La directora gerente del SESCAM, Regina Leal, ha firmado hoy una resolución por la que se procede a dictar el inicio para la resolución de los contratos de concesión del servicio de transporte sanitario terrestre en las provincias de Albacete, Ciudad Real y Guadalajara ante los reiterados incumplimientos por parte de la empresa concesionaria de determinadas obligaciones consideradas esenciales dentro del contrato.
La resolución ha sido comunicada hoy mismo a la UTE ‘Servicios Socio Sanitarios Generales, S.L. y Digamar Servicios S.L.’ (SSG), adjudicataria de la prestación de este servicio desde el mes de julio de 2017 y cuyo inicio de ejecución se materializó en octubre de ese mismo año. La vigencia del contrato se extendía hasta el 31 de septiembre de 2021.
La Dirección Gerencia del SESCAM considera fundamental que cualquiera empresa prestadora de un servicio adjudicado por una administración pública debe ser responsable y consecuente con todas y cada una de las condiciones estipuladas en el contrato suscrito para tal fin, por corresponsabilidad no solo con la propia administración, sino también con los beneficiarios últimos de la prestación, en este caso, los usuarios del transporte sanitario, y con los trabajadores del mismo.
En este sentido, durante los 24 meses en los que esta empresa lleva prestando el servicio se han producido reiterados incumplimientos que afectan a la esencia de la prestación del transporte sanitario terrestre. Incumplimientos que se han intentado corregir, tanto desde los Servicios Centrales del SESCAM como desde la Gerencia de Urgencias, Emergencias y Transporte Sanitario, a través de numerosas reuniones, apercibimientos y sanciones que no han conseguido reconducir la actitud de la empresa.
Ante esa situación, el Servicio de Salud de Castilla-La Mancha ha considerado necesario iniciar los trámites para resolver los contratos con la empresa adjudicataria con el fin de proceder a licitar un nuevo concurso para la prestación de este servicio en las provincias afectadas con una nueva concesionaria que garantice la calidad requerida y ofrezca la seriedad y responsabilidad que exige un servicio de estas características y que no ha demostrado en ningún momento la adjudicataria actual.
Por último, en la resolución dictada hoy por la Dirección Gerencia del SESCAM se incluye también la iniciación del procedimiento para la declaración de prohibición de contratar a esta empresa con la administración.
En este caso, se deben extremar las responsabilidades ‘in vigilando’….
Y quién tenía que vigilar que los que ganaron el concurso no fueran unos supuestos pájaros?
Porque si no me equivoco la bajada temeraria no os pareció mal? Creo que no me equivoco, pero corrígeme, por favor.
Como ya sabemos, la baja anormal o desproporcionada de una oferta en una licitación es una presunción por parte del órgano adjudicador que puede ser desvirtuada con un informe técnico-económico que la justifique. La Administración requirió esta justificación…..