Manzanares: Celebrado el sorteo de miembros de las 25 mesas electorales

Con motivo de las Elecciones Generales del 28 de abril, 225 personas recibirán en los próximos días en su domicilio una notificación por la que se les comunicará que han sido elegidas como presidentes, vocales o suplentes de estos cargos en las mesas electorales. El sorteo público se ha celebrado este lunes en un pleno extraordinario del Ayuntamiento de Manzanares.

Con las ausencias justificadas de Alfonso López-Villalta (PP) e Isabel Díaz-Benito (PSOE), la sesión extraordinaria de pleno ha tenido lugar a las dos de la tarde con el sorteo de miembros de las mesas electorales como único punto del orden del día. Se trata de un trámite de apenas cinco minutos, tiempo de impresión de los listados, que se repetirá en próximos días para la constitución de las mesas electorales de la triple convocatoria -municipales, autonómicas y europeas- del 26 de mayo.

Una aplicación informática ha elegido al azar a los presidentes y a sus dos respectivos suplentes de las 25 mesas electorales que se constituirán el próximo 28 de abril. Igualmente, ha elegido a los dos vocales y a los dos suplentes de éstos. Las personas elegidas recibirán una notificación del Ayuntamiento en los próximos días.

Según el artículo 27 de la LOREG (Ley Orgánica del Régimen Electoral General), los cargos de Presidente y Vocal de las Mesas Electorales son obligatorios. No pueden ser desempeñados por quienes se presenten como candidatos. La designación como Presidente y Vocal de las Mesas electorales debe ser notificada a los interesados en el plazo de tres días. Con la notificación se entregará a los miembros de las Mesas un manual de instrucciones sobre sus funciones.

Las personas designadas Presidente y Vocal de las Mesas electorales disponen de un plazo de siete días para alegar ante la Junta Electoral de Zona causa justificada y documentada que les impida la aceptación del cargo. Esta Junta resuelve en el plazo de cinco días y comunica, en su caso, la sustitución producida al primer suplente.

El punto cuarto de este artículo añade que, si posteriormente, cualquiera de los designados estuviera en imposibilidad de acudir al desempeño de su cargo, debe comunicarlo a la Junta de Zona, al menos 72 horas antes del acto al que debiera concurrir, aportando las justificaciones pertinentes. Si el impedimento sobreviene después de ese plazo, el aviso a la Junta habrá de realizarse de manera inmediata y, en todo caso, antes de la hora de constitución de la mesa. En tales casos, la Junta comunica la sustitución al correspondiente suplente, si hay tiempo para hacerlo, y procede a nombrar a otro, si fuera preciso.

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