La Policía Nacional detiene a cinco personas en Ciudad Real por falsificar documentos en las pruebas de acceso a Vigilante de Seguridad

La Policía Nacional ha detenido en Ciudad Real a un total de cinco personas por delitos de falsificación documental en las pruebas para obtener la habilitación como Vigilante de Seguridad Privada. Los detenidos presentaron elaboradas falsificaciones de los títulos que reglamentariamente se solicitan para el proceso de selección de nuevos aspirantes y que son necesarios para el desempeño del puesto de trabajo.

La Unidad Territorial de Seguridad Privada de la Comisaría Provincial de Ciudad Real detectó irregularidades en uno de los certificados entregados por un aspirante a Vigilante de Seguridad, e inició una investigación en la que se inspeccionaron tanto solicitudes en curso como expedientes previos, bajo la sospecha de que algunos de los títulos de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria, Técnico Superior o equivalentes hubieran sido falsificados.

La Policía Nacional paralizó temporalmente los expedientes encausados, al tiempo que cotejó los documentos con Inspección Educativa, verificando así que se trataba de falsificaciones muy elaboradas y que a primera vista podrían pasar como documentos auténticos.

La investigación permitió descubrir que tres de los detenidos habían adquirido, previo pago, sus certificados falsificados de otro Vigilante de Seguridad en activo quien a su vez presentó en su día su propio título también falsificado. El quinto detenido, también Vigilante en activo, adquirió su falsificación en Madrid para  presentarla en Ciudad Real.

La Dirección General de la Policía es la competente en el control de las empresas, entidades y servicios privados de seguridad, vigilancia e investigación de su personal, medios y actuaciones. Estas funciones las desempeña la Policía Nacional a través de la Unidad Central de Seguridad Privada y sus correspondientes unidades territoriales a nivel provincial.

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  1. Artículo 58. Infracciones del personal que desempeñe funciones de seguridad privada.
    El personal que desempeñe funciones de seguridad privada, así como los ingenieros, técnicos, operadores de seguridad y profesores acreditados, podrán incurrir en las siguientes infracciones:

    1. Infracciones muy graves:

    a) El ejercicio de funciones de seguridad privada para terceros careciendo de la habilitación o acreditación necesaria.

    _________________________
    Artículo 27.
    Las autoridades competentes para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ley
    podrán imponer, por la comisión de las infracciones tipificadas en el artículo 23 y de acuerdo
    con lo establecido, en su caso, en las reglamentaciones específicas, las siguientes
    sanciones:
    1. Por la comisión de infracciones muy graves:
    a) Multas de 3.005,07 hasta 30.050,61 euros.
    b) Retirada definitiva de la habilitación, permiso o licencia

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