El consejero de Hacienda y Administraciones Públicas, Juan Alfonso Ruiz Molina, ha solicitado hoy el respaldo “unánime” de las Cortes regionales al proyecto de Ley de Patrimonio de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, al tratarse del “instrumento más idóneo para llevar a cabo una gestión más eficiente y eficaz del patrimonio regional”.
Durante el debate en las Cortes regionales del dictamen emitido por la Comisión de Asuntos Generales sobre el Proyecto de Ley de Patrimonio de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, que será votado al final de la sesión plenaria, Ruiz Molina ha subrayado que contar con una nueva legislación en la materia posibilitará que la Administración regional pueda llevar a cabo una gestión del patrimonial acorde con una administración pública del siglo XXI.
En este sentido, Ruiz Molina ha puesto en valor que se trata de una de las legislaciones más completas en materia patrimonial a nivel nacional, que nace con el afán de dotar a la gestión y administración del patrimonio de la Comunidad Autónoma de “un marco normativo totalmente renovado, adaptado a las circunstancias actuales y acorde a la legislación básica del Estado”.
Ruiz Molina ha resaltado el perfil “muy técnico” del proyecto de Ley que hoy se ha debatido en las Cortes y que, de salir adelante, vendrá a sustituir a la actual normativa en la materia, que entró en vigor hace 35 años, por lo que se trata de la segunda ley más antigua que está vigente desde la constitución de la Comunidad Autónoma, en 1982.
Tras las nueve modificaciones puntuales de esta Ley que se han acometido desde su aprobación, el presidente regional, Emiliano García-Page, ha considerado “la necesidad de establecer un nuevo marco jurídico en materia patrimonial mucho más completo que el actual”, ha explicado Ruiz Molina.
El cambio que el patrimonio de la Junta de Comunidades ha experimentado en 35 años, incrementándose considerablemente como consecuencia de la asunción de competencias; la evolución de la estructura institucional, competencial y organizativa de la Junta de Comunidades y la necesidad de adaptar la legislación en la materia a la normativa patrimonial y de carácter administrativo a nivel estatal justifican la aprobación de este nuevo marco jurídico.
Una nueva norma que se adapta a la situación actual del patrimonio y a la realidad institucional de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha
A continuación, el titular de Hacienda y Administraciones Públicas ha explicado ante el pleno de las Cortes regionales cuáles son los principales objetivos del proyecto de Ley de Patrimonio de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
Entre ellos, Ruiz Molina ha mencionado dotar a la Junta de Comunidades de una normativa en materia patrimonial acorde a la situación actual del patrimonio de la Comunidad Autónoma, a la realidad institucional de la Junta de Comunidades y al actual marco normativo de carácter administrativo.
Adecuar la normativa autonómica a la Ley de Patrimonio de las Administraciones Públicas, que es la legislación básica y de aplicación general en materia patrimonial; incorporar las prerrogativas y facultades administrativas en materia patrimonial, así como nuevos contenidos y figuras jurídicas esenciales para la gestión patrimonial actual y establecer una regulación completa y actualizada del régimen jurídico de los negocios jurídicos patrimoniales, tanto de adquisición como de enajenación, prácticamente inexistentes en la legislación actual, son otros de los objetivos de la nueva normativa.
Finalmente, Ruiz Molina también ha resaltado que este proyecto de Ley permitirá regular en su totalidad la utilización, planificación y coordinación de los edificios de uso administrativo institucional de la Junta de Comunidades; acometer una regulación más completa, unitaria y actualizada del patrimonio empresarial de la Comunidad Autónoma, con especial atención a las empresas públicas, y fomentar la publicidad y la transparencia de la gestión patrimonial, haciendo públicas aquellas actuaciones administrativas de cierta relevancia para la sociedad.
Durante su intervención, Ruiz Molina ha querido agradecer el trabajo del personal empleado público que ha acometido la renovación de este texto legislativo, que consta de 138 artículos, más del doble de los que tiene la normativa vigente, lo que refleja su dimensión.
