El Consejo de Ministros ha aprobado hoy la remisión al Congreso de los Diputados del proyecto que modificará la actual Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial que incluye cambios que afectarán a la consideración que actualmente tienen los accidentes provocados por piezas de caza.
La nueva normativa, que ha sido muy bien recibida por el sector cinegético, recoge una reclamación histórica de los cazadores durante años, la modificación de la disposición adicional Novena de dicha normativa, que hasta ahora obligaba a pagar los daños causados en los accidentes de tráfico con especies cinegéticas a los cazadores, en la mayoría de los supuestos.
Luis Fernando Villanueva, presidente de Aproca, ha recordado que esta entidad y la federación castellanomanchega de caza llevan trabajando en el marco de la Oficina Nacional de la Caza con la Secretaría General Técnica y con la Dirección General de Política Forestal del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente desde el pasado mes de septiembre de 2012, “con el objeto de terminar con esta injusticia que pesaba sobre el sector cinegético”.
Villanueva ha indicado además que aunque inicialmente se pensó en modificar esta norma a través de la Ley de Montes, “ha sido un gran acierto incluir el texto dentro de la propia Ley de Tráfico, con el objeto de dar mayor seguridad jurídica”.
Por su parte Juan de Dios García, presidente de la Federación de Caza de Castilla-La Mancha ha valorado la decisión como clave para el mantenimiento de muchos cotos de caza de Castilla-La Mancha, que, ha dicho, “ ya no podían asumir los altos costes de los Seguros de Responsabilidad Civil, especialmente en las provincias de Cuenca y Guadalajara, las provincias con más siniestralidad de la región”.
Asimismo, el presidente de la Federación ha señalado que hasta la fecha era una injusticia el hecho de que el titular del coto no sea propietario de una pieza de caza y sin embargo sí lo fuera a la hora de los accidentes de tráfico o que los daños que esta fauna causa a la agricultura, circunstancia esta última que también se está trabajando con el Ministerio en el desarrollo de la Ley de Montes.
Según la redacción del nuevo texto, los cazadores solo asumirán los daños derivados de este tipo de siniestros cuando se produzcan como consecuencia directa de una acción de caza colectiva de una especie de caza mayor.
En todo caso, Villanueva y García han mostrado prudencia ya que aún queda un último trámite, su aprobación en el Congreso de los Diputados, donde esperan se respete este texto ya que es el fruto del trabajo del sector cinegético y la experiencia técnica y jurídica de muchos años.
La nueva Disposición Adicional Novena de la Ley de Tráfico quedará redactada de la siguiente manera:
“En accidentes de tráfico ocasionados por atropello de especies cinegéticas en las vías públicas será responsable de los daños a personas o bienes el conductor del vehículo, sin que pueda reclamarse por el valor de los animales que irrumpan en aquéllas.
No obstante, será responsable de los daños a personas o bienes el titular del aprovechamiento cinegético o, en su defecto, el propietario del terreno, cuando el accidente de tráfico sea consecuencia directa de una acción de caza colectiva de una especie de caza mayor llevada a cabo el mismo día o que haya concluido veinticuatro horas antes de aquél.
También podrá ser responsable el titular de la vía pública en la que se produzca el accidente como consecuencia de no haber reparado la valla de cerramiento en plazo, en su caso, o por no disponer de la señalización específica de animales sueltos en tramos con alta accidentalidad por colisión de vehículos con los mismos».