El Tribunal de Cuentas califica de «insuficiente» el control interno de fiscalización del Ayuntamiento de Puertollano

El control interno en el Ayuntamiento de Puertollano no reguló adecuadamente el sistema de fiscalización limitada previa en los ejercicios 2014 y 2015. Como consecuencia, en esta entidad se empleó inadecuadamente el procedimiento de ejecución de obras por la propia Administración con colaboración de empresarios particulares al no concurrir los supuestos para ello establecidos en el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. Por otra parte, la Oferta de Empleo Público del año 2015 se aprobó sin someterse a fiscalización previa.
ayuntapuerto2
Estas son las conclusiones del Tribunal de Cuentas en su análisis de expedientes de entidades locales de Castilla-La Mancha sobre actuaciones que no se sometieron a la correspondiente fiscalización de la Comunidad Autónoma, publicado este miércoles en el Boletín Oficial del Estado.

Según las conclusiones del informe, el control interno en el Ayuntamiento de Puertollano «no había regulado adecuadamente» el sistema de fiscalización limitada previa o de requisitos básicos, quedando limitado a un control de suficiencia de crédito y competencia sin que se realizaran comprobaciones sobre otros extremos de relevancia en la tramitación de los expedientes. Además, circunscribía su régimen de control interno al ejercicio de la fiscalización previa de legalidad, «sin que existiera un control posterior ni un control de eficacia o eficiencia».

Según el Tribunal, el control interno realizado en este Ayuntamiento «era insuficiente al restringirse a la comprobación de existencia de crédito y competencia de los expedientes».

En este sentido, en la entidad se empleó «inadecuadamente» el procedimiento de ejecución de obras por la propia Administración con colaboración de empresarios particulares al no concurrir los supuestos para ello establecidos en la legislación; mientras que la Oferta de Empleo Público del año 2015 se aprobó sin someterse a fiscalización previa.

Sistema de fiscalización insuficiente

Según detalla el Tribunal, el Ayuntamiento de Puertollano tenía implantado un sistema de fiscalización previa de requisitos básicos en los dos ejercicios fiscalizados, 2014 y 2015, extendiéndose únicamente el ámbito de las comprobaciones a la adecuación y suficiencia de crédito y a la competencia del órgano gestor del gasto. Este sistema de fiscalización previa, prosigue, «era insuficiente para asegurar que en la entidad se estuvieran cumpliendo adecuadamente las disposiciones legales en materia de ejecución presupuestaria».

Además, en esta entidad «no se realizaron actuaciones de control financiero en los ejercicios 2014 y 2015, por lo que no se estaba ejerciendo en la misma una de las modalidades de control interno previstas en el Texto Refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales, sin que existiera, por tanto, un control posterior de elementos que no eran objeto de control por el sistema de fiscalización previa, ni un control de eficacia o eficiencia, lo que se traduce en un sistema de control interno insuficiente en el que no se podía comprobar si se cumplían los principios de buena gestión financiera (eficiencia, eficacia y economía) en la gestión de la entidad».

En este contexto el Tribunal de Cuentas incluye también el análisis de dos acuerdos contrarios a reparos de Intervención en 2015, concretamente la ejecución del plan de renovación de vados y aceras y eliminación de barreras arquitectónicas (por un importe total de 82.229 euros) y la Oferta de Empleo Público de 2015.

Obras en la barriada Fraternidad 

Así, el informe relata que con cargo a los fondos concedidos por la Diputación Provincial de Ciudad Real en el marco del Plan Provincial de Accesibilidad, el Ayuntamiento de Puertollano efectuó una intervención en la barriada Fraternidad consistente en la construcción del acerado de la Carretera de Almodóvar.

Para ello, relata el Tribunal, el Consistorio acordó la ejecución de las obras por la propia Administración con la colaboración de empresarios particulares. En el transcurso de la ejecución de esos trabajos, se presentaron para su aprobación cinco facturas por importe total de 28.972 euros, que venían a agregarse a las facturas ya aprobadas correspondientes a la ejecución de los mismos trabajos y realizados por la misma empresa. Como consecuencia de estas nuevas cinco facturas, el importe de los trabajos realizados ascendió a 82.229 euros, superando, por tanto, el umbral del contrato menor, aspecto que fue puesto de manifiesto en el informe del órgano de Intervención.

La unidad técnica, en el informe de discrepancia, alegó que las prestaciones ejecutadas por la empresa en el marco de este proyecto ascendieron a 54.985 euros (66.351 euros con el IVA incluido), y no a 82.229 euros, correspondiendo dicha diferencia a facturas de actuaciones de la empresa en otras obras. «El desvío con respecto al límite de 50.000 euros establecido en la normativa para el contrato menor, se justificaba por exigencias técnicas impuestas por la comunidad autónoma en la concesión del permiso para la ejecución de la obra», puntualiza el informe.

En relación con esta cuestión, el Tribunal de Cuentas indica que las obras realizadas tuvieron como objeto la construcción de aceras nuevas y no trabajos de conservación y mantenimiento, por lo que, al no concurrir los mismos, el expediente no debió haberse tramitado como ejecución de trabajos de obra por la Administración con colaboración de empresarios particulares. Por otra parte, el límite establecido en la ley para los contratos menores de obras es de 50.000 euros, «por lo que se produjo el incumplimiento de este precepto en el expediente analizado».

Oferta de Empleo Público 2015

En lo que atañe a la Oferta de Empleo Público del año 2015, el Tribunal de Cuentas anota que la propuesta de aprobación de la Oferta de Empleo Público del Ayuntamiento no se sometió a la fiscalización previa de la Intervención, pese a ser un acto de contenido económico.

