Legalidad del sistema “foto-rojo” en Ciudad Real (3)

José Luis Morales Calvo. Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos.- Continuamos con otro artículo (ver anterior) donde se cuestiona la legalidad del sistema “foto-rojo” en Ciudad Real. Según el Concejal Delegado de Régimen Interior y Seguridad Ciudadana, David Serrano, el sentido de estos semáforos es reforzar la seguridad en aquellos pasos de peatones con especial tránsito de personas, estudiantes y menores.

Sin embargo, se olvida el Sr. concejal de la seguridad de los propios conductores, que también son usuarios de la vía, y es que recordemos, qué según lo visto en mi anterior artículo, el tiempo de ámbar de 3 segundos es tan escaso, que no permite una detención en condiciones de comodidad y seguridad antes de la línea del semáforo según la normativa vigente, motivo que puede ocasionar colisiones por alcance ante frenazos bruscos, perdida de control del vehículo, así como la aplicación de una sanción indebida por rebasar el mismo.

A continuación, se responderá a una cuestión de vital importancia para los semáforos que llevan instalado este tipo de sistema en Ciudad Real, ¿Cuántos segundos debería durar la fase ámbar?

Tan sólo existe una recomendación de la Dirección General de Tráfico, en la que se indica que tanto las fases verde, ámbar y rojo inferiores a 35 segundos o superiores a 150 no son aconsejables y, tanto en la Ley de Seguridad Vial, como en el Reglamento General de Circulación, no se especifica ningún tiempo obligatoriamente.

Sin embargo, en los semáforos que utilicen el sistema foto-rojo, se debería aumentar la duración de esta fase ámbar, para ser consecuentes con la fórmula de distancia de parada, (que tiene un origen puramente físico, al aplicar el Teorema de la conservación de la energía: igualando la energía cinética inicial a la energía de rozamiento disipada durante el frenado, se puede deducir la distancia de frenado) y permitir que el vehículo pueda detenerse antes de la línea del semáforo en condiciones de comodidad y seguridad.

Y es que, si atendemos a la ya famosa fórmula de la Distancia de Parada, que recordemos aparece en la Norma 3.1-IC “Trazado” (Orden FOM/273/2016, de 19 de febrero), se puede observar lo siguiente:
rojo1
Que el primer sumando hace referencia a la distancia recorrida durante el tiempo de percepción + reacción, esto es 27,7 metros, que se recorren en un tiempo de 2 segundos.

Por otro lado, el segundo sumando corresponde a la distancia recorrida desde que se pisa el pedal del freno hasta que el vehículo se detiene por completo, y que en este caso es de 23,95 metros.

Recurriendo a la Física, se puede calcular el tiempo que emplearíamos en este segundo sumando, al tratarse la frenada del vehículo de un movimiento rectilíneo uniformemente acelerado (en este caso aceleración negativa, puesto que estamos frenando).

Por tanto y a modo resumen, para que un vehículo pueda detenerse en condiciones de seguridad y comodidad en una vía de 50 km/h necesita:

Longitud (metros) Tiempo (segundos)
Distancia recorrida en tiempo de percepción + reacción 27,7 2
Distancia recorrida en realizar la frenada 23,95 3,47
TOTAL 51,65 5,47

 

Actualmente el tiempo de ámbar es de tan sólo 3 segundos, como se puede observar, muy por debajo de los 5,47 segundos que al menos serían necesarios para detener el vehículo en condiciones de comodidad y seguridad sin rebasar la línea de detención del semáforo, por lo que si circulas a 50 km/h, que es la velocidad legal de la ronda, lo más probable es que seas multado, porque no te dará tiempo a frenar.

Para reducir el riesgo de ser multado, recuerda disminuir la velocidad a 30 km/h cuando te aproximes a la zona del semáforo con “foto-rojo”, hasta que el Ayuntamiento de Ciudad Real, corrija el tiempo de ámbar

Estos cálculos no llevan más de cinco minutos realizarlos, sin embargo, el “equipo técnico sobradamente competente” que el concejal David Serrano dice tener en su departamento de movilidad, lleva “supuestamente” estudiando el tema en cuestión desde el mes de Marzo de 2018 y le ha tomado todos estos meses para contestarme, el 3 de Septiembre de 2018, a mi escrito de alegaciones, con un informe de un Agente de Policía, en el que se argumenta con las primeras entradas que se han encontrado en Google, tras realizar una búsqueda de términos como ”distancia de parada” o “tiempo de reacción”, conclusión a la que se llega a la vista de su contenido.

