El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 2 de Ciudad Real ha desestimado el recurso interpuesto por una ciudadana de Puertollano contra la desestimación, por silencio administrativo del Ayuntamiento de la ciudad minera, de una indemnización de 29.954 euros en concepto de daños y perjuicios por una caída en la calle.
La sentencia, de 6 de octubre de 2020, publicada en la web municipal, considera que la mujer, que sufrió una caída en noviembre de 2017 a consecuencia de un desnivel de acerado con el encuentro de un alcorque, por la que sufrió diversas lesiones, no ha acreditado la relación causal entre el daño producido y la responsabilidad de la administración.
Según el juez, acerado y alcorque cumplían con la normativa y la caída podía haberse evitado con un mínimo de cuidado, concluye.
Pues me parece estupendo!
Falta el nexo causal determinante de la responsabilidad patrimonial de la Administración…..
Pero tú que vas a saber? Analfabeto..!
https://elderecho.com/falta-el-nexo-causal-determinante-de-la-responsabilidad-patrimonial-de-la-administracion
Algo conozco sobre la Ley del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (Ley 39/2015, de 1 de octubre) y la Ley de Régimen Jurídico del Sector Público (Ley 40/2015, de 1 de octubre). Se lo aseguro…..