Puertollano: IU propone la congelación de IBI y recibo de agua, y la subida de la tasa por instalación de cajeros automáticos

El grupo municipal de Izquierda Unida ha propuesto la congelación del IBI y del recibo del agua, así como una subida del 2,85  de la tasa por instalación de cajeros automáticos en las fachadas de los inmuebles en la próxima revisión de las ordenanzas fiscales de 2019, que será debatida en el pleno municipal de este jueves. Respecto al IBI, y en un comunicado, IU propondrá también un recargo para los inmuebles desocupados con carácter permanente, condicionado a una futura regulación por el Ministerio de Hacienda.
cajero
Comunicado de IU:

PROPUESTA DEL G. M. IZQUIERDA UNIDA PARA LAS ORDENANZAS FISCALES DE 2019

ORDENANZA FISCAL Nº 1: Impuesto sobre Bienes Inmuebles (I.B.I.).
Proponemos la congelación de esta tasa para el próximo ejercicio. Así mismo, presentamos la siguiente enmienda:
PROPUESTA DE RECARGO EN EL IBI A LOS BIENES INMUEBLES DESOCUPADOS CON CARÁCTER PERMANENTE

Apostamos por la presión fiscal a la vivienda vacía como la medida más adecuada para incentivar la habitabilidad de esas viviendas. De esta manera, buscamos que una mayor oferta de vivienda ya construida pueda frenar la nueva burbuja inmobiliaria en ciernes, que podría traer de nuevo consecuencias económicas y sociales ya conocidas por todos, y a la vez facilite el acceso a la vivienda a las familias con menos recursos, a jóvenes y a pensionistas.

A estas necesidades se le suma la falta de recursos en la administración local para hacer frente a todos los servicios que presta y que resultan imprescindibles para la calidad de vida y el bienestar de los ciudadanos. El principal de los recursos propios que sostienen estos servicios en los presupuestos municipales, es la recaudación del Impuesto de Bienes Inmuebles.

Para lograr estos objetivos, debemos incorporar en nuestra ordenanza fiscal del Impuesto de Bienes Inmuebles el recargo que prevé la Ley Reguladora de las Haciendas Locales en el tercer párrafo del artículo 72.4:
“Tratándose de inmuebles de uso residencial que se encuentren desocupados con carácter permanente, por cumplir las condiciones que se determinen reglamentariamente, los ayuntamientos podrán exigir un recargo de hasta el 50 por ciento de la cuota líquida del impuesto. Dicho recargo, que se exigirá a los sujetos pasivos de este tributo y al que resultarán aplicable, en lo no previsto en este párrafo, sus disposiciones reguladoras, se devengará el 31 de diciembre y se liquidará anualmente por los ayuntamientos, una vez constatada la desocupación del inmueble, juntamente con el acto administrativo por el que ésta se declare.”

Así mismo, incorporamos una Disposición Transitoria para que el recargo no sea de aplicación hasta que el Gobierno del Estado, a través del Ministerio de Hacienda, elabore un Reglamento de inmuebles de uso residencial que se encuentren desocupados, para permitir a los Ayuntamientos ejecutar de forma efectiva el recargo que recoge la normativa de referencia, para lo cual pedimos al Gobierno de la nación que apremie en esa actividad legislativa.

Por todo ello, proponemos los siguientes acuerdos para incorporarlos a la Tasa Fiscal nº 1:

Primero.- Incluir en el artículo 4 de la Ordenanza Fiscal Nº 1, reguladora del IBI en el municipio de Puertollano, el siguiente texto:
“2.- De conformidad con la posibilidad prevista en el artículo 72.4 de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se aplicará un recargo del 50 por ciento de la cuota líquida del impuesto cuando se traten de inmuebles de uso residencial que se encuentren desocupados con carácter permanente. Dicho recargo, que se exigirá a los sujetos pasivos de este tributo y al que resultarán aplicable, en lo no previsto en este párrafo, sus disposiciones reguladoras, se devengará el 31 de diciembre y se liquidará anualmente, una vez constatada la desocupación del inmueble, juntamente con el acto administrativo por el que ésta se declare.”

Segundo.- Incluir en la Ordenanza Fiscal Núm. 1 Reguladora del IBI, la siguiente disposición transitoria:
“El recargo a los bienes inmuebles de uso residencial que se encuentren desocupados con carácter permanente será de aplicación el año fiscal posterior al que se apruebe, por parte del Congreso de los Diputados, el correspondiente Reglamento que regule los mecanismos de constatación de desocupación de inmuebles de uso residencial.”

ORDENANZA FISCAL Nº 18: Tasa por el suministro de agua.
Proponemos su congelación.

ORDENANZA FISCAL Nº 35: Tasa por instalación de cajeros automáticos en las fachadas de los inmuebles de las entidades bancarias o cajas de ahorro, con acceso directo desde la vía pública.
Proponemos una subida del 2,8%.

ORDENANZA FISCAL Nº 36 (De nueva creación): Tasa por la utilización del Coso Polivalente.
Que se inicie el expediente para la publicación y aprobación correspondiente de la ordenanza fiscal número 36 (tasa del Coso Polivalente) con los necesarios informes técnicos y jurídicos.

Puertollano a 19 de Octubre de 2018

Jesús M. Manchón Sierra Portavoz del Grupo Municipal de Izquierda Unida

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2 COMENTARIOS

  1. Claro,pero a locales comerciales, naves…a eso no le apliqueis nada, no vaya a ser que se desarrolle la economía, dejen de existir pobres y entonces a ver de que vivís junto al psoe.

    Yo también penalizaria al empresario que de trabajo, y pondria sueldos triples a los concejales de los municipios que convoquen planes de empleo.

  2. De los 25,58 millones de viviendas existentes en España, un 4% son propiedades desocupadas y sin uso.
    Pero hay que ser prudentes en la aplicación de tasas a particulares con viviendas vacías……

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