MAEPA, la conocida empresa de ascensores de Puertollano, se debate en los tribunales para suspender la devolución de un total de 279.958 euros, en concepto de principal e intereses, correspondientes a las ayudas otorgadas por el Instituto para la Reestructuración de la Minería del Carbón y Desarrollo Alternativo de las Comarcas Mineras (Fondos MINER) para la construcción de una nave de fabricación de instalaciones eléctricas premontadas y ensamblaje.
La ayuda a la empresa fue revocada por el organismo estatal en enero de 2017, y tras el recurso de la mercantil el caso llegó a la Audiencia Nacional. La pretensión inicial de la empresa era la medida cautelar de suspensión del reintegro amparándose en que habría
prescrito el derecho de la Administración a su liquidación, a lo que añadía que ese pago le privaría de liquidez y derivaría en una situación de tesorería que imposibilitaría el desarrollo normal de la actividad industrial y la ejecución de otra serie de proyectos comprometidos.
La empresa sostenía, además, que dicha situación es consecuencia del gasto en que ha incurrido al abordar la inversión comprometida, en la confianza de que para ello dispondría del importe de la ayuda concedida.
El caso es que su postura ha sido admitida por la Audiencia Nacional, que considerado que la entidad ha alegado suficientemente el perjuicio de difícil reparación que la ejecución de la resolución administrativa conllevaría, debido a la comprometida situación en la que la falta de liquidez situaría a la empresa. Consecuentemente, ha otorgado la suspensión de la ejecución del reintegro, aunque siempre, eso sí, que se garantice suficientemente, y en el término de dos meses, el cumplimiento de la obligación de pago impuesta con los intereses correspondientes mediante aval bancario o cualquier otro medio admitido en Derecho.
Se trata de justificar correctamente las inversiones ya realizadas……