No se puede entender tanta demora en algo tan sencillo, que no solo afecta a la propia seguridad de los conductores, sino a que cientos de ellos pudieran ser sancionados indebidamente, con el perjuicio de una sanción económica de 200 euros y la pérdida de 4 puntos del carnet de conducir.

Para más inri, el concejal David Serrano, ha salido en los medios, tanto escritos como radiofónicos, indicando que “lamenta estos resultados y la «irresponsabilidad» de algunos conductores, que han sido denunciados hasta seis veces” y que “Los datos son preocupantes y muy malos”, una auténtica falta de respeto a aquellas personas que han podido ser indebidamente sancionadas. En concreto este sistema, que es una máquina de recaudación por parte del ayuntamiento de Ciudad Real, “ha cazado” en los primeros cuatro meses de 2018 a más de 1600 conductores y ha recaudado más de 100.000 euros al mes.

Indica además David Serrano, que “el “foto-rojo” de la Puerta de Toledo es el que más infracciones ha registrado hasta abril, con el 33% del total”, como no podía ser de otra manera ya que atendiendo de nuevo a la Norma 3.1-IC “Trazado” (Orden FOM/273/2016, de 19 de febrero), y en su apartado 3.2.2 Visibilidad de Parada:

Se define la visibilidad de parada dentro de un carril como la distancia que existe entre un vehículo y un obstáculo situado en su trayectoria, en el momento en que el conductor puede divisarlo sin que luego desaparezca de su campo visual. La distancia se medirá a lo largo del carril (…) La visibilidad de parada deberá ser superior a la distancia de parada calculada con la velocidad de proyecto (Vp) del correspondiente tramo

Puesto que la distancia de parada para la ronda, como hemos indicado es de 51,65 metros, no se cumple la distancia de visibilidad de parada, ya que al estar el “foto-rojo” situado en una curva, no se observa hasta que ya se está muy próximo a él, con una distancia únicamente de aproximadamente 29 metros, que ni respeta la distancia de visibilidad, ni mucho menos la distancia de parada.

Ilustración 1: Distancia de visibilidad insuficiente del "Foto-rojo" de la Puerta de Toledo.
Ilustración 1: Distancia de visibilidad insuficiente del «Foto-rojo» de la Puerta de Toledo.

A día de hoy, sigue sin admitir el concejal, que su sistema “foto-rojo” lleva mal implementado el tiempo de ámbar y que ese es el motivo que genera “esos datos preocupantes”.

Sorprende también que los “foto-rojos” estuvieran varios meses en modo de prueba, y nadie se haya dado cuenta de que el tiempo de ámbar está mal implementado en el sistema. ¿Qué es lo que se comprobó durante ese periodo? ¿Qué el sistema ponía muchas multas?

Por otro lado, no puedo terminar este apartado sin mencionar al Jefe de la Sección de Multas del Ayuntamiento de Ciudad Real, que fue la primera persona a la que traté de explicar la situación de la escasa duración de ámbar, y para lo cual se limitó a hacer una mofa sobre “mi estudio de Harvard” y a indicar que la cámara me había hecho la foto con el semáforo en rojo.

LOS “PAPELES” DE LOS “FOTO-ROJOS”

Lo grave de este asunto, es que se han denunciado una “serie de irregularidades y opacidades” en torno a los dispositivos “foto-rojo”, pidiendo a la Concejalía de Movilidad que aclare aspectos en relación a la compra, instalación y funcionamiento del sistema, ya que al parecer no hay un informe que establezca que la ronda es peligrosa, tampoco existen informes técnicos sobre estos aparatos instalados, ni sobre un sistema de control, ni sobre la adquisición de los mismos.

Como podemos leer en el certificado de Junta de Gobierno Local (N.º 2017/05-3), en el cual D. David Serrano De La Muñoza, Concejal – Secretario de la Junta de Gobierno Local del Excmo. Ayuntamiento de Ciudad Real certifica que, en la sesión ordinaria del mismo se aprueba la instalación de cuatro puntos de foto rojos en pasos de peatones semaforizados y se aclara lo siguiente:

Ilustración 2: Fragmento del certificado de Junta de Gobierno Local. Fuente: ciudadreal.es
Ilustración 2: Fragmento del certificado de Junta de Gobierno Local. Fuente: ciudadreal.es

