El transporte adaptado a los Centros de Día fue uno más de los “recortes” del Gobierno Cospedal durante su legislatura. Pues bien, pasados 7 años ya desde aquello, aún no se ha recuperado el transporte adaptado garantizado. Y no será porque los profesionales de los servicios sociales y los propios usuarios y sus familias no lo hayamos reivindicado en innumerables ocasiones, pero dichas demandas no han sido nunca atendidas.
Todas estas apreciaciones ya se hicieron constar en el proceso participativo abierto que se hizo hace meses para que los ciudadanos hiciéramos alegaciones, aportaciones, mejoras o en definitiva, manifestáramos nuestra opinión sobre este decreto. En ese espacio de participación, tanto los colegios profesionales de terapia ocupacional como de trabajo social, diferentes profesionales del ámbito de servicios sociales y algunas entidades, hicimos aportaciones en prácticamente el mismo sentido con respecto a la necesidad de clarificar los perfiles profesionales, establecer los ratios, en definitiva garantizar una atención homogénea a los usuarios de los recursos.
Pues finalmente no se admitió prácticamente ninguna, salvo cuestiones de forma. Lo que también denota falta de cintura….o siendo mal pensados: que los procesos de participación ciudadana sirven para bien poco.
Todos sabemos los argumentos que dará la Consejería: que la inspección velará porque se atienda de forma adecuada a las personas y que en nuestra región se atiende bien a las personas mayores. De eso estoy seguro, en Castilla-La Mancha, en líneas generales se atiende bien a las personas mayores. Pero aquí hablamos de otras cuestiones, hablamos de retroceso en la calidad de los servicios, de que lo que no se exige por norma se corre el riesgo de que no se cubra, de que se tire por tierra el trabajo realizado en esta misma Consejería por numerosos profesionales para mejorar y avanzar en calidad y calidez en la atención y en la protección de derechos de las personas mayores. De no dejar en manos de la iniciativa privada la toma de decisiones sobre los perfiles profesionales con los que atender a sus usuarios.
Como forma de concluir este artículo, y deseando con toda mi alma equivocarme: esta nueva normativa cambia el modelo de atención a las personas mayores de nuestra región, para pasar de una atención personalizada interdisciplinar, diseñada mediante programas especializados para atender sus necesidades, a un modelo en el que lo que importa es “que haya alguien con la persona mayor”, sin especificar para qué. Los profesionales de servicios sociales no queremos que los recursos se conviertan en “aparcamientos de mayores de bajo coste”, queremos recursos de calidad, con programas diversificados y adaptados a las necesidades de las personas mayores.
Porque atender a las personas vale dinero, y atenderles bien, vale mucho más. Pero este decreto lleva camino de todo lo contrario: abaratar costes, dejar en manos de la empresa privada y del tercer sector libertad absoluta en la forma de organizar sus plantillas, establecer sus programas refugiándose en la ambigüedad y laxitud de una norma reglamentaria que desde luego, no está diseñada por personal técnico experto en la atención de las personas mayores.
Este nuevo decreto, y de verdad, me encantaría equivocarme, y sin ánimo de ser alarmista va a traer consigo: precariedad laboral en las profesiones técnicas sociosanitarias, diferencias notables entre las dotaciones de las plantillas y de oferta de programas entre los diferentes centros residenciales con la consiguiente diferencia de trato a los usuarios y lo que me parece más grave: PEOR CALIDAD EN LA ATENCION DE LAS PERSONAS MAYORES DE LA REGION.