Plataforma de Interinos.- La UE ha sancionado a España por no haber adaptado la legislación nacional a la Directiva 1999/70/CE, que obliga a todos los Estados miembros a proveer con personal fijo todos los puestos de la Administración: funcionarios o laborales. De hecho, desde hace decenios, todas las administraciones públicas españolas (AAPP) se han servido de interinos, sin respetar las propias normas laborales nacionales.
La sanción millonaria de la UE a España está aplazada porque el Gobierno ha pedido una prórroga para “arreglar” tal situación escandalosa de temporalidad. Para conceder este aplazamiento, la UE ha exigido garantías suficientes de que se están dando pasos decididos en el buen camino, es decir, en la reducción de dicha temporalidad. No dice la UE, ni lo decía la directiva 1999/70, cómo tiene que reducirse la temporalidad, simplemente impone que se reduzca.
Las garantías que el Gobierno ofrece a Bruselas son los dos “Acuerdos para la mejora del empleo público” que el ministro Montoro y los tres sindicatos (UGT, CCOO y CSIF) firmaron los días 29 de marzo de 2017 y 9 de marzo de 2018. Estos acuerdos pactan la convocatoria de las plazas libres (es decir, las que ocupamos los interinos)
“bajo el principio de celeridad… tratando de evitar la caducidad de las Ofertas dimanantes de este Acuerdo”, de tal forma que, en un plazo máximo de tres años, para 2020, la temporalidad en las AAPP no pase del 8%. El propio acuerdo dispone que las convocatorias “de estos procesos selectivos … garantizarán los principios de libre concurrencia, igualdad, mérito, capacidad y publicidad… (y) podrá ser objeto de valoración en la fase de concurso… el tiempo de servicios prestados a la Administración”.
Es decir, debe entenderse que todas estas convocatorias serán por oposición libre y que, solo si se negocia, “podrán” valorarse los servicios prestados (sólo hasta un máximo, que para esto también hay recortes).
¿Por qué estos Acuerdos son una condena para los interinos?
Por tres razones inmediatas. Primera: no se reconoce la situación de fraude en que todas las AAPP nos mantienen a los 700,000 interinos que en España somos y, en consecuencia, no hay la mínima posibilidad de que nos compense por ello: no tendremos ni derecho a la indemnización por despido. Segundo: olvida que todos los interinos hemos accedido mediante procesos que ya respetaban los principios de libre concurrencia, igualdad, mérito, capacidad y publicidad: seremos temporales, pero no somos enchufados, hemos accedido a la función pública en procedimientos con todas las garantías. Tercero: no reconoce nuestro derecho adquirido a la estabilidad, como tendría cualquier otro trabajador, sino que se vende como tal lo que no es sino un ERE encubierto. ¿O es que alguno cree sinceramente que competiríamos en “condiciones de igualdad” con un recién graduado sin compromisos familiares y en plena inercia de su capacidad de estudio y dedicación?
Los dos Acuerdos son muy claros, tanto en lo que dicen como en lo que ocultan, y NO incluyen la mínima preocupación por la situación de los interinos. Y podían y debían haberlo hecho: la Administración, porque debe ser garante de la legalidad; los sindicatos, porque dicen defender a los trabajadores.
¿Qué podemos hacer los interinos?
-Ante todo, ser conscientes de que vivimos en un país en el que hay que pelear por los derechos, que no llueven del cielo. Y aprovecharse de que nuestros políticos viven en una casi continua carrera electoral y que se avecinan elecciones.
-Asumir que pertenecemos a cuerpos y AAPP muy distintas y cada uno tiene una situación particular, que tendrá que defender, pero que debemos trabajar juntos en lo que nos une: librarnos del corredor de la muerte al que nos han condenado Gobierno y los sindicatos.
-Evaluar si realmente estamos donde tenemos que estar y qué imagen transmitimos y si la opinión pública entiende lo que estamos reclamando (no sería la primera vez que se nos trata como funcionarios de chiste, vagos y maleantes y, para colmo, como enchufados y privilegiados ¿o es que alguno se escandalizó realmente cuando se
congeló el sueldo a los empleados públicos?).
-Evidenciar en todos los foros el problema que somos, teniendo muy claro que, mientras esto no ocurra, mientras no se nos reconozca como un grave problema, nadie se preocupará por revocar el ERE ni por atender a nuestras demandas.