Por otro lado, el informe técnico para la instalación de “foto-rojos” presentado por el Área de Movilidad del Ayuntamiento de Ciudad Real, refleja también este contenido, así como la ubicación de los “foto-rojos” y una escueta información acerca del funcionamiento del sistema, pero en ninguna de las páginas de la que consta dicho documento, encontramos referencia alguna a una justificación de la ampliación al número de “foto- rojos” instalado, que inicialmente era de dos. En definitiva, un informe técnico, que no recoge ningún aspecto técnico, ni justificativo, ni por qué se da ese visto bueno ni nada. La rigurosidad del mismo se puede comprobar en la siguiente imagen:

Ilustración 3: Detalle de certificado de Junta de Gobierno Local. Fuente: ciudadreal.es
Ilustración 3: Detalle de certificado de Junta de Gobierno Local. Fuente: ciudadreal.es

Llama la atención el párrafo, “SCI informa que se da el visto bueno a la trasmisión al Ayuntamiento, mediante adquisición definitiva y sin mantenimiento.”

¿Quién realiza el mantenimiento de estos dispositivos para garantizar su buen funcionamiento y veracidad de las pruebas que obtiene como requisito fundamental para no vulnerar el derecho a la presunción de inocencia, tal y como exige el Tribunal Supremo como garantía de su regularidad técnica y ausencia de manipulación?

Por supuesto, no hay que olvidarse que la empresa SCI, cobra una comisión (se desconoce el porcentaje, pero en otros municipios alcanza el 20% de lo recaudado) por lo que, cuantas más multas, mayor será el beneficio para dicha empresa, recordemos que el sistema recauda entorno a 100.000 euros mensuales.

Además, el Concejal David Serrano, indica que estos dispositivos no han tenido coste para el ayuntamiento, cuando claramente se puede leer que al menos dos de ellos han sido permutados por un equipamiento que iba destinado a la Policía, luego algún coste sí que han tenido. Tampoco se entiende como una empresa puede dar unos dispositivos sin coste alguno a un Ayuntamiento realizando cambios en unas mejoras que fueron puntuadas para adjudicar el contrato según la Ley de Contratos del Sector Público de la que no hay información sobre la modificación de dicho contrato, además que, a día de hoy, los “foto-rojos” seguirían siendo propiedad de SCI, puesto que no se ha aprobado en junta de gobierno el traspaso a la propiedad de dicho ayuntamiento.

Desde aquí, invito al Sr. David Serrano (o a la empresa adjudicataria)(“el adjudicatario vendrá obligado a programación de tiempos y ciclos semafóricos tanto en las instalaciones aisladas como centralizadas, según los planes de tráfico que se establezcan y conforme con las instrucciones municipales”), a que, por el bien y la seguridad de todos los ciudadanos, corrija el tiempo de ámbar de manera “urgente”, que pruebe con el tiempo de ámbar de 5,5 segundos que le indico, y que ha sido calculado de una manera técnica y de acuerdo a la legislación vigente para después comprobar si los datos siguen siendo “preocupantes” o se obtienen unos datos más ajustados a la realidad, puesto que sus cifras son desproporcionadas. Por favor Sr. Concejal, deje de engañar a los ciudadanos y dé explicaciones.

Se adjunta un archivo que puede ser descargado por los lectores, con el estudio técnico y justificativo de la corrección del tiempo de ámbar necesaria en estos semáforos y con el que el Señor Concejal David Serrano podrá comprender por qué sus “foto-rojos” multan a tantas personas

Continuará…

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18 COMENTARIOS

  1. Mi mas sincera enhorabuena J. Luis.
    Al igual que dije la anterior vez, mientras este Ayuntamiento no retire este sistema o amplíe el tiempo en fase Ámbar yo reduciré la velocidad, es la única manera.

  2. Un 10 para este señor y su detallada y clara explicación.
    Muchas gracias por tu análisis de la situación, muy bueno.

    Esperemos que sirva para que cambie y se actualicen los semáforos para que estén adecuadamente.

    • ¿Sigues sin enterarte de las explicaciones?
      Lo mismo te convendría repasar clases del instituto.

      Esto es una explicación matemática incuestionable, no es opinable, ni opcional, ni funciona por fe o por gusto.
      Los números no mienten los entiendas o no. Y están ahí demostrando claramente lo injusto de este sistema de multas.

      Antes no eras tan cazurro y sectario, ¿Qué te ha pasado Hobbes?

    • A ver, José Luis. A esta gente que no está enterada del caso y se cree que tú tienes que pagar alguna multa, pediría que te lo demuestren en vez de crear falsos testimonios.
      Y que miren un poco más allá, que esto no se trata de una guerra política sino de un ciudadano que está demostrando con muchas pruebas que el sistema foto-rojo tiene afán recaudatorio y eso nos incumbe a todos.

      De nuevo, enhorabuena por el artículo y a ver si el concejal David Serrano atiende a tu escrito.

    • ….olvídate que estoy contigo como norma general en la inmensa mayoría de tus apreciaciones. Pero en este caso el Ayto. está claro que mezcla su legítimo interés (y sensato) con proteger a viandantes con el despropósito de multar y recaudar. Ambos criterios juntos es una afrenta

  3. Pues gracias por seguir informándonos e ilustrándonos del porque el sistema foto-rojo, tal y como está implantado en Ciudad Real, no es legal.
    Y me pregunto si no se estará rozando la prevaricación por parte de algún concejal, o de los técnicos correspondientes, porque supongo que de esto algo sabrán, y continúan manteniendo un sistema que técnicamente no cumple con la normativa, y que se está evidenciando que la única finalidad que tiene es recaudatorio.
    Gracias y estaremos pendiente de su próximo artículo.

  4. He leído los tres artículos (hasta ahora) sobre este tema y tengo que decir que me parecen bien realizados, con profusión de datos sobre todo.
    Mis consideraciones son las siguientes, al margen de la legalidad o no del sistema.
    1) Los vehículos en general suelen ir a más de 50 kms/h en la mayor parte de las rondas a pesar de los controles de velocidad que se anuncian en los panales informativos. El efecto disuasorio de estos creo que es nulo…
    2) Es cierto lo de los 4″ de ambar hasta rojo y es cierto que aún yendo a la velocidad máxima, 50 kms/h, «no da tiempo» a frenar con la suficiente «suavidad» como para no poner en riesgo de colisión al vehículo que va detrás del nuestro.
    3) La situación de los indicadores de «fotorojo», está demasiado cerca de la cámara de video y en zonas como Puerta Toledo y Ronda de Granada no se ven a primera vista pues están «en curva» y desde luego imposible leer lo que está escrito dado el pequeño tamaño de las letras… algo similar a lo que ocurre con las señales que indican la «videovigilancia» amparándose en la ley «tal y tal». Solo el pictograma del «fotorojo» es la señal de «peligro» multa…
    4) He comprobado también y además esta misma mañana que he ido por la zona de Puerta de Toledo, que tras pulsar el botón para cruzar el «paso cebra», ha debido ponerse ambar inmediatamente porque un Peugeot que venía desde la ronda del Carmen ha pegado un frenazo que «se ha oido» perfectamente. Si llega a haber otro vehículo detrás – como antes comentaba – seguro que hubiera habido colisión…
    5) PERSONALMENTE bajaría el límite de velocidad en toda la ronda a 40. No se si se puede hacer desde el consistorio ya que este tramo, la ronda, pertenece a una carretera nacional y por tanto a Fomento estatal, pero disminuir 10 kms creo que sería una solución, sobre todo para los ciclistas…
    En fin, no se como acabará esto, tanto en el tema de su «presunta» ilegalidad como en el tema de subir uno o dos segundos el ambar. Lo que sí está claro es que hay que tomar medidas contra la velocidad excesiva y esto de la velocidad cada vez es más complicado sobre todo con los nuevos vehículos en que «te lanzas» tan solo con rozar el acelerador…
    Esperaré a leer el siguiente artículo sobre el tema.

  5. Luis Mario, si por ti fuera prohibías la circulación de vehículos en todo el casco urbano. Eso sí, las bicicletas sí,¿verdad Luis Mario? Qué imagen más enternecedora sería ver a esas nonagenarias dándole a los pedales.
    Yo quería centrar la atención en que se debería conocer, ya que este ayuntamiento debe ser transparente, si el contrato suponía que la empresa instaladora y propietaria de estos artilugios se llevaba comisión sobre la recaudación por multas, porque si es así, supongo que les interesaría que el tiempo del ámbar fuera lo más corto posible. «Blanco y en botella…». Si además, dan con un concejal pardillo, (no digo que el de aquí lo sea, seguro que no), que piensa «huy,mira, nos ponen los fotorrojos y no nos cobran…», pues ya está montado el negocio.
    Enhorabuena por el artículo.

  6. Es una tomadura de pelo y una irresponsabilidad que puede causar accidentes . En ese tiempo en ámbar, para parar el coche hay casi que clavar las ruedas. Es vergonzoso.

    Gracias por este artículo.

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