Absuelto el matrimonio acusado de apropiarse de dinero y fincas de una anciana en Almodóvar del Campo

La Audiencia Provincial de Ciudad Real ha absuelto a un matrimonio acusado de apropiarse de 179.000 euros y 97 fincas de una anciana de 85 años, madre y suegra respectivamente de los acusados, con quienes convivió en la pedanía de Fontanosas de Almodóvar del Campo entre abril de 2014 y agosto de 2017.

La Fiscalía Provincial de Ciudad Real pedía una pena de cuatro años de prisión por un delito de apropiación indebida y otros tres años por estafa.

No obstante, en la sentencia, los magistrados llegan a la «plena convicción» de que no concurre el delito continuado de apropiación indebida y de que hechos como los denunciados no pueden estar ubicados en el terreno del derecho penal, toda vez que aunque pueda existir cierta insatisfacción en la forma de actuación o gestión de los acusados en relación a la administración de la explotación agraria que asumieron no puede elevarse a la categoría de ilícito penal, cuando, como sucede en este caso, no va acompañado de una prueba de cargo contundente que verifique el cumplimiento de los requisitos y elementos de los tipos penales que son objeto de acusación.

Además, los jueces ponen de especial relevancia fue la declaración de la madre, quien a pesar de su estado físico con una importante limitación deambulatoria, así como el uso constante de un aparato autónomo de oxigenoterapia, contestó de forma ordenada, clara y coherente al interrogatorio de las partes. En este sentido señalan que su declaración fue «ilustrativa» en cuanto al estado del negocio familiar y que de forma voluntaria decidió derivar su gestión a favor de su hija y yerno, «que durante todo ese tiempo la cuidaban y «no le faltaba de nada».

En el mismo sentido los magistrados aseveran que la señora no fue «engañada» por lo acusados para ir a una notaría de Pozoblanco con el fin de conseguir tierras y bienes. «Los actos de disposición del patrimonio de la denunciante se producen en el ámbito de la relación de la madre e hija y por razón de la misma y de la afectividad que había entre ellos, no pudiendo hablar de engaño idóneo o bastante que justifique el elemento de la estafa», subrayan.

Relacionados

1 COMENTARIO

ESCRIBE UN COMENTARIO

Por favor ingrese su comentario!
Por favor ingrese su nombre aquí


spot_img
spot_img
spot_img
spot_img
spot_img