El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 6 de Ciudad Real ha absuelto al ex presidente de la Asociación de Cofradías de Ciudad Real, Emilio Martín Aguirre, del delito de faltas denunciando por Sandalio León Espinosa, su contrincante en las últimas elecciones a la presidencia de la asociación, por haberle mandado mensajes amenazantes por Whatsapp. Así lo ha dado a conocer Martín hoy en su blog, donde ha publicado la sentencia. El juzgado no considera probado que el denunciado realizara los supuestos mensajes amenazadores recibidos por León, actual presidente de la asociación de hermandades.
La jueza señala, además, que el denunciante respondió supuestamente «con otro mensaje de mayor tono intimidatorio que el que dice haber recibido».
Este juicio de faltas fue iniciado el pasado 3 de julio por Sandalio León Espinosa al denunciar ante el juzgado que el día 6 de junio de 2013 había recibido un mensaje por Whastapp de Emilio Martín Aguirre en el que decía “Yo también se hacer mucho daño y lo bueno que no tengo hijos”.
El mensaje supuestamente recibido como contestación rezaba: “No te preocupes, no me achantan las amenazas, si yo quisiera hacer daño ya lo hubiera hecho hace tiempo. Yo si tengo hijas y no dudaría ni un segundo en destrozarle la vida a quien sea si veo que alguien aunque sea por error las intenta utilizar de escudo. Imagino que te has equivocado de chat aunque entre nosotros hablemos poco por aquí. Mucha suerte”.
Según señala el propio Aguirre, reproduciendo la sentencia, en los fundamentos de Derecho la Magistrada manifiesta primero que se formula acusación por una falta de amenazas por el denunciante frente al denunciado, quien niega tanto la remisión como la recepción de los mensajes que se hicieron constar en el acta notarial. La prueba pericial del ingeniero en Informática Daniel Villafranca Alberca, con la ratificación y aclaraciones ofrecidas a las partes y al tribunal en el juicio, pone de relieve la vulnerabilidad del sistema de mensajería Whatsapp, especialmente susceptible de ser manipulado de múltiples maneras que permitirían tanto la suplantación de la identidad como la posibilidad de manipulación de su contenido, sin que la fe pública notarial del acta extendida, tal y como puso de relieve el propio notario, alcance a cubrir la identidad de la persona remitente ni el terminal o teléfono de los supuestos mensajes enviados.
«Es de ver por otro lado, que incluso de haberse remitido el primero de los mensajes la remisión a continuación del segundo sin solución de continuidad, en que se decía que se había equivocado de destinatario, excluiría cualquier intención dolosa de amenazar al hoy denunciante, quien sin embargo supuestamente respondió con otro mensaje de mayor tono intimidatorio que el que dice recibido, extremo que como ya se ha expuesto no ha quedado acreditado en el acto del juicio. Debe por tanto dictarse una sentencia absolutoria por aplicación del principio in dubio pro reo», señala la magistrada.
Martín ha advertido en su blog de que «ya sólo queda esclarecer la manipulación y grabación de los audios difundidos por diferentes redes sociales y medios de comunicación, que se encuentra bajo investigación judicial, de la que pronto tendremos noticias y que dará pie a la acusación por el gravísimo delito cometido de las personas que realizaron estas grabaciones ilegales y las que las difundieron en los diferentes medios».
¿Y ahora qué hará el Obispado con el susodicho Sandalio pendiente de ratificación?
Buena pregunta.
¿Y cómo puede consider la jueza que la respuesta era más intimidatoria si no se demuestra su existencia?
misterios judiciales…
Este elemento era el que estaba poseído por el maligno? Pinta de fanático tiene mogollón
Si la cara es el espejo del alma, no da sensacion de confianza este tipejo…
¿No será esta una de esas juezas sustitutas que ocupan la plaza de juez sin haber aprobado oposición alguna? A ver si un día esta web hace un reportaje sobre las juezas y jueces que ejercen sin oposición ni examen de ninguna clase.
Sería un tema interesante si alguien se atreviera a hablar de ello.
Los jueces sustitutos acceden a uno de los cargos con más responsabilidad (y mejor pagados) del funcionariado español sin demostrar ninguno de ellos la habilidad ni la capacidad para el cargo. Misterios de la vida.
Más quisieran otros funcionarios superar pruebas tan exigentes y completamente exentas de enchufes y gaitas, como las que se requieren para llegar a la carrera judicial, fiscal o notarial. Eso no quita que un tercio de las plazas se cubran por el sistema de concurso entre juristas de cierto prestigio, lo cual deja un margen a entrar por la puerta de atrás y sin superar una oposición, algo que debería suprimirse.
De http://www.ajsyms.es/
En España hay cerca de 1.000 jueces sustitutos, un cuerpo cuyo carácter profesional ha sido reconocido en la edición 2006 de “Sistèmes judiciaires européens” de la Commision Européenne pour l´Efficacité de La Justice (CEPEJ) del Consejo de Europa.
Los jueces sustitutos y magistrados suplentes son jueces, a los que les es de aplicación el mismo régimen de derechos, obligaciones, incompatibilidades y prohibiciones de los jueces denominados de carrera; la principal diferencia con estos últimos es que, a ellos, su paso por la oposición les otorga una plaza en propiedad y la necesidad de su existencia es avalada por los distintos Tribunales Superiores de Justicia y otros organismos superando, algunos de ellos, los 20 años de ejercicio evaluado mes a mes.
Esta realidad no es casual ni su nombramiento aleatorio: para ser juez sustituto debe pasarse, anualmente, un exigentísimo concurso de méritos que solamente superan, entre miles de aspirantes, los más preparados; por ello no es infrecuente encontrarse entre los miembros de este colectivo, con doctores en derecho, profesores universitarios y profesionales de larga y reconocida experiencia en los distintos ámbitos jurídicos. Más objetivamente, basta consultar alguna de las numerosas bases de datos de jurisprudencia para observar que muchas de las sentencias publicadas de contrastada calidad y profundo calado jurídicos han sido dictadas por Jueces sustitutos.
Lo cual no es óbice para que alguno o alguna de ellas sean nefastos, pero eso también pasa con los de carrera. Los hay buenos, malos y mediopensionistas.
Es que es como si dices que los interinos son todos malos. Pues no. Hay interinos que sacan adelante el trabajo de fijos que tienen el colmillo retorcido y no dan un palo al agua. Si es que hay de todo, como en botica.
A mí no me vengan ustedes con informes de comisiones internacionales. Yo soy FUNCIONARIO DE JUSTICIA y conozco desde dentro el tamareo para el nombramiento de jueces sustitutos.
Concretamente, hubo una juez en esta ciudad que había suspendido antes de ser juez el examen para AGENTE JUDICIAL, que es la categoría más baja a la que se puede acceder en la justicia. Es decir: demostró su inutilidad y luego la hicieron juez.
Al hilo de esto, he de decir que he trabajado con (o más bien sufrido a) varios jueces sustitutos. El nivel es bajísimo por no decir catastrófico. A uno le hacía yo las sentencias y las firmaba él, a otro casi le teníamos que llevar de la mano para llegar a casa y limpiarle la baba de encima de la mesa.
El panorama de los jueces sustitutos es alarmante. Una vez tuve a una jueza a la que había que hacerle todo el trabajo porque (y ella misma lo decía) “no sabía de qué iba aquello”.
Repito: soy funcionario de justicia, ustedes podrán manejar estadísticas y datos teóricos, pero yo los veo día a día y cuento lo que veo.