-Exigir, porque la UE nos lo reconoce, la aplicación directa de la norma europea (la directiva 199/70/CE), ante la desidia culpable de las AAPP a la hora de trasponer dicha directiva a las leyes nacionales. En este sentido, la denuncia (anónima, si se quiere) ante la UE puede ayudar: http://denunciacomisioneuropea.blogspot.com.es/
-Exigir a los sindicatos UGT, CCOO y CSIF que se retracten y que defiendan de una vez a los empleados públicos. Hay que reconocer que, en algunas provincias, ya lo han hecho. Y otros sindicatos nacionales, como la CGT, o autonómicos, como USCAL, lo ha entendido desde primera hora. Hay que exigirles que luchen por la consolidación, que un concurso-oposición con fase eliminatoria de oposición es una oposición libre. ¿O es
que entienden que es legal que nos echen a la calle sin más después de todos estos años de trabajo? (Para nuestra desgracia, ningún sindicato entiende qué es una relación laboral indefinida con la Administración ni ha metabolizado la posibilidad de una consolidación extraordinaria para esta situación extraordinaria.)
-Actuaciones conjuntas: la propia denuncia ante la UE es una opción, pero las realmente eficaces son las que se planteen aquí, en tiempo y forma. Por ejemplo, la impugnación de los citados Acuerdos que la ANIL (Asociación Nacional de Interinos y Laborales) ha planteado ante el Tribunal Supremo. Si tiene éxito la impugnación, quedarían anuladas las OPEs y las convocatorias derivadas de los mismos. Ahora bien: los Tribunales anularán los Acuerdos solo en el caso de que se demuestre que dicha anulación es un bien mayor, por eso es fundamental que la ANIL cuente con una gran cantidad de socios, que evidencien fehacientemente el problema que somos a nivel nacional.
-Otra actuación conjunta y de calado sería la Iniciativa Legislativa Popular (ILP) que cree la norma de referencia para solucionar esta situación extraordinaria de temporalidad defendiendo los derechos adquiridos de los interinos mediante procesos de consolidación y mediante el reconocimiento de una relación laboral indefinida
con la Administración, con las obligaciones para las AAPP que ello conlleva: recolocación del trabajador antes que cese (con indemnización, en su caso). Esta ILP, a instancias de la ANIL, debe sumar un mínimo de 500,000 firmas en toda España.
Otras ILP pueden llevarse a cabo en cada CCAA, con menor cantidad de firmas. En cualquier caso, el objetivo siempre es el mismo: evidenciar de manera rotunda e incontestable el problema que somos.
-Impugnación de las OPEs, desde el minuto uno, siempre conjuntamente, cargando de razones la demanda de anulación de las convocatorias. Con el despacho de abogados que sea, pero siempre juntos, siempre coordinados, siempre sumando.
-Actuaciones individuales: cada uno tendrá que defender su situación particular porque, por desgracia, hasta ahora no parece que las actuaciones colectivas, masivas, cuajen, como cabría esperar del número enorme de interinos que somos. La demanda debe pedir la relación laboral indefinida (no la “fijeza” que solo corresponde, per se, al funcionario de carrera) y, a mayores, el derecho a la indemnización en caso de cese. La relación laboral indefinida no fija logra una estabilidad muy superior a la del simple (“puto”) interino.
-Las actuaciones individuales pueden fracasar en algún caso. Es cierto. Ocurrió también con las demandas de las cláusulas suelo, la antigüedad (trienios, sexenios,…) y la carrera profesional. Nadie dice que el camino vaya a ser fácil. Por eso es tan importante que demostremos unión y organización.
-¿Hay otras alternativas? ¿Debemos conformarnos con la negociación de un pretendido concurso(¿?)-oposición con fase eliminatoria de oposición, con una valoración racionada de los méritos y, sobre todo, llevada a cabo por los mismos sindicatos que nos malvenden a la primera de cambio?
La oposición es el sistema ordinario de ingreso, salvo cuando, por la naturaleza de las funciones a desempeñar, sea más adecuada la utilización del concurso-oposición y, excepcionalmente, del concurso…..
[…] Plataforma de Interinos.31 marzo, 2018 – miciudadreal […]