Publicado el decreto que crea las comisiones que harán el traspaso a Junta del Hospital Psiquiátrico de Ciudad Real

El Diario Oficial de Castilla-La Mancha publica este miércoles el decreto de transferencia a la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha de recursos y medios personales, materiales y económicos de los servicios sanitarios y asistenciales del Hospital Psiquiátrico de la Diputación de Ciudad Real.

En concreto, según recoge Europa Press, se aprueba el acuerdo de la Comisión Mixta por el que se crean y regulan las Comisiones Mixtas entre las Diputaciones Provinciales respectivas y la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para la asunción de centros sanitarios, para la consecución del traspaso, que será efectivo el 1 de enero de 2021.

En virtud de ese acuerdo quedan transferidos a la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha las prestaciones, servicios y funciones titularidad de la Diputación Provincial de Ciudad Real en el Hospital Psiquiátrico y se transfieren los inmuebles, la propiedad e los bienes muebles y el equipamiento existente, y los recursos personales, que se adscriben al Servicio de Salud de Castilla-La Mancha (Sescam).

El personal adscrito a los servicios trasferidos seguirá inicialmente con esa misma adscripción, pasando a depender de Castilla-La Mancha como personal transferido.

Durante el periodo comprendido entre la fecha de transferencia y la resolución de la convocatoria de integración en el régimen estatutario, el personal afectado dependerá funcionalmente de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, a través del Sescam, y orgánicamente de la Diputación Provincial, siendo ésta última competente para gestionar la nómina durante dicho periodo y aportando la Junta los recursos económicos necesarios para su abono.

Las sustituciones temporales que funcionalmente deban realizarse durante ese periodo, serán resueltas por el Servicio de Salud de Castilla-La Mancha.

El personal que no se integre en el régimen estatutario no será transferido, y mantendrá su régimen jurídico y dependencia orgánica con su Administración de origen. Funcionalmente dependerá del Sescam mientras presten servicios en los centros y servicios transferidos.

La persona titular de la Dirección gerencia del Sescam, convocará un proceso que permita la integración en el régimen estatutario del Servicio de Salud de Castilla-La Mancha al personal afectado por la transferencia, en el plazo de dos meses desde la publicación del presente decreto y dispondrá un plazo de resolución no superior a seis meses.

La autoridad competente para dictar las resoluciones de integración podrá diferir la efectividad de las mismas hasta el día primero del mes siguiente al de finalización del plazo.

Excepcionalmente, y atendiendo a circunstancias imprevistas, la efectividad podrá diferirse más allá de la fecha indicada previa autorización de la Comisión Mixta de transferencias.

El personal temporal (funcionarios interinos y personal laboral temporal) será integrado directamente en el régimen estatutario, a excepción del personal nombrado por sustitución o que haya suscrito un contrato de sustitución cuya opción será la del profesional al que sustituye, conforme a lo dispuesto en la disposición adicional sexta de la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco de personal estatutario de los servicios de salud.

La Junta de Comunidades se subroga en todos los contratos administrativos (limpieza de instalaciones, seguridad, agua y calefacción y su mantenimiento), excepto el de suministro eléctrico, vigentes a la entrada en vigor de este Decreto, por el Hospital Psiquiátrico de la Diputación Provincial.

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