Comunicado. Solidaridad Obrera SESCAM.– El día 16 de septiembre de 2019, la Consejería de Sanidad de Castilla-La Mancha ha publicado en su web y difundido en medios una nota de prensa sobre las recientes sentencias del Juzgado Contencioso-Administrativo de Cuenca sobre el fraude de ley en el SESCAM, que fallan a favor de los trabajadores/as.
Estas sentencias (el fallo de una ellas abre este texto) dictaminan claramente, sin ambages ni interpretaciones la contratación abusiva y en fraude de ley. La nota viene a minimizar la importancia de las sentencias, que se acogen a la actual jurisprudencia dictada por el Tribunal Supremo el pasado 26/09/2018, donde se reconoce posibilidad de indemnización y re-admisión entre otras y que serán recurridas por los mismos demandantes para acogerse a la jurisprudencia europea en instancias superiores.
Efectivamente, son las primeras sentencias en este sentido, y no hay “visiones sesgadas”, es lo que en todo momento se ha difundido y es que justamente ahí radica su importancia, en el cambio de criterio. Las mismas demandas con el mismo gabinete de abogados se encuentran por decenas interpuestas en los juzgados de todas las provincias de la región, dada la enorme tasa de temporalidad en el personal del SESCAM (claramente demostrable con los propios datos del Servicio de Salud). Como dice el título de la nota de la Consejería, claro que el nombramiento de este personal es correcto, no es sobre ese asunto lo que sentencia el juzgado, sí sobre el abuso de la temporalidad (contrato temporal) y su mantenimiento durante tantos años.
Siempre hemos trasmitido que analizar y debatir con todos los actores soluciones realistas a un problema como este, evidente y clamoroso en las administraciones de todo el país, en lugar del enfrentamiento y las acusaciones, es más productivo para solucionar el fondo importante del asunto, pues nadie demanda “por gusto”: miles de compañeros y compañeras, que con los mal llamados “procesos de estabilización” (que estabilizan plazas y no personas) terminarán en el paro tras décadas con un contrato temporal en el ejercicio de su trabajo en el SESCAM y que simplemente están defendiendo, con la razón que les otorgan las novedades jurídicas, su puesto de trabajo, el de toda una vida profesional. Nuestra máxima siempre ha sido y será muy sencilla: que nadie pierda su empleo y se vaya al paro, y que de esta forma no se afecte a la provisión del servicio sanitario.
También nos mostramos indignados y sorprendidos por el señalamiento público, fuera de lugar y sin ambigüedades ni diferencias realizado contra todo un colectivo al completo en dicha nota: el personal informático. Colectivo con una tasa de temporalidad del 78% durante una media de 16 años y que jamás ha tenido posibilidad alguna de optar a fijeza e incluso en el que la creación de sus categorías ha sido un camino de años plagado de errores, incertidumbres e impugnaciones.
Ahora el colectivo es testigo de cómo se le señala públicamente, por el único “pecado” de defender sus derechos de forma mayoritaria, con la clara intención de atacarlo frente a la opinión pública con frases como “Lo que no es legal es que pasen de interinos a fijos sin superar un proceso selectivo que es lo que pretenden” cuando tanto desde la asociación APRISCAM, la Plataforma de Interinos C-LM y desde este mismo sindicato lo que se ha “pretendido” es, en primer lugar, un proceso selectivo de Concurso de Méritos (como el que en 2001 otorgó fijeza a más de 37.000 trabajadores/as interinos sanitarios en España) y ante las novedades y próxima sentencia del TJUE sobre este conflicto, este mismo sindicato propuso que, por precaución y en espera de la misma, no se ofertaran en OPE las plazas ocupadas por estos y todos los trabajadores/as en la misma situación y que fueran sustituidas por plazas de nueva creación, ante la clara posibilidad de perdida de empleo.
Esperamos que de una vez se comprenda y se tome conciencia de un problema evidente, real y tangible en búsqueda de su solución.
Lo cierto es que la inmensa mayoría de las sentencias emitidas consagra que la política de estabilidad laboral desarrollada por el sistema sanitario público regional se ajusta a la legalidad…..