Ramón Castro Pérez.- Hoy (y el próximo día) pienso hablarles de pensiones, un tema que, al igual que el dinero, interesa a todo el mundo. Hagan la prueba: convoquen al público para una charla sobre tipos de interés o sobre el montaje de una encimera de cocina. Acudirán unas pocas personas. Sin embargo, rotulen la reunión de tal manera que aparezca la palabra «pensiones». Tendrán un lleno asegurado. A todos nos interesan las pensiones.
—¿Y por qué? —dirán ustedes, aún sabiéndolo.
Verán. Alrededor de las pensiones hay tantas cosas. Demos un repaso: la vida laboral, la edad a la cual dejaré de trabajar, la cantidad que cobraré hasta que me vaya de este mundo, la incertidumbre sobre si será suficiente, si la recortarán en un futuro, etcétera. Con esto ya hay para estar un buen rato charlando. Pero, vayamos por partes.
Nuestro sistema de pensiones es público, obligatorio, generoso, solidario y magnífico.
Es público y obligatorio, en tanto en cuanto es gestionado por una institución pública (la Seguridad Social) que detrae de manera coactiva parte de nuestro sueldo mensual (la cotización).
Es generoso pues, como veremos en la segunda entrega de este artículo, la comparación entre la pensión de jubilación que cobraremos y el último sueldo que obtuvimos trabajando es muy favorable (mucho si la comparamos con los países vecinos).
Es solidario pues las cotizaciones que realizamos de manera obligatoria cada mes, se destinan al pago de las pensiones de los que ya están jubilados. Es decir, al cotizar, los que estamos en activo, vamos conformando el derecho a cobrar una pensión en el futuro, sí, pero esas sumas de dinero no nos pertenecen. Las destinamos a las pensiones actuales. Eso se denomina solidaridad intergeneracional.
Es magnífico pues jamás (nunca) un jubilado se quedó sin cobrar una mensualidad. Jamás. Y eso, habida cuenta de las tensiones que tiene el sistema, es mucho. Magnífico pues.
Una vez descrito nuestro sistema (que tiene tantas bondades), es hora de pasar a ver cómo se calcula la pensión de jubilación (el objetivo de esta primera entrega) y, para ello, nos serviremos de un caso muy sencillo que utilizo en algunas clases (si sale a colación el tema, claro). Aunque, antes de comenzar, nos detendremos en repasar unos pocos conceptos:
- Ya les adelanté que los que trabajamos estamos obligados a cotizar, es decir, a destinar una parte de nuestro sueldo a la Seguridad Social. Esto nos dará derecho, si cumplimos los requisitos, a percibir (entre otras cosas) una pensión de jubilación.
- Ahora bien, ¿cómo se calcula esta cotización? Fácil. Es un porcentaje de una cifra que se parece mucho a nuestro sueldo mensual. Esa cifra es la base de cotización y para su cálculo se emplea el sueldo. Así que, si usted tiene un buen sueldo, su base de cotización será alta (cotizando más) y si, por el contrario, tiene un sueldo bajo, su base de cotización será baja (cotizando menos).
- Ojo con lo anterior. Cuanto mejor sea la base de cotización, mejor será la pensión. Así que siempre convendrá ganar un buen sueldo (eso siempre conviene, dirán ustedes).
Ya es hora de ir a los números. Les presento a Elena. Bueno, más bien, a su vida laboral. Es esta:
- Elena comenzó su vida laboral trabajando en un almacén, en el que estuvo cinco años. Su base de cotización mensual era de 1 000 euros.
- A los cinco años, cambió de trabajo y logró un puesto de administrativo. Más responsabilidad y mayor sueldo. Por tanto, mayor base de cotización. Dedicó diez años de su vida a ello. Su base de cotización durante este período fue de 1 600 euros mensuales.
- Elena aceptó una oferta de la empresa de la competencia y saltó de categoría profesional. Se convirtió en responsable de compras, ocupando el puesto de trabajo durante 13 años. Su base de cotización mensual subió a 2 950 euros mensuales.
- Los últimos cinco años de su vida laboral, los dedicó a un puesto directivo. Cotizó por una base de 3 650 euros mensuales. Por fin, a los 66 años, Elena se jubila (edad legal de jubilación en 2021 si se tienen menos de 37 años y 3 meses cotizados).
Aquí tienen la información anterior en forma de tabla. Miren:
¡Preguntas!
—¿Hace 33 años se cobraban 1 000 euros trabajando en un almacén? (al cambio, serían unas 166 386 pesetas).
—Seguramente se cobraba mucho menos, pero, para ser justos, la Seguridad Social actualiza las bases de cotización para adecuarlas al nivel de vida del momento en el que va a calcularse la pensión. Supongamos, por ejemplo, que la base de cotización mensual de Elena en 1989 era de 450 euros (unas 75 000 pesetas). Pues bien, desde entonces, la vida ha subido un 136,6% (según INE), por lo que esos 450 euros mensuales bien serían hoy 1 064,70 euros. Por tanto, todas las cifras que ven en la tabla están actualizadas y ajustadas al nivel de vida actual, que es cuando se va a proceder con el cálculo.
