El fruto del árbol prohibido

Según el relato bíblico, cuando Adán y Eva tomaron el fruto del árbol prohibido, fueron expulsados del Paraíso; sintieron pudor y tuvieron que cubrirse con hojas de higuera; y, a partir de entonces, la humanidad entera fue condenada a la mortalidad.

En Derecho existe la teoría llamada del fruto del árbol envenenado. Se trata de una metáfora legal, referida a una prueba obtenida ilegítimamente, que no se puede utilizar en un proceso penal contra el inculpado. La explicación es que si la fuente de la prueba (el «árbol») se corrompe, entonces cualquier cosa que aquel genere (el «fruto») también estará corrompida. Es decir, si a través de medios ilegales se obtiene una prueba y, a su vez, esta conduce a obtener otras, todas ellas resultarán contaminadas por la ilegalidad de la primera.

Esta doctrina tiene su antecedente en un caso sustanciado en Estados Unidos en 1920. Y en España, se recogió en una sentencia del Tribunal Constitucional de 1984. Hoy es un principio admitido en derecho y aplicado en los países de nuestro entorno, sobre todo en los estados miembros de la Comisión Europea.

Esta teoría del uso del fruto del árbol prohibido, se ha pretendido extender a ámbitos como el de las relaciones comerciales. En los últimos años del siglo pasado, se pretendió exigir —tal vez para acallar la mala conciencia de algunos importadores— un certificado que acreditara que determinados productos se habían fabricado o manufacturado sin la utilización de mano de obra infantil; que se hubieran realizado cumpliendo unas mínimas condiciones laborales; o, entre otras, respetando el medio ambiente. Destaca la de no utilizar determinadas sustancias peligrosas para la salud o evitando generar vertidos tóxicos a los ríos, a los lagos o al mar.

Estos deseos han quedado, en muchos casos, en buenas intenciones difíciles de aplicar y, sobre todo, casi imposibles de controlar, como consecuencia de las reticencias y los costes que les suponen a los países subdesarrollados en los que se llevan a cabo estos procesos. A pesar de todo, algunos certificados de este tipo los proporcionan o publicitan algunas multinacionales y, a veces, son exigidos por las Administraciones Públicas occidentales en sus procesos de contratación.

España debería exigir que, los productos importados, cumplan, de manera efectiva, con nuestra normativa vigente, en cuanto a los procesos productivos de fabricación. También en la importación de productos energéticos procedentes de otras potencias mundiales.

Nuestra legislación aplicable a los procesos productivos de extracción u obtención de productos energéticos responden a criterios idealistas de nuestros legisladores que, a veces, son poco adecuados a nuestras necesidades de consumo y que restan competitividad a nuestras empresas en los mercados internacionales.

La actual crisis económica, derivada de la carestía de los productos energéticos y de las consecuencias que, en el mercado de materias primas, tiene la invasión de Ucrania por parte de Rusia, afecta de manera decisiva a todo nuestro tejido productivo, cuyo efecto principal es el de una elevadísima inflación que está erosionando gravemente nuestra economía.

Los verdes alemanes —partido en el poder en su país y decano del ecologismo europeo—, se plantea ahora extender la vida útil de sus centrales nucleares o el uso del carbón para atender la grave crisis actual. Y en Inglaterra se pretenden abrir nuevas centrales nucleares. Pero aquí parece que estamos a otras cosas.

La producción energética es un ejemplo de nuestra incoherencia política. Se ha legislado sin tener en cuenta lo estratégico que es este sector en la economía de nuestro país y no solo por un tema de costes, que también, sino para garantizar la continuidad del suministro que demanda tanto la población en general, como nuestras empresas.

Hemos pasado de la moratoria nuclear a prohibir —no solo nuevas instalaciones— sino el alargamiento de la vida útil de las centrales nucleares activas, cuando es técnica y económicamente viable esta prolongación. Sin embargo, compramos energía eléctrica a Francia, cuya producción es, mayoritariamente, de origen nuclear.

Por una errónea decisión política, hemos dejado de comprar una parte importante del gas que nos suministraba Argelia, lo que ha obligado a adquirir más gas licuado a EEUU, —que en España requiere su regasificación y transporte a las estaciones de almacenamiento y distribución, lo que genera un incremento de costes importante—. Este gas se obtiene mediante la técnica de explotación conocida como Fracking, que está prohibida en España.   

Para completar los despropósitos energéticos, en los últimos meses, nos hemos convertido en el país de la Unión Europea que más ha incrementado las compras de gas ruso. Hecho que, además de debilitar la causa ucraniana, contraviene los acuerdos adoptados por los ministros de energía de la Unión.

Supongo que nuestros gobernantes no tendrán mucho interés en explicar a la población, la incoherencia de prohibir su producción en España para luego importar y consumir, el fruto del árbol prohibido energético, que genera pingues beneficios, pero eso sí, a las multinacionales energéticas extranjeras, no a las españolas.

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