La portavoz del equipo de Gobierno en el Ayuntamiento de Puertollano, Ana Carmona, ha aseverado este miércoles que el consistorio sigue a la espera de que el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha (TSJCM) indique al consistorio la forma en que debe proceder en relación a la licencia otorgada al horno crematorio en el tanatorio de la carretera de Almodóvar tras la sentencia que declaraba «no conforme a derecho» el acuerdo del Ayuntamiento, de 18 de marzo de 2015, que concedió la autorización para el inicio de la actividad.
A preguntas de los periodistas en rueda de prensa, y tras la petición de ejecución de esa sentencia firme por parte de los vecinos, Carmona ha dicho que el proceso se «ha dilatado» y que se sigue a la espera de una respuesta del TSJCM.
En febrero de 2020 la Junta Local Gobierno del Ayuntamiento de Puertollano dirigió un escrito a la sección primera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJCM en la que solicitaba que indique al consistorio la forma en que debe proceder en relación a la licencia otorgada al horno crematorio.
Según ha recordado Carmona, la empresa, Servicios Funerarios de Puertollano, elevó un recurso de amparo constitucional, por lo que ante la duda de que se pudieran producir «daños y perjuicios irreparables» en el ámbito de aplicación de la sentencia, se pidió al TSJCM que concrete el procedimiento.
En junio de 2019 la sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Supremo acordaba la inadmisión a trámite de los recursos presentados por el Ayuntamiento de Puertollano y la empresa que gestiona el tanatorio de la carretera de Almodóvar de la ciudad minera contra la sentencia del TSJCM que declaraba «no conforme a derecho» el acuerdo del Ayuntamiento de Puertollano, de 18 de marzo de 2015, que concedió la autorización de licencia para el inicio de actividad de un horno crematorio.
La sentencia del TSJCM, de 10 de junio de 2019, respaldada en firme por el Supremo, da la razón a la Asociación de Vecinos Fernando el Santo-Ciudad Jardín al desestimar el recurso de apelación de la empresa funeraria contra la sentencia del juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de Ciudad Real que anulaba la resolución de 24 de junio de 2015 de la Junta Local de Gobierno del Ayuntamiento de Puertollano que desestimó un recurso de reposición interpuesto por la Asociación de Vecinos frente al acuerdo que concedió la autorización.
En la sentencia del TSJCM los magistrados respaldan en su integridad los argumentos y conclusiones del juzgado ciudadrealeño. Entre otras consideraciones puramente administrativas, concluyen que el Ayuntamiento de Puertollano, que no ha regulado una normativa municipal para este tipo de actividades, debe atenerse a los preceptos del Decreto 72/1999 de Sanidad Mortuoria de Castilla-La Mancha, que señala que el crematorio debe estar o bien dentro del cementerio municipal o bien lo más próximo posible. Ambas sentencias coinciden en que, ante la falta de acreditación de imposibilidad por parte del Ayuntamiento, debe entenderse que no se ha respetado tal previsión.
Los representantes vecinales consideran que estas decisiones judiciales «derogan» en la práctica la autorización del Ayuntamiento, por lo que piden el cese de la actividad de crematorio.
Están esperando a que se lo expliquen con dibujitos….
Buenísimo y muy acertado comentario.
No más le dejo mis dies por su comentario, lisensiado!
Con dibujitos, jajajaj, que bueno. Si es que no hay más sordo que el que no quiere oir.Creando amigos.
Esta corporación se cachondea de la ciudadanía al preguntar como realizar la paralización de una actividad a la que no debió dar licencia ya que es contraria a la LEY.
Pues eso, que les hagan un croquis… (facepalm)
Si es que son ineptos funcionales por dios!
Si quiere señora concejalaa, le doy el plano, pero el plano del edificio de los juzgados del pueblo, menuda banda de listos.
Esta Sra concejal es la de transparencia,pero es más opaca que un muro de hormigón,si tuviera dignidad pólica se marcharía a su casa más pronto que tarde
El dibujito en una servilleta en la esquina de Alameda con puerto. Allí hay buena dibujante. Se ríen del pueblo.
Esta tiene el conocimiento justo para ver llover.
Deberán establecerse las medidas ejecutivas concretas que resultaren procedentes y el procedimiento…..
Se cachondean de los ciudadanos en su cara y sin vergüenza.
En la sentencia ya viene bien explicado lo que no debías haber hecho. Ahora lo resuelves.
El problema es que los ayuntamiento y organismos similares no son como las personas físicas y te las puedes ver negras para que cumplan una sentencia si no les da la gana… y no pasa nada. O tienes que invertir mucho tiempo y dinero para que la cumplan. A ellos les sale gratis y tiempo tienen todo el que quieren y más.