La sección primera de la Audiencia Provincial de Ciudad Real ha condenado a siete años y seis meses de cárcell de prisión a cada uno de los tres acusados –L.M.F.R., J.S.C. y A.M.F.P– de intentar matar a una mujer tras rechazar un transporte de droga en Alcázar de San Juan.
Según la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, los hechos ocurrieron en noviembre de 2015 cuando los acusados, L.M.F.R., su pareja J.S.C. y A.M.F.P. se encontraban en el interior del domicilio de la pareja en Alcázar de San Juan, acompañados de R.L.L.
En ese momento, tras haber rechazado R.L.L. una propuesta efectuada por L.M.F.R. de intervenir en un transporte de droga desde la República Dominicana que le había comentado éste, el propio L.M.F.R. y las otras dos procesadas, J.S.C. y A.M.F.P., «con ánimo de acabar con la vida de R.L.L. y al ser conocedora ésta de los planes para el transporte de droga» se acercaron a ella misma cuando estaba en el salón de la vivienda.
Así, durante este acercamiento, el acusado L.M.F.R. la sujetaba por la espalda, J.S.C. y A.M.F.P. se acercaron de frente a ella, portando A.M.F.P. un cuchillo de cocina, que utilizó clavándoselo a R.L.L. en tres ocasiones en la zona del abdomen.
Tras sufrir el apuñalamiento, R.L.L. trató de huir y, tras forcejear con L.M.F.R., este la arrojó por el balcón de la casa al suelo de la calle, sin que las otras dos procesadas hiciesen nada para impedírselo, siendo atendida finalmente en la vía pública y posteriormente trasladada a un centro médico de Alcázar, actuaciones que de no haber ocurrido de forma urgente habrían supuesto el fallecimiento de la víctima por shock hemorrágico.
R.L.L. sufrió tres heridas por arma blanca, un traumatismo hepático y pancreático y varias fracturas, entre otras lesiones, e ingresó en la UCI hasta enero de 2016 y en el Hospital de Parapléjicos de Toledo «con mejoría lenta pero muy significativa». La mujer reclama por las lesiones y secuelas sufridas.
Por estos hechos se condena, a cada uno de los acusados, a la pena de siete años, seis meses y un día de prisión y la prohibición de aproximarse a R.L.L, su domicilio y lugar de trabajo, a una distancia no inferior a 500 metros, así como comunicarse con el mismo por cualquier medio, durante 8 años. Además, tendrán que indemnizar a la víctima, conjunta y solidariamente, con la cantidad de 228.000 euros.