Comunicado de Oro Blanco.- Con fecha 17 de julio se publicó en el Diario Oficial de Castilla la Mancha, el Real Decreto 32/2020, de 14 de julio, por el que se regula la concesión directa de ayudas para la conciliación de la vida familiar y laboral como consecuencia de la crisis originada por el Covid-19.
Estas ayudas están destinadas a personas trabajadoras que han reducido su jornada laboral o solicitado excedencia para cuidados de hijos, hijas o familiares dependientes durante el estado de alarma. La cuantía de las ayudas está establecida en unas tablas que tienen en cuenta la renta familiar y el tipo de reducción solicitado. A continuación se especifica que estás ayudas serán un 20% mayores en caso de que el beneficiario sea hombre.
En opinión de Oro Blanco, grupo de apoyo a la lactancia materna, esto supone una discriminación por razón de sexo y así se ha expuesto en un mail dirigido a los miembros de la Comisión de Igualdad, la Comisión de Bienestar Social, la Comisión de Empleo y Empresas y la Comisión de Peticiones y Participación Ciudadana de las Cortes de Castilla La Mancha.Así mismo se ha enviado un texto similar al Instituto de la Mujer de Castilla La Mancha y previamente se había interpuesto una denuncia ante el Instituto de la Mujer y para la Igualdad de Oportunidades.
En el mencionado texto se expone como la discriminación ocurre porque, en igualdad de condiciones, al hombre se le incrementa la ayuda en un 20% con respecto a la mujer por realizar la misma labor que es el cuidado de su familiar.
Por otra parte, hay que tener en cuenta que en las familias donde en el núcleo familiar no haya ningún hombre, no habrá nadie que pueda optar a dicho incremento, quedando de este modo dichas familias en situación de agravio comparativo.
Según declaraciones de Patricia Franco, Consejera de Economía, Empresas y Empleo de Castilla-La Mancha, esta medida está destinada a reducir la brecha de género pero lo único que consigue es discriminar aún más a la mujer, dando más valor al trabajo desempeñado por un hombre que al desempeñado por una mujer. Cierto es que hay ayudas específicamente dirigidas a mujeres; la diferencia radica en que dichas ayudas tienen como objeto paliar situaciones en las que esas mujeres están desfavorecidas; nada que ver con este caso ya que, estadísticamente, los hombres están en una situación privilegiada a nivel laboral y salarial.
Puede que piensen que esta medida animará a más hombres a solicitar una reducción de jornada o excedencia pero en este sentido hay que considerar dos factores:- Que en el momento de hacerse público el documento ya había transcurrido más de la mitad del periodo de aplicación y que por lo tanto las familias ya habían tomado las medidas a su alcance para lograr conciliar.
– Que la responsabilidad de la paternidad debe ser inherente a la misma y no depender de incentivos externos.
Por tanto, concluye Oro Blanco, estas medidas, lejos de lograr lo que pretenden, redundan en una mayor diferencia económica y social entre hombres y mujeres y menosprecia la labor de cuidados no remunerada que muchas mujeres realizan. Plantean que la administración debería plantearse otro tipo de soluciones para proteger de verdad a las mujeres y que esto pasa por conocer de primera mano la realidad de las familias trabajadoras y de las mujeres dedicadas a la función de cuidados de forma no remunerada, poniendo en valor su función en general y, en el caso particular de las madres lactantes, poniendo en valor la dimensión social, sanitaria y económica de la crianza y la lactancia, más aún teniendo en cuenta la disminución del gasto sanitario que conlleva la lactancia materna.