Comunicado.– El día 9-01-2021 la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, remitió una carta a todos los centros educativos decidiendo la suspensión de todas las actividades escolares lectivas, complementarias, extraescolares y servicios complementarios en todos los centros educativos no universitarios los días 11 y 12 de Enero.
Esta Instrucción obvió la posibilidad de que los centros educativos pudieran cumplir con el calendario lectivo, durante estos días, en la modalidad a distancia, tal y como establece el apartado décimo de la Resolución de 28/10/2020, de la Viceconsejería de Educación, por la que se dictan instrucciones referidas aspectos de la organización de las enseñanzas derivadas del Real Decreto-Ley 31/2020, de 29 de Septiembre, por el que se adoptan medidas urgentes en el ámbito de la educación no universitaria, para el curso escolar 2020-2021.
En fecha 11-01-2021 la Consejería de Educación Cultura y Deportes, informó a la comunidad educativa que se estaba trabajando para que el miércoles, día 13 de Enero de 2021, la mayoría de los centros educativos pudieran volver a abrir sus puertas; comunicando, finalmente, el 12-01-2021 que mientras que la actividad lectiva durante los días 13,14 y 15 de Enero no fuera presencial, se realizaría de manera online.
La falta de planificación y de respuesta, a la comunidad educativa, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes durante los día 11 y 12 de Enero de 2021, generó una grave incertidumbre a los equipos directivos y al profesorado, que estaban preparados para hacer frente a las incidencias provocadas por la intensa nevada con los Planes de Contigencia, que se han visto obligados a realizar, durante el presente curso académico y que parte de ellos pusieron en marcha durante esos días.
En las circunstancias actuales, la prestación del servicio público de la educación, puede desarrollarse en la modalidad presencial, semipresencial o a distancia, siendo legales todas ellas a efectos del cómputo de días lectivos tal y como establece el artículo 8 del Real Decreto-ley 31/2020, de 29 de Septiembre, por el que se adoptan medidas urgentes en el ámbito de la educación no universitaria. Además, con la aprobación de la LOMLOE (disposición adicional décima), se ha definido, con claridad, que los planes de contingencia de los centros educativos darán continuidad a la actividad educativa, «de modo que garantice el derecho a la educación del alumnado en cualquier circunstancia».
La decisión unilateral de la Consejería de Educación de paralizar la actividad docente, durante los días 11 y 12 de Enero de 2021, sin apostar por la educación a distancia, ha generado críticas injustificadas, por una parte de la comunidad educativa, en contra del profesorado y de los equipos directivos. Poniendo en duda su profesionalidad, a pesar del enorme esfuerzo que vienen realizando en este curso académico, haciendo frente a los graves riesgos que supone la crisis sanitaria provocada por la pandemia de la COVID-19. Unos equipos directivos y un profesorado que han cumplido con sus obligaciones de realizar los Planes de Contingencia, exigidos por la Consejería de Educación Cultura y Deportes y obviados por la misma Administración para hacer frente a la adversidad de esos días.
Suspendidas las actividades lectivas los días 8, 11 y 12 de Enero de 2021, la Consejería de Educación, Cultura y Deportes está imponiendo a los centros docentes, obviando la autonomía de los mismos reconocida en Leyes Orgánicas, que se recupere el retraso del comienzo del segundo trimestre y modifiquen el calendario lectivo, «eligiendo» entre los días 05/04/2021, 30/04/2021 (días declarados «sin actividad docente» en la Resolución de 16/06/2020 por la que se concreta el calendario escolar para el curso 20/21, siendo el 05/04/2021 festivo en Toledo, capital) y los días 15/02/2021 y 16/02/2021 (días que no están contemplados como obligatorios, ni prioritarios. para su elección por los centros educativos en la propia Resolución de 28/01/2021 de la Dirección General de Inclusión Educativa y Programas, que modifica el calendario escolar, para recuperar el retraso del inicio del segundo trimestre escolar).
En definitiva, la falta de previsión y de decisión de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, ha impedido que el profesorado y los equipos directivos puedan cumplir con sus obligaciones docentes para garantizar el derecho a la educación del alumnado, durante los días 11 y 12 de enero de 2021, alterando, con la imposición, ahora, de dar clase presencial unos días concretos, no recogidos en el calendario escolar, las condiciones laborales, personales y familiares de los profesionales de la educación, que podrían haber cumplido con sus obligaciones profesionales, los días señalados, si la Administración hubiera autorizado la aplicación de los planes de contingencia, que prevén tres modalidades de educación (presencial, semipresencial y a distancia) atendiendo a las graves circunstancias que estamos padeciendo.