El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 2 de Ciudad Real ha dictado Auto, con fecha 18 de septiembre de 2020, por el que se ratifican para un periodo de 14 días las medidas sanitarias acordadas por la Delegación provincial de Sanidad en Ciudad Real para la localidad de Campo de Criptana.
Concretamente, se ratifican judicialmente por un periodo de 14 días las medidas que afectan a derechos fundamentales, y que son las 4 siguientes: la limitación de aforos al 50% de su capacidad en todas las celebraciones religiosas, siempre que se mantengan las medidas de distanciamiento interpersonal; el cierre de los centros colectivos de sociedades recreativas y culturales; la prohibición de que los residentes salgan de los centros sociosanitarios, salvo casos de necesitar asistencia sanitaria urgente o un deber inexcusable de carácter público. Al reingreso deberán permanecer en cuarentena durante 14 días con realización de PCR al principio y al final de la cuarentena; y la suspensión de eventos deportivos y culturales promovidos por asociaciones, peñas o por particulares.
Las medidas se aplicarán durante 14 días a partir de la fecha de la resolución judicial, pudiendo prorrogarse hasta 28 días en función de la evolución epidemiológica de la enfermedad, según ha informado el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha.
El resto de medidas sanitarias acordadas por la Autoridad sanitaria no necesitan ratificación judicial al no afectar a derechos fundamentales, y por tanto tienen su efecto y son de obligado cumplimiento desde el momento de la resolución administrativa.