La Audiencia Provincial de Ciudad Real ha condenado a once años y medio a los cuatro acusados de traficar con varias sustancias, concretamente heroína y cocaína, por valor superior a 15.000 euros y tener armas de fuego sin licencia en su poder en Puertollano.
Una sentencia de conformidad, a la que ha tenido acceso Europa Press, y que refleja que J.T.C tendrá que cumplir una condena de cuatro años y medio de prisión por el delito contra la salud pública y una multa de 7.000 euros y un año por el delito de tenencia ilícita de armas.
Por su parte, P.R.S, en concepto de cómplice, cumplirá dos años de prisión por el delito contra la salud pública y una multa de 4.000 euros.
Por otro lado, a R.M.M. y J.T.C. se les condena a dos años de prisión a cada uno por el delito contra la salud pública y multa de 1.000 euros.
Además, la sentencia especifica que se decomisen el arma, la munición, las basculas de precisión, la sustancia estupefaciente y el dinero intervenido.
Así ha quedado probado, según la sentencia, que los hechos se remontan a marzo de 2017, cuando agentes de la Policía nacional interceptaron a R.M.M. y J.T.C. en Ciudad Real, en la rotonda de acceso a la carretera de Puertollano, cuando volvían de la citada localidad en un coche alquilado presuntamente tras adquirir sustancias estupefacientes.
Concretamente, los agentes les intervinieron a R.M.M. una bolsa de plástico conteniendo 14,96 gramos de cocaína (con una riqueza media del 82%) y a J.T.C. una bolsa de plástico conteniendo 3,91 gramos de heroína (con una riqueza media de 12,3%), sustancias que, según el fiscal, «habían sido adquiridas por ambos acusados para destinarla a la venta a terceros en Ciudad Real».
Días después la Policía, tras vigilancia y los datos aportados por la investigación judicial, procedió al registro del domicilio de Puertollano donde supuestamente habían adquirido la droga los dos acusados.
En el citado registro se intervinieron 113,43 gramos de heroína en diferentes bolsas con distintas cantidades y purezas, así como varias básculas de precisión, diferentes cantidades de dinero en billetes de valor variado y monedas que ascendía a casi 56.500 euros, además de una pistola y munición.
VENTA A TERCEROS
Recoge como acreditado que las sustancias estupefacientes intervenidas en el domicilio de los otros dos acusados, P.R.S. y J.S.T., estaban destinadas a la venta a terceros, una actividad que «venían realizando en el citado domicilio y del que procedía el dinero intervenido, utilizando para el pesaje de las sustancias y preparación de las dosis para la venta las básculas de precisión y los envoltorios de plástico para su envase».
La pistola y la munición queda probado que eran propiedad de la acusada J.T.C de forma ilícita, careciendo de licencia o permiso, pero que no ha podido acreditarse que el que P.R.S tuviera una disponibilidad de la misma, más allá del conocimiento de su existencia.
También confirma lo recogido por el escrito de acusación respecto a que el valor que hubiera alcanzado en el mercado ilícito los 113,43 gramos de heroína intervenida en el domicilio de P.R.S. y J.S.T., que asciende a 12.094,71 euros en valoración por dosis. En relación con la sustancia intervenida a R.M.M. y J.T.C., el valor que los 14,69 gramos de cocaína hubiera alcanzado en venta por dosis a 2.980,5 euros y el de los 3,91 gramos de heroína a 415,51 euros.
La sentencia también añade que la acusada J.S.T. está en prisión provisional desde marzo de 2017 y que concurre en el delito contra la salud pública la circunstancia agravante de reincidencia y que J.T.C., la circunstancia atenuante de grave adicción al consumo de sustancias estupefacientes.