—¿Tiene derecho Elena a pensión de jubilación?
—Sí, pues ha cotizado más de quince años. En concreto, tiene 33 años cotizados.
—¿Qué pensión le va a quedar?
La Seguridad Social nos ofrece la información necesaria para calcularla. Está todo aquí:
Les adelanto que la pensión de jubilación será un porcentaje de lo que conocemos como base reguladora. Un momento, ¿no habíamos hablado de base de cotización? Sí, pero debemos avanzar hacia la base reguladora, un importe que está relacionado con la base de cotización. Para que nos entendamos:
del Salario a la Base de cotización y de ésta a la Base reguladora
Pensión = Porcentaje (%) · Base reguladora
Así que lo que les voy a contar es cómo se configura la base reguladora para el caso de Elena, que se jubila en 2021, tras 33 años cotizando por diferentes bases. Fíjense, la Seguridad Social nos dice que, para este año 2021, la base reguladora estará compuesta por la suma de las últimas 288 bases de cotización, dividida por 336.
—¡Qué lío!
No se apuren. Fíjense que 288 es igual a 24 por 12. Esto es, a Elena le van a contar las bases de cotización de los últimos 24 años.
Sin embargo, 336 es igual a 24 por 14. La razón de este número es sencilla: Elena, como asalariada, ha estado cotizando 12 veces al año, pero su pensión se recibe en 14 pagas anuales. Por esta razón, la base reguladora será siempre menor a la base de cotización media.
Base reguladora = (3 650·60 + 2 950·156 + 1 600·72) / 336 = 2 364,29 euros
Explicamos la fórmula: debemos tener en cuenta los últimos 288 meses (24 años) en los que Elena trabajó, así que comenzamos por los últimos 60 meses (5 años) en los que Elena cotizó por una base de 3 650 euros. Seguimos hacia atrás. Es el turno de los 156 meses (13 años) en los que Elena cotizó por una base de 2 950 euros. Nos quedan 72 meses, que son parte de los 10 años en los que Elena cotizó por una base de 1 600 euros mensuales.
Dividimos el resultado entre 336 (24 años a 14 pagas, recuerden) y obtenemos la cantidad de 2 364,29 euros. Esta es la base reguladora. Estamos muy cerca de obtener la cuantía de la pensión.
En la dirección web que les he proporcionado anteriormente, aparece (también) información sobre el paso siguiente. En concreto, Elena, por los primeros 15 años cotizados, tiene derecho a percibir como pensión de jubilación el 50% de su base reguladora. Así pues, ¡porcentaje garantizado!
—Pero Elena cotizó durante 33 años. ¿No cuentan?
¡Claro que sí! Aún restan, en este caso, 18 años, que son 216 meses. La Seguridad Social, para este año 2021, establece que:
- Del primer mes sobrante al mes 106, se añadirá un 0,21% por mes. En ese caso, hablamos de añadir un 22,26% (106·0,21)
- De los meses siguientes, se añadirá un 0,19% por mes. En ese caso, hablamos de añadir un 20,9% [(216-106)·0,19]
Así pues, si sumamos los porcentajes tenemos que Elena tendrá derecho al:
50% + 22,26% + 20,9% = 93,16% de su base reguladora, que es:
0,9316·2 364,29 = 2 202,57 euros
¡Ya tenemos el importe de la pensión de jubilación de Elena! 2 202,57 euros mensuales.
En la próxima entrega (segunda y última), extraeremos algunas conclusiones, hablaremos de las tensiones del sistema y de algunas soluciones a proponer. De momento, no olviden que:
- Si se jubilan en 2021, utilizarán las bases de cotización de sus últimos 24 años laborales para calcular la base reguladora.
- A la base reguladora se le aplicará un porcentaje (entre el 50% y el 100%) que dependerá de cuántos años ha cotizado (en 2021 son necesarios 36 años cotizados para alcanzar el 100% de la base reguladora).
- Este es un ejemplo muy sencillo. En la dirección web proporcionada tienen mucha más información.
Ramón Castro Pérez ejerce como profesor de educación secundaria, por la especialidad de Economía, en el IES Fernando de Mena (Socuéllamos, Ciudad Real).
Muy didáctico…..
La aportación al Sistema Público de Pensiones español, amparado por el Art. 41 de la Constitución, deviene, actualmente, de la aportación de la empresa (23,6%) y del trabajador (4,7%), Por tanto, la aportación total al sistema de pensiones es el 28,3% del salario bruto del trabajador (excluidos los conceptos de Desempleo, FOGASA y Formación Profesional por no ir destinados a financiar las pensiones) en lo referente al Régimen General.
La web del INSS, https://www.seg-social.es/wps/portal/wss/internet/Trabajadores/PrestacionesPensionesTrabajadores/10963 detalla suficientemente el tema.