Puertollano: Más de medio centenar de empresarios de FEPU asisten a la jornada informativa sobre obligatoriedad del registro diario de la jornada laboral

Más  de medio centenar de empresarios de  Puertollano  y comarca se han interesado por la charla informativa que ha impartido  hoy en la sede  de FEPU   el inspector de Trabajo y Seguridad Social Ángel Trujillo  sobre la obligatoriedad del Registro Diario de la Jornada en las empresas, que entró en vigor el pasado 12 de mayo.

La organización de esta jornada, según ha indicado el presidente de F.E.PU Miguel Ángel Ruiz,  responde al interés mostrado por muchos empresarios de Puertollano que han expresado sus dudas a la hora de aplicar la norma.  La jornada, organizada por F.E.PU   ha convocado a empresarios de diferentes sectores representados en la organización empresarial, desde PYMES  del sector del metal, a  hostelería, comercio, transporte, talleres o empresas de servicio.

El texto de la normativa, ha recordado el inspector de trabajo,   obliga  a las empresas a registrar las horas de entrada y salida de sus trabajadores con el objetivo de que éstas se ajusten a las legalmente establecidas, con el fin de evitar situaciones abusivas. “Al  trabajador le interesa registrar su jornada, pero también le interesa al empleador,  es una cuestión de seguridad jurídica” ha precisado el inspector de trabajo.

Trujillo en su exposición  ha indicado que no existe un modelo obligatorio de registro, pero el que se utilice por la empresa debe ser un sistema de registro objetivo que respete el derecho a la intimidad de las personas, y en cualquier caso el que se pacte en convenio colectivo o en acuerdo colectivo de empresa, y en su defecto lo que decida el empleador, previa consulta con la representación legal de los trabajadores.

La norma requiere que la empresa conserve los datos consignados en los registros durante cuatro años, permaneciendo a disposición de los trabajadores, de sus representantes  legales y de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.

El sistema  utilizado para el registro será de libre elección por la empresa, siempre que garantice la fiabilidad  e invariabilidad de los datos diarios de comienzo y finalización de la jornada laboral.

Además  la norma contribuirá a  combatir  el intrusismo y “conseguirá regularizar muchas jornadas laborales, de tal manera que en el puesto de trabajo estemos trabajando y no estar por estar”  ha subrayado Trujillo.

El Real Decreto-ley 8/2019 de 8 de marzo sobre el que se basa dicha normativa, tipifica infracciones que, en caso de su incumplimiento, van desde los 626 euros de  multa hasta los 6.250 euros.

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