Esta mañana el Consejo Rector del IMPEFE ha aprobado las bases reguladoras del proceso selectivo para el Plan Extraordinario por Empleo en Castilla-La Mancha (Orden de 28/12/2016 de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo), cuya finalidad crear oportunidades de inserción en el mercado laboral, mediante la contratación temporal de personas desempleadas para la ejecución de proyectos de interés general y social. En Ciudad Real se ofertarán 163 plazas, de las que más adelante adjuntamos el anexo donde se detallan las categorías profesionales de dichos puestos y el perfil profesional requerido a los aspirantes.
¿Dónde consigo las instancias?
Las solicitudes deberán presentarse en el modelo oficial, facilitado en las oficinas del Impefe (Plaza Escultor Joaquín García Donaire, 2, 1ª planta) o descargado a través de la página web del
IMPEFE (puedes encontrar el formulario de solicitud al final de este artículo).
Plazos y horarios
El plazo de presentación de instancias según las bases comprende DESDE EL DÍA 20 AL 28 DE ABRIL DE 2017, en horario de 9:00 a 14:00 horas.
Ya entregué la solicitud en el anterior Plan de Empleo ¿tengo que volver a presentarla?
Sí. Según ha explicado el director del IMPEFE, Rafael Morales, es necesario renovar la solicitud. Con cada convocatoria se tiene en cuenta una fecha determinada para computar el desempleo y las circunstancias de los solicitantes pueden variar. Por ejemplo, las prestaciones que reciben o la composición de la unidad familiar. Por todo ello es necesario hacer una valoración partiendo de una nueva solicitud.
Duración de los contratos y salario
Los contratos de trabajo tendrán carácter laboral temporal con una duración mínima de 6 meses a jornada completa, utilizándose el tipo de contrato Obra o Servicio Determinado. Artículo 15 del Estatuto de los Trabajadores, según la redacción dada por el Real Decreto Legislativo 2/2015 de 23 de octubre (BOE 24/10/2015). La retribución mínima mensual será de 825,60 €.
¿Si estoy empadronado en Ciudad Real solo puedo presentar mi solicitud aquí?
No. Desde el IMPEFE recuerdan que el Plan Extraordinario por el Empleo es de ámbito regional y se pueden presentar solicitudes en otros municipios de Castilla-La Mancha en los que el proceso de admisión se encuentre activo.
Cita previa
Se ha habilitado un sistema de cita previa en la propia web del IMPEFE. En primer lugar se elije un día y hora disponibles y a continuación se ingresan en un formulario los datos personales. Con esta medida se intenta eliminar las largas colas que los aspirantes tuvieron que guardar en la anterior convocatoria a la que se presentaron alrededor de 3.000 personas. En todo caso, también se podrá acudir físicamente a las oficinas de este organismo, ubicadas en la Plaza Escultor Joaquín García Donaire, donde habrá un gestor de turnos.
¿Qué requisitos debo cumplir para poder solicitarlo?
Los principales:
Ser demandante de empleo inscrito en una oficina de empleo de Castilla-La Mancha en la fecha del registro de la oferta y que haya permanecido inscrito, al menos, 12 meses, dentro de los 18 meses anteriores a dicha fecha, estando incluido además en alguno de los grupos que especifican las bases.
O bien persona con discapacidad, con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 33% y que, a la fecha de registro de la oferta, se encuentre desempleada e inscrita como
demandante de empleo en las oficinas de empleo de Castilla-La Mancha.
O bien mujer que tenga la condición de víctimas de violencia de género, estando excluida del requisito de inscripción en una oficina de empleo, en la fecha de registro de la oferta, aunque sí deberá estar inscrita como desempleadas no ocupadas en el momento de la contratación.
En todo caso, en las bases puedes encontrar todos los requisitos necesarios para participar en la convocatoria, así como las causas de exclusión de aspirantes. Sobra decir que quienes no