El Gobierno regional inicia el proceso de participación ciudadana del decreto que desarrolla la Ley de acceso al entorno de las personas con discapacidad acompañadas de perros

El Gobierno de Castilla-La Mancha inicia el proceso de participación ciudadana del proyecto de decreto que desarrolla la Ley de acceso al entorno de las personas con discapacidad acompañadas de perros.

Este proyecto de decreto estará a disposición de las personas interesadas en el tablón de anuncios electrónico de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, incluido en la sede electrónica; y en el Portal de Participación Ciudadana de Castilla-La Mancha https://participacion.castillalamancha.es, para que las personas interesadas puedan presentar las aportaciones, alegaciones u observaciones que estimen oportunas.

El plazo de información pública y el del procedimiento de participación ciudadana es de veinte días, contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.

El objeto de esta futura norma es el desarrollo de la Ley 5/2018, de 21 de diciembre, garantizando plenamente el derecho de acceso al entorno no sólo de las personas con discapacidad acompañadas de un perro de asistencia, sino también de aquellas otras que, sin tener reconocida oficialmente discapacidad, padecen crisis recurrentes con desconexión sensorial derivadas de una enfermedad como la diabetes o la epilepsia y van acompañadas de perros de asistencia.

Este futuro decreto regulará entre otras cuestiones, el procedimiento para el reconocimiento de la condición de perro de asistencia y de la unidad de vinculación, formada entre la persona usuaria y su perro, que se acreditará por la Consejería de Bienestar Social.

Asimismo, aprobará el desarrollo reglamentario del procedimiento de reconocimiento, suspensión y pérdida de la condición de perro de asistencia, el diseño del carné de identificación de la unidad de vinculación y del distintivo de identificación oficial del perro de asistencia, el registro de Unidades de Vinculación, la cuantía mínima de la póliza de responsabilidad civil que cubra los eventuales daños a terceros ocasionados por el perro de asistencia, así como las condiciones que deben cumplir las entidades de adiestramiento para su reconocimiento oficial.

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