La Audiencia Provincial de Ciudad Real ha condenado a J.A.R.D. a dos multas de diez euros diarios durante 45 días por dos faltas de lesiones; y a los hermanos C.M.S. y S.M.S. a una multa a cada uno por cometer la misma falta en la trifulca que los tres mantuvieron a las 20,30 horas del 1 de mayo de 2011 en el recinto ferial de Puertollano, y en la que los tres encausados resultaron con diversas lesiones.
El fallo del juez se fundamenta, básicamente, en que «este caso es un supuesto nítido de riña mutuamente aceptada que tenía como contendientes principales a los tres acusados que resultaron lesionados», por lo que «en tales supuestos de riña mutuamente aceptada no cabe apreciar la concurrencia de legitima defensa en ninguno de los contendientes, ni como eximente completa ni como incompleta, pues el ánimo predominante en ellos no es la defensa, el meramente repeler la agresión, sino el de herir o golpear al contrario, es decir, que cada contendiente no solo se defendió frente al contrario sino que, mas allá de ello, devolvió agresión por agresión con animo predominante de lesionar».