La Audiencia Provincial de Guadalajara ha condenado a nueve meses de prisión e inhabilitación a José Luis Gismera Cortezón, expresidente de la Unión Provincial de CSIF en la provincia durante más de veinte años, por un delito de falsedad documental.
Este pronunciamiento de la Audiencia, dado a conocer por el sindicato, se produce cinco años después de que la organización sindical procediera a su expulsión en octubre de 2015 «por faltas graves y muy graves en su gestión» e iniciará un año después la denuncia contra él por un delito de falsedad documental vinculado con la adquisición de un local.
En todo caso, según recoge la propia sentencia, facilitada por el sindicato, la entrada de Gismera en prisión «queda en suspenso», condicionada a que el reo no vuelva a delinquir en el periodo de suspensión de tres años, aunque contra la misma cabe recurso ante el Tribunal Superior de Justicia en un plazo de diez días.
Los hechos están vinculados con la actuación de Gismera el 8 de marzo de 2012, día en el que el acusado suscribió un contrato público de compraventa de un local, por 120.000 euros, «actuando en su condición de presidente provincial –de CSIF en Guadalajara–«, y para poder participar como tal «hizo uso ante el notario de un documento que no se corresponde con la realidad para hacer ver que estaba otorgado para ese acto, cuya firma consideró legítima», señala la sentencia.
En la misma se recoge igualmente que «dicha certificación, extendida en un folio de papel común, escrito por su anverso y con el membrete de la central sindical, lo dejó unido a la matriz para su protocolización y habría sido elaborado a petición del acusado». Para el sindicato CSIF, esta sentencia de la Audiencia Provincial de Guadalajara da respuesta a su denuncia.
Tras la expulsión definitiva de Gismera del sindicato, el comité ejecutivo de CSIF Castilla-La Mancha decidió en marzo de 2016, «por unanimidad», querellarse contra él al comprobar poco después «acciones hasta ese momento desconocidas» como que había incurrido en falsedad documental vinculada con la adquisición de un local en Guadalajara cuando era presidente de la Unión Provincial.
A la pena privativa de libertad, de nueve meses de duración, condicionada «en todo caso a que el reo no vuelva a delinquir en el periodo de suspensión de tres años», tal y como dicta la sentencia, se suma la «inhabilitación del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de condena», añade el sindicato.
El sindicato ha confirmado a Europa Press que han conseguido la reversión de la adquisición de dicho local y la devolución del dinero usado en una «compra fraudulenta», en defensa de los intereses de los afiliados.
Para CSIF, con esta decisión «salen fortalecidos» por optar «por la justicia al no proteger, con su silencio, al delincuente», concluye el sindicato.