El decreto de la Consejería de Sanidad publicado en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha y recogido por Europa Press contempla en materia de piscinas que las que son para uso deportivo o recreativo deberán respetar el límite del 75 por ciento de su capacidad de aforo, tanto en lo relativo al acceso como durante la propia práctica deportiva o recreativa.
En la utilización de las piscinas se procurará mantener las debidas medidas de seguridad y protección, especialmente en la distancia de seguridad interpersonal entre los usuarios.
En las zonas de estancia de las piscinas se establecerá una distribución espacial para procurar la distancia de seguridad interpersonal entre los usuarios no convivientes, mediante señales en el suelo o marcas similares.
Todos los objetos personales, como toallas, deben permanecer dentro del perímetro establecido, evitando el contacto con el resto de usuarios. Se habilitarán sistemas de acceso que eviten la acumulación de personas y que cumplan las medidas de seguridad y protección sanitaria.
Se recordará a los usuarios, por medios de cartelería visible o mensajes de megafonía, las normas de higiene y prevención a observar, señalando la necesidad de abandonar la instalación ante cualquier síntoma compatible con el COVID-19.
Bueno, las playas y piscinas son más seguras que ríos y pozas, si se evitan aglomeraciones……
Algún técnico podría decir cuál es la capacidad de la piscina?
La capacidad de refiere al agua o al exterior.
Es para hacerme una idea.