El Gobierno de Castilla-La Mancha gestionará ayudas por valor de 50.000 euros para la redacción de Informes de Evaluación de Edificios

El Gobierno de Castilla-La Mancha ha informado que, desde la Dirección General de Vivienda y Urbanismo, dependiente de la Consejería de Fomento, se van a gestionar ayudas por valor de 50.000 euros para la redacción de Informes de Evaluación de Edificios (IEE).fomento

El objeto del presente programa es el impulso a la implantación y generalización de un Informe de Evaluación de los Edificios que incluya el análisis de las condiciones de accesibilidad, eficiencia energética y estado de conservación de los mismos, mediante una subvención que cubra parte de los gastos honorarios profesionales por su emisión.

Es obligatoria la realización del IEE para la solicitud de ayudas a la rehabilitación edificatoria, y para todos los edificios de antigüedad superior a 50 años.

Podrán ser beneficiarios de estas ayudas las comunidades de vecinos, agrupaciones de comunidades o propietarios únicos de edificios de carácter predominantemente residencial que cuenten con el informe de evaluación del edificio.

La cuantía de las ayudas, 50.000 euros, ha sido aportada a partes iguales por la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y el Gobierno central, a través del Plan Estatal de Vivienda de Fomento para el alquiler de viviendas, la rehabilitación edificatoria, la regeneración y la renovación urbanas de 2013-2016, prorrogado ya este 2017.

La cuantía de las ayudas se adjudicará a razón de 40 euros por vivienda, 40 euros por cada 100 metros cuadrados de superficie útil del local o un máximo de 1.000 euros por edificio y sobre un 50 por ciento del coste. El plazo de presentación de las solicitudes de estas ayudas finaliza el 31 de octubre.

Forma y lugar de presentación

La forma de presentación de estas solicitudes se hará de forma telemática, con firma electrónica, a través del formulario incluido en la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (https://jccm.es).

Solo las personas físicas podrán presentar la solicitud en papel, dirigida a la Dirección Provincial de la Consejería de Fomento donde se localice el edificio, en cualquiera de los Registros previstos en la Ley de Procedimiento Administrativo Común.

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