Ricardo Chamorro
El avance de la tecnología va en paralelo con los intentos de llevar a cabo fraudes utilizando los nuevos medios.
En consonancia con esos avances y para controlar esos fraudes los Estados legislan adaptándose lo mas rápido posible a las nuevas situaciones. La evolución y creación en el ámbito penal de los delitos realizados a través de Internet, la Ley Orgánica de Protección de datos, la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y el Comercio Electrónico o la Ley de Telecomunicaciones son claros ejemplos de cómo en España tratamos de controlar el imparable avance la Sociedad de la Información de manera ordenada.
Aun existiendo estas normas los cambios superan a la burocracia y los delincuentes cibernéticos continuamente violan unas normas que en el mundo virtual de la globalización son fácilmente quebrantables.
Dentro de estos fraudes existe la suplantación de personalidad utilizando Internet o la publicidad engañosa utilizando como velo una página web.
En relación a lo anterior la Agencia Española de Protección de Datos ha emitido un comunicado en el que expresa haber tenido constancia de correos electrónicos en los cuales se suplanta la identidad de, nada mas y nada menos, la propia Agencia, que es la encargada de tutelar los derechos, inspeccionar, sancionar y unificar doctrina en el ámbito de la protección de datos, así como otras competencias como controlar el spam o correo basura.
El susodicho correo electrónico fraudulento dice lo siguiente:
«Habiendo recibido denuncias acerca de sus actividades en Internet por estar usando direcciones de correo electrónico privadas que no están en ninguna de las bases de datos que aquí se encuentran, procedemos a instruirle un procedimiento sancionador», recordándole que el uso de datos de carácter personal «puede suponer una multa de hasta 60.000 €».
La Agencia Española comunica a los usuarios:
1.- Ninguno de los mensajes remitidos por correo electrónico procede de esta Agencia de Protección de Datos.
2.- Las direcciones de correo electrónico privadas no quedan registradas en las Bases de Datos de este Organismo.
3.- La actividad inspectora no se efectúa por correo electrónico, sino mediante visita presencial debidamente autorizada, sellada y firmada por el Director de la Agencia de Protección de Datos o comunicación por correo ordinario en papel oficial de este Organismo.
4.- Las actuaciones que inician un procedimiento sancionador no se comunican por correo electrónico, sino mediante Acuerdo oficial, firmado por el Director de este Organismo, en el que se especifican las causas de la supuesta infracción cometida y su fundamentación jurídica, dando un plazo suficiente para presentar pruebas y alegaciones.
Continua el comunicado diciendo que también se ha conocido por denuncias presentadas ante la Agencia por diferentes empresas, que han recibido llamadas telefónicas de quienes, haciéndose pasar por la Agencia de Protección de Datos, les solicitan los datos de su cuenta bancaria a efectos de pasarles los gastos por el registro de sus ficheros.
A estos efectos la Agencia informa que:
1.- Ninguna llamada como las indicadas proviene de la Agencia de Protección de Datos.
2.- La inscripción de ficheros en el Registro General de Protección de Datos no devenga tasa ni precio público alguno.
Como vemos incluso la propia Agencia es víctima del fraude. La carrera desenfrenada de la tecnología y una legislación adecuada no es suficiente para el control del fraude, son estrictamente necesarias la concienciación y el apoyo institucional, así como de todos los sectores económicos de la sociedad. La sociedad al completo debe ver en las nuevas tecnologías o en Internet un futuro evidente que ha de ser seguro y para conseguirlo todos hemos de contribuir en la labor.
Mucho cuidado con las empresas que adaptan en Protección de Datos, es importante pedir la acreditación, titulación, referencias y metodologías de las empresas que ofrecen soluciones a la adecuación legal y tecnológica (artículos relacionados: Cultura de la Protección de Datos, Dos meses intensos para la Protección de Datos).
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