Puertollano: El Ayuntamiento pide a la Justicia que concrete la ejecución de sentencia que declara «no conforme a derecho» la licencia de un crematorio

La Junta Local Gobierno del Ayuntamiento de Puertollano ha dirigido un escrito a la sección primera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha (TSJCM) en el que solicita que indique al consistorio la forma en que debe proceder en relación a la licencia otorgada al horno crematorio en el tanatorio de la carretera de Almodóvar de la ciudad minera tras la sentencia que declaraba «no conforme a derecho» el acuerdo del Ayuntamiento, de 18 de marzo de 2015, que concedió la autorización para el inicio de la actividad.

Según ha avanzado este miércoles en rueda de prensa la portavoz del equipo de Gobierno, Ana Carmona, la empresa, Servicios Funerarios de Puertollano, ha elevado un recurso de amparo constitucional, por lo que ante la duda de que se pudieran producir «daños y perjuicios irreparables» en el ámbito de aplicación de la sentencia, se ha pedido al TSJCM que concrete el procedimiento.

El pasado mes de diciembre la sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Supremo acordaba la inadmisión a trámite de los recursos presentados por el Ayuntamiento de Puertollano y la empresa que gestiona el tanatorio de la carretera de Almodóvar de la ciudad minera contra la sentencia del TSJCM que declaraba «no conforme a derecho» el acuerdo del Ayuntamiento de Puertollano, de 18 de marzo de 2015, que concedió la autorización de licencia para el inicio de actividad de un horno crematorio.

La sentencia del TSJCM, de 10 de junio de 2019, respaldada en firme por el Supremo, da la razón a la Asociación de Vecinos Fernando el Santo-Ciudad Jardín al desestimar el recurso de apelación de la empresa funeraria contra la sentencia del juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de Ciudad Real que anulaba la resolución de 24 de junio de 2015 de la Junta Local de Gobierno del Ayuntamiento de Puertollano que desestimó un recurso de reposición interpuesto por la Asociación de Vecinos frente al acuerdo que concedió la autorización.

En la sentencia del TSJCM los magistrados respaldan en su integridad los argumentos y conclusiones del juzgado ciudadrealeño. Entre otras consideraciones puramente administrativas, concluyen que el Ayuntamiento de Puertollano, que no ha regulado una normativa municipal para este tipo de actividades, debe atenerse a los preceptos del Decreto 72/1999 de Sanidad Mortuoria de Castilla-La Mancha, que señala que el crematorio debe estar o bien dentro del cementerio municipal o bien lo más próximo posible. Ambas sentencias coinciden en que, ante la falta de acreditación de imposibilidad por parte del Ayuntamiento, debe entenderse que no se ha respetado tal previsión.

Los representantes vecinales consideran que estas decisiones judiciales «derogan» en la práctica la autorización del Ayuntamiento, por lo que piden el cese de la actividad de crematorio.

Vigilantes para reforzar la seguridad de la sardinada

Por otra parte, Carmona ha informado de que la Junta Local de Gobierno ha solicitado la autorización de la Subdelegación del Gobierno para la contratación de dos vigilantes de seguridad privada durante la actividad carnavalera del entierro de la sardina del 26 de febrero.

Un vigilante se destinaría al control de la zona en la que se celebra la sardinada popular junto a la Concha de la Música de 13.00 a 22.30 horas, que se reforzaría con otro más a partir de las cinco de la tarde. Se trata de garantizar la seguridad de la zona, su normal desarrollo y regular el acceso a la zona de reparto de sardinas.

Cambio de titularidad del Mercado

Por último, se ha aprobado el cambio de titularidad de un puesto del Mercado situado en la galería Ave María de este espacio comercial.

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