El Gobierno ha suspendido los términos e interrumpido los plazos de los procedimientos administrativos en cursos, regulados de forma directa o indirectamente por la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Estas medidas tendrán vigencia hasta que cese el Real Decreto publicado este sábado en el Boletín Oficial del Estado (BOE), en el que se ha decretado el estado de alarma en España por el coronavirus.
El objetivo de esta iniciativa es «concentrar los recursos del sector público en aquellas actividades esenciales para el funcionamiento del Estado, al tiempo que se preserva la integridad y salud de los empleados públicos», según ha informado el Ministerio de Política Territorial y Función Pública.
Igualmente, la medida adoptada este sábado por el Consejo de Ministros permite que los interesados puedan adaptar sus expectativas de términos y plazos a la duración del estado de alarma, sin que la declaración del mismo pueda perjudicar las relaciones ordinarias de los ciudadanos con las administraciones públicas.
Esta previsión queda excepcionada únicamente para aquellos supuestos en los que el interesado manifieste su conformidad con la no suspensión o en los supuestos estrechamente vinculados con los hechos justificativos del estado de alarma.
El Gobierno ha señalado que el funcionamiento del sector público «debe adaptarse a las circunstancias presentes y conciliar la protección de la salud de los empleados públicos con el correcto funcionamiento de los servicios públicos, especialmente aquellos que son esenciales para la colectividad».