El Diario Oficial de Castilla-La Mancha publica las bases reguladoras de subvenciones para personas afectadas por la enfermedad celiaca

El Diario Oficial de Castilla-La Mancha publica hoy las bases reguladoras de subvenciones para personas afectadas por la enfermedad celiaca en Castilla-La Mancha.

La enfermedad celiaca es un trastorno multisistémico de base inmunológica, causado por la ingesta de gluten y otras proteínas afines que afecta a individuos genéticamente susceptibles. Las características de la enfermedad difieren considerablemente en función de la edad de presentación. En edad pediátrica son más frecuentes la sintomatología digestiva, así como retrasos en el desarrollo del niño. En cuanto a la población adulta es más heterogénea.

Las personas con enfermedad celiaca conviven con una serie de realidades que afectan a su vida cotidiana, como son las derivadas de su dieta sin gluten, el componente social que conlleva, la calidad de los productos y el sobrecoste económico entre otros.

Así, actualmente el único tratamiento eficaz para la enfermedad consiste en mantener una dieta sin gluten estricta y, a diferencia de otras patologías, a lo largo de toda la vida, aumentando especialmente el consumo de alimentos frescos y no procesados y sustituyendo aquellos que contengan gluten por específicos libres del mismo.

Esto conlleva un encarecimiento en la cesta de la compra que puede redundar en una baja adherencia al tratamiento. Por otra parte, el padecimiento de la enfermedad celiaca comporta importantes cambios en la vida cotidiana de las personas que la padecen, incluyendo dificultades de carácter social que pueden limitar una adecuada adherencia al único tratamiento prescrito.

De este modo, una ayuda económica puede contribuir a paliar la situación en la que se encuentran estas personas para afrontar el sobrecoste que conlleva el mantener una dieta equilibrada sin gluten, que permita reducir la morbimortalidad y complicaciones futuras que la enfermedad celiaca lleva asociadas incluyendo, por tanto, alimentos frescos y no procesados y no solo aquellos específicos para personas celíacas.

La cuantía a conceder será de 500 euros por persona beneficiaria con un máximo de 1.000 euros por unidad familiar.

Las subvenciones concedidas al amparo de la presente orden se harán efectivas, previa justificación, en forma de pago único una vez notificada la resolución de concesión y certificación, expedida por el órgano instructor de la subvención, sobre acreditación del cumplimiento de las condiciones que dan derecho a la persona beneficiaria al cobro de la misma dentro de los plazos establecidos.

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