Incorpora numerosas novedades en diversos ámbitos
En cuanto a las novedades que incorpora la nueva Ley, en relación a la defensa y protección del patrimonio, Ruiz Molina ha mencionado que se establecen las obligaciones de custodia, defensa, protección e integridad de los bienes y derechos patrimoniales en el seno de la administración y para los usuarios o beneficiarios de los mismos. También se prevé la obligación de los registros públicos a suministrar gratuitamente la información que dispongan sobre los bienes y derechos de la Administración regional que tengan por objeto la protección y defensa del patrimonio.
Igualmente, se regulan los aspectos fundamentales de la tramitación de los expedientes de investigación, deslinde y de recuperación de la posesión, generando mayor certidumbre jurídica; se incorpora el desahucio administrativo de bienes demaniales y se prevé un régimen sancionador completamente nuevo.
En relación al destino de los bienes y derechos patrimoniales, la principal novedad es que se incluye el concepto de mutación demanial subjetiva por el cual se prevé que los bienes y derechos de la Comunidad Autónoma se pueden afectar a otras administraciones públicas para que sean destinados a fines de su competencia sin necesidad de reciprocidad.
Con respecto al régimen de uso y aprovechamiento de los bienes patrimoniales, en materia de autorizaciones y concesiones de titularidad pública se establecen nuevos plazos máximos de duración, que serán de 10 y 75 años, respectivamente.
En el marco del aprovechamiento y explotación de los bienes y derechos patrimoniales, la nueva norma tiene en cuenta, no solamente el criterio de mayor rentabilidad económica, sino también la finalidad del servicio o función pública a la que sirven los bienes, ha destacado Ruiz Molina.
Respecto a los edificios administrativos, Ruiz Molina ha calificado como prácticamente novedosa toda la regulación, ya que la normativa actual no mencionaba prácticamente nada. Así, se fijan las reglas básicas para el uso de todas las edificaciones, locales y otros espacios que estén destinados a sedes, oficinas, servicios administrativos y dependencias de las consejerías, organismos y demás entidades públicas.
También se recoge la figura de los edificios administrativos compartidos para facilitar su administración y gestión; se incluyen los planes de optimización de los edificios administrativos, que tendrán carácter obligatorio, y se establece un órgano de control, que es la Consejería competente en materia de Hacienda, y otro de consulta y asesoramiento en esta materia, de nueva creación, que es la comisión consultiva de gestión de edificios administrativos, sin que su creación y funcionamiento implique coste alguno.
Sobre el bloque normativo relativo a los negocios jurídicos patrimoniales destaca el reconocimiento de plena capacidad a la Junta de Comunidades para celebrar todo tipo de contratos, convenios y negocios jurídicos patrimoniales y de libertad de pacto. Con carácter general, los negocios jurídicos patrimoniales se adjudicarán mediante procedimientos de concurrencia competitiva, en concreto, la subasta y el concurso.
En cuanto a los negocios de enajenación, resaltar que se admite el pago aplazado del precio en la venta de bienes y derechos hasta un máximo de 10 años; se admite el pago de una parte del precio en especie, lo que facilitará la concurrencia en los procedimientos de enajenación, y se reduce la garantía del 20 al 5 por ciento para participar en las adjudicaciones de carácter patrimonial para facilitar la concurrencia competitiva.
En relación a la regulación del patrimonio empresarial, se regula la reordenación interna del patrimonio empresarial de la Comunidad Autónoma, facilitando la transmisión de estos activos entre la Administración regional y los organismos, entidades públicas y empresas totalmente participadas por la Junta y a la inversa, eliminando muchas de las cargas previstas en la normativa mercantil y se aborda el régimen de las empresas públicas, estableciendo que para su constitución se requerirá la previa autorización del Consejo de Gobierno.