Según el análisis del tribunal, esta oferta fue publicada en Boletín Oficial de la Provincia de Ciudad Real el 26 de noviembre de 2015, y el órgano de Intervención emitió informe con fecha 1 de diciembre, una vez tuvo conocimiento de su publicación.

En relación con el contenido de la Oferta, el informe señala que en esta no constaba la forma de acceso a las plazas de personal funcionario ofertadas (acceso libre o promoción interna), indicando a su vez que la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2015 establecía limitaciones para la contratación de personal de nuevo ingreso en el ejercicio 2015 que no se respetaron en la propuesta de Oferta de Empleo.

A raíz de este informe de Intervención, prosigue el Tribunal de Cuentas, la Alcaldía aprobó un Decreto el 10 de diciembre de 2015, por el que dejaba sin efecto la aprobación de la Oferta de Empleo Público, al haberse advertido errores materiales.

Posteriormente, mediante Decreto de 22 de diciembre de 2015 (BOP de 5 de enero de 2016), se aprobó una nueva Oferta de Empleo Público sin el informe preceptivo de fiscalización del expediente relativo a dicha oferta. «De su contenido se desprende que en la oferta se configuraban todas las plazas ofertadas dentro de la plantilla de funcionarios», concluye.

Diputación de Ciudad Real, Alcázar y Valdepeñas 

En este informe el Tribunal de Cuentas ha analizado un total de 311 expedientes de una quincena de entidades locales de Castilla-La Mancha de actuaciones que no se sometieron a la correspondiente fiscalización de la Comunidad Autónoma, unas acciones que en conjunto supusieron un gasto de 18,7 millones de euros. En concreto, el informe del Tribunal de Cuentas precisa que en el año 2014 fueron un total de 169 expedientes por algo más de 13 millones de euros; y 182 expedientes por 5,7 millones al ejercicio siguiente.

En la provincia de Ciudad Real, fueron fiscalizadas determinadas actividades de la Diputación y los consistorios de Alcázar de San Juan, Puertollano y Valdepeñas.

La Diputación de Ciudad Real, tal y como recoge este informe, aprobó en 2014 un plan de empleo antes de recibir los informes preceptivos de la comunidad autónoma y del órgano de tutela financiera, en este caso el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas.

El Consistorio de Alcázar de San Juan, indica el texto del informe, efectuó gastos sin crédito adecuado y suficiente.

Por su parte, el Tribunal de Cuentas señala que el Ayuntamiento de Valdepeñas ejercía su control interno al ejercicio de la fiscalización previa de legalidad sin que hubiera un control posterior, empleó “de manera recurrente” el expediente de reconocimiento extrajudicial de crédito para aplicar al presupuesto gastos de ejercicios precedentes para los que no existía crédito, así como que los informes de Intervención no hacían referencia a otras deficiencias en la tramitación de los gastos y facturas acometidas mediante expedientes de reconocimiento extrajudicial de crédito.

Relacionados

13 COMENTARIOS

  1. Normal, mejor lo llamamos «descontrol» interno.
    Otra muestra más del mal hacer de este ayuntamiento y sus diligentes, desastre total, hacen lo que les da la gana y están llevando al pueblo a la extinción.

  2. La sola comprobación de suficiencia de crédito y competencia de los expedientes no son suficientes para el control interno establecido legalmente.
    No obstante, los errores u omisiones pueden ser rectificados por la Administración Local, así como la actualización de los procedimientos y su entera observancia.
    Bueno, hay ya algunos casos de Ayuntamientos en los que la rectificación no es posible: Valdemoro, Cartagena, Móstoles, Molina de Segura, etc…..

    • La culpa es de Franco, Charles. Y de Cospedal. Creo que Putin también tiene algo de responsabilidad. Unos hackers rusos introdujeron un virus en el sistema informático, y la obra de la plaza de toros se hizo 69 trozos.

  3. Vamos haber carlitos, un poco de autocritica no te vendria mal.
    Al equipo de desgobierno de este consistorio, asi como a algunos funcionarios, ya no les cabe mas mierda.
    No saques pecho porque te lo pueden hundir (metaforicamente hablando).
    El dia que estalle el ayuntamiento no coge la mierda en la plaza de la constitucion.

  4. Esto era la época en la que la Sra. Alcaldesa se refería, cuando dijo que había puesto a trabajar al personal, y habían salido de su zona de confor.

    Acaso, la intervención del Ayuntamiento, hacía lo mismo y por ese motivo se le escapaban las cosas, los contratos que se podían hacer y los que no, en función del presupuesto, para si era obra nueva o arreglos puntuales.

    Hay funcionarios que se les paga para hacer esta labor, la intervención del ayuntamiento debería haber cumplido con su obligación, y aplicar las Leyes, que rigen en el consistorio, o fueron decisiones políticas.

    Entre la intervención, el Secretario, y los que no saben controlar, nos encontramos esto.
    Esto conlleva sanciones? Si es así, ya sabemos quién las vamos a pagar.

  5. *MODERADO*
    Que plaza se anulo???la de educadora social???

    Mira que el patronato es un coladero de la rosa pero anda que los servicios sociales….

  6. Pero aquí sigue sin depurarse responsabilidades, personas que deben custodiar sanciones, estas son robadas y no pasa nada, fiscalización sin fiscalizar previamente por intervención, oferta de empleo publico.
    Esto que se sabe, pero poco a poco irán apareciendo más temas delicados, esperemos que sea pronto, que se marchen y dejen de arruinar al pueblo. Menudos ultimos años, que gestión local.

ESCRIBE UN COMENTARIO

Por favor ingrese su comentario!
Por favor ingrese su nombre aquí


spot_img
spot_img
spot_img
spot_img
spot_img