La Audiencia Provincial número 2 de Ciudad Real ha absuelto de un delito de agresión sexual y de amenazas a V.G.R, acusado de obligar a una joven –A.L.Q– a mantener relaciones sexuales bajo amenazas de difundir un vídeo de una relación anterior consentida en Porzuna.
La Sala tiene «serias dudas» respecto a la existencia y realidad de los hechos motivadores de la agresión sexual y amenazas, basándose en las versiones de la víctima y los testigos que presenciaron el desarrollo de los acontecimientos, así como la ausencia de lesiones observadas por parte del médico forense de la víctima, tras declarar ésta que ejerció violencia física sobre ella.
Tal y como señala la sentencia, recogida por Europa Press, a fin de mantener la protección de la presunta víctima, se mantienen vigentes las medidas cautelares acordadas, hasta la firmeza de la presente resolución.
Se considera probada la relación que ambos mantenían y las relaciones sexuales completas que mantuvieron a mediados de marzo de 2018; que mantuvieron una conversación por WhatsApp en la que el acusado le proponía reunirse con él para mantener relaciones sexuales en la que le hacía mención expresa a este vídeo.
Aunque en un primer momento la víctima expresó su negativa de quedar con el acusado, finalmente se dirigió al parque de Porzuna y tras encontrarse con el acusado, le recriminó el hecho de haberla grabado y el empleo que el acusado quería hacer de las grabaciones. Este le manifestó que no existía tal video y que la había engañado para verse esa noche.
Ambos mantuvieron posteriormente relaciones sexuales completas, sin que haya quedado acreditado que el acusado ejerciera actos de agresión física sobre A. que hubieran determinado a la misma a consentir dichas relaciones sexuales.
El juez explica que la existencia del supuesto vídeo vino «únicamente» a mover la voluntad de A. para encontrarse con el acusado, pero no en cuanto a la formación de «una voluntad viciada para el mantenimiento de relaciones sexuales», no acreditándose tampoco el empleo de «vis física sobre la presunta víctima».
Tras las declaraciones de los testigos, no se evidencia «un cambio relevante en el estado de ánimo de la misma» desde el inicio de la conversación por WhatsApp hasta su marcha al encuentro del acusado.
«La manifestación expresa de A. de irse con el acusado vinieron a ser indubitadamente interpretadas por ambos testigos, dado el
contexto verbal y gestural de la situación, como una manifestación de que el encuentro iba a tener como finalidad el mantenimiento de relaciones sexuales consentidas», señala el juez.
El juez destaca la «imposibilidad» de centrar en dicha conversación de WhatsApp y la alusión al vídeo «la causa determinante del forzamiento de su voluntad para acceder a mantener relaciones sexuales» con el acusado la noche de autos, tanto por la propia forma de configurar los hechos objeto de acusación como por la propia contradicción entre las declaraciones de la presunta víctima y lo narrado por dichos testigos respecto a su clara interpretación de la situación de ausentarse, «para mantener con el acusado relaciones sexuales de carácter normal y sin presión alguna».
Sin decisión por dudas….
Es taaaaaan vomitivo y tan execraaaable sembrar dudas en una absolución, que solo tú podías poner algo así
Animo, olvida sin odio y a rehacer tu vida, chaval!
Y eso lo dice un tipejo que hace lo mismo con cualquier partido que no sea su V.O.X. del alma.
Cada santo día sembrando mierda, acusando falsamente y dando por hecho que son culpables de todo.
En cuanto a lo de la carga de la prueba: dejas de lado que millones de hombres y mujeres tienen relaciones consentidas sin problemas. Ya sea sin beber, bebidos, drogados o hartos de pipas. Así ha sido, es y será. A no ser que seas un acosador, violador, enfermo o señoro.
Lo que está en juego NO es la democracia. Es la libertad de las mujeres de poder decir NO en el momento que quieran. Al igual que tú haces. Y no ser linchadas por idiotas que se creen más que ellas.
Tú si que eres vomitivo y execrable.
No sabíamos que estuviéramos en Irán o en Arabia Saudí.
No tienes ni puta idea, majara.
Dedícate a lo tuyo..
Las sentencias se acatan, hasta ahí podríamos llegar, pero su contenido es opinable…..
Vete a la mierda Charles.
El chico ha sido declarado inocente el los dos juicios celebrados.
Ya sé que a mucha gente le hubiera gustado lincharlo pero resulta que, de momento, en este país existe aún el derecho a la presunción de inocencia y el principio «in dubio pro reo».
Este último quiere decir que si se duda de los hechos, no se puede condenar al acusado. Aquí había serias dudas y por tanto el fallo de la sentencia no puede ser más que absolutoria.
En nuestro derecho no es el acusado quien debe probar su inocencia sino que es la acusación, pública o particular (en este caso ejercieron ambas) quien debe probar los hechos para desvirtuar el principio de presunción de inocencia y aquí no lo han hecho.
Lamentablemente, en ocasiones esto no sucede y resulta que personas son condenadas incluso con dudas sobre la autoría o comisión de los hechos, debido a la «libre valoración de la prueba» y basándose en un conjunto de indicios. Pero esto ya es más difícil y largo de explicar. La gente del mundo del derecho estará de acuerdo….
En el presente caso, si el acusado ha sido absuelto es por falta de pruebas. Así de sencillo.
Es la base del derecho penal democrático.
No olvidéis y luchad contra ello, que cuando quieren imponer la “perspectiva de género” en algo tan serio como el sistema punitivo, lo que verdaderamente quieren es imponer el un cambio de la carga de la prueba, en el cual sea EL, quien tenga que acreditar su inocencia.
No es feminismo, es la democracia lo que está en juego
Así es…
Reitero que las sentencias se acatan, hasta ahí podríamos llegar, pero su contenido es opinable…..
Claro, tú ya estás opinando que no te gusta. Preferirías que el chaval hubiera sido condenado, verdad?
A tí lo que te gusta es hacer un juicio paralelo y dictaminar desde tu panfleto quien es inocente y quien no?
Te propongo que hagas un especial sobre Pablo Hasel. Ese sí que tiene condenas firmes.
Ah no, que es cantante y de los tuyos. Entonces el angelito es inocente y sólo ejercía su derecho a expresarse libremente ya sea cantando, agrediendo físicamente a otros etc..
Sinvergüenzas dice:
5 marzo, 2021 a las 22:14
Mueren más de 29.000 abuelos en las residencias y eso NO ES NOTICIA.
Castilla la Mancha una de las regiones donde más abuelos han fallecido en las residencias.
Censura en MCR.
En este panfleto sólo publican lo que les interesa.
Claro, como tú que solo comentas lo que te interesa. Que obviedades. Se publica lo que interesa al propietario y lo que no pues no, como en todos sitios. Al menos dejan que gente tan absurda como tú y yo podamos opinar. Si no te gusta hay otros sitios donde informarse, pero parece que a los necios os va quejaros de lo malo que es este diario pero a la misma vez lo alimentáis constantemente los comentarios.
Tmctmcmlhdtawmlhdntatmxm
Haces bien en reconocer que eres absurdo, pero no me incluyas…