En este país y con este gobierno que no deja nada sin legislar y controlar, donde hasta los dueños de residuos sobrantes de los restaurantes, comedores, vendedores, casas particulares serán sancionados hasta con sesenta mil euros si arrojan al contenedor lo sobrante de sus alimentos, no se ha vuelto a legislar nada desde el año 1984 sobre la clasificación de los diferentes cuerpos de la función pública.
De tal manera, que la Ley 30/84, de Medidas para la Reforma de la Función Pública agrupa o clasifica en diferentes Cuerpos. A su vez los Cuerpos quedan agrupados en diferentes grupos, como recoge el artículo 25 de la mencionada Ley. Este artículo denominado Grupos de clasificación determina y concreta que los Cuerpos, Escalas, Clases y Categorías de funcionarios al servicio de las Administraciones Públicas se agruparán, de acuerdo con la titulación exigida para su ingreso, en los cinco grandes grupos.
Parece que es necesario recordar a la Administración Educativa, fundamentalmente, dado que es la pertinente, a través de las universidades para impartir, homologar y clasificar los títulos universitarios en este país, que la reforma de los planes de estudios se llevó a cabo, de acuerdo con la reunión de ministros de educación en el año 1999 en la ciudad italiana de Bolonia. Parece necesario recordar también que los títulos de Licenciados ahora se llaman de Grado. Que la duración de esos estudios que antes eran de cinco cursos ahora lo son de cuatro. Que las horas docentes se miden por créditos (medida establecida para todos los países que firmaron el acuerdo y los que ahora ya pertenecen a la Unión Europea más Rusia y Turquía) y que las carreras de cuatro años deben tener una carga de 240 créditos y 60 créditos para realizar el máster, requisito para poder realizar la tesis doctoral.
Todo esto lo debe saber muy bien la administración educativa, es decir el Ministerio de Educación de la Sra. Alegría pero esto no se refleja en la práctica porque a los maestros con el título de grado que aprueban las oposiciones se les sigue manteniendo como de Grupo B. El artículo 24 de la Ley 30/84 dice que en el Grupo B estarán: Título de ingeniero técnico, Diplomado universitario, Arquitecto Técnico, formación profesional de tercer grado o equivalente. Es evidente que aquí no figuran los grados de maestro.
Sra. Ministra de Educación la primera promoción de maestros graduados se produjo en año 2009 en la Universidad Autónoma de Madrid, es decir llevamos ya más de trece promociones de grados de maestros en España y siguen ustedes tratándoles como funcionarios del grupo B es decir de segunda categoría cuando por sus estudios les correspondería estar en el Grupo A dónde están los licenciados, doctores, ingenieros, arquitectos o similares. Claro usted mantiene la trampa que es sencillamente que a las oposiciones se puedan presentar también los antiguos diplomados universitarios y de esta manera tratan por igual lo que es totalmente diferente. ¿Hasta cuándo este despropósito?
Los maestros diplomados universitarios no podían ser doctores porque la su capacidad de formación se lo impedía, pero ahora todos los maestros graduados que se forman en las Facultades de Educación pueden hacer el master correspondiente y adquirir el grado de doctor, realizando la tesis o a través de los famosos artículos en revistas indexadas. Si esto es así y usted lo sabe ¿cómo no son capaces de actualizar esa ley antigua y discriminatoria para los maestros?
Más aún los maestros, es decir el cuerpo de maestros es un saco único sin posibilidad de ascender social ni educativamente, salvo que renuncien a ser maestro y se dediquen a otro menester no más noble pero sí mejor pagado. Es el único cuerpo docente donde solamente uno puede ser maestro, podríamos decir titular porque todos son titulares. En Secundaria el Profesor/a de Enseñanza Secundaria puede acceder al cuerpo de Catedráticos de Enseñanza Secundaria eso sí sin el grado de doctor (no faltaba más que este cuerpo estuviera mimado por la Administración Educativa que ni se preocupa de convocar plazas de catedrático en muchos años). En la Universidad el Profesor Titular de Universidad puede acceder al cuerpo de Catedráticos de Universidad siempre que cumpla los requisitos establecidos tanto de docencia, investigación y gestión
¿Acaso no es una gran injusticia que al maestro se le considere, por la Administración Educativa como cuerpo de segunda categoría? ¿Acaso no es una gran discriminación que el maestro no pueda acceder al cuerpo de catedráticos, con el título de doctor y con los requisitos que se establezcan?, sencillamente porque la administración no quiere que sus maestros puedan ascender, dentro de su propia profesión y se niegue a crear el cuerpo de catedráticos de maestros como ocurre en todos los niveles educativos.
Me preguntaría que ¿dónde están los sindicatos docentes que tanto trabajan por la profesión del maestro y que nunca les he oído de hablar de dignificar esta profesión desde esta vertiente educativa y por su puesto desde la propia profesión? Es evidente que en la vida no todo es el dinero ni mucho menos. Tan importante como lo económico es la dignificación y superación personal, eso sí cada uno en su trabajo. No parece de recibo que se siga maltratando y discriminando al maestro dentro de su profesión y se por doquier se diga y se siga diciendo que el maestro es la pieza fundamental del sistema educativo. Creo que sobran las palabras y usted la responsable del ministerio de Educación comience a trabajar por dignificar la profesión del maestro, pero no con palabras sino con hechos.
Sería muy importante y pronto lo vamos a tener a muchos graduados maestros con el título de doctor dando clase en una escuela de un pueblo perdido en la España Vaciada y seguir perteneciendo para siempre al mismo cuerpo de maestros diseñado por la ley 30/84. ¿No cree Sra. Ministra que ha llegado el momento de reformar esta norma que discrimina al maestro? Los cuerpos docentes deben tener, entre ellos, puentes de superación personal y no obstáculos insuperables como ocurre en estos momentos.
Parece justo dedicar unas líneas, como éstas, a defender a la pieza clave y fundamental del sistema educativo español que sin duda es el maestro que desde los primeros años de nuestra vida, es capaz de infundir en nuestras almas los conocimientos y vivencias que mañana tendremos que presentar en sociedad. Maestros Titulares y Maestros Catedráticos y Grupo A de la Función Pública.
Efectivamente, y los ingenieros técnicos con tres años más un proyecto lo equiparan a una fp de dos años. La administración tiene su propia escala de valores y opositas según su escala, sino apuntate a la privada y veras como un grado A cobra como un grado C.
Aparte de que las condiciones laborales de un maestro no se parecen en nada a las de otro funcionario y mucho menos a la de cualquier otro tabajador habitual, o sino dimelo del 1 de julio al 31 de agosto
Ah, me parece de muy mala educacion y falta de respeto indicar que hay funcionarios de primera o segunda categoria, todos son funcionarios de primera, solo que unos estan en un grupo y otros en otro y cobrarán, digo yo, segun la categoria.