NATURGY ENERGY GROUP, S.A., en cumplimiento de lo establecido en el artículo 228 del texto refundido de la Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores, mediante el presente escrito comunica a la Comisión Nacional del Mercado de Valores, la siguiente
INFORMACIÓN RELEVANTE
Laudo CIADI dictado en el procedimiento de arbitraje de protección de inversiones iniciado por Unión Fenosa Gas
La sociedad participada al 50% por Naturgy UFG, propietaria de la planta egipcia de Damietta, ha recibido el favorable laudo arbitral del Centro Internacional de Arreglo de Diferencias relativas a Inversiones (CIADI), institución dependiente del Banco Mundial, que resuelve así la demanda presentada en 2014, fallando contra la República Árabe de Egipto por la falta de suministro a las instalaciones de licuefacción de UFG en Damietta.
El laudo estima que no se concedió al inversor el trato justo y equitativo exigido por el Tratado bilateral España-Egipto de protección de inversiones, por lo que condena a Egipto al pago de 2.013 millones de dólares (más de 1.700 millones de euros), después de impuestos y antes de intereses.
Naturgy confía en que este laudo arbitral permita alcanzar un acuerdo global y poner en valor su inversión en Egipto a través de un acuerdo comercial y el restablecimiento del suministro de gas a la planta.
Este laudo demuestra la efectividad en los procedimientos de resolución de conflictos internacionales como instrumento eficaz para asegurar la protección de inversiones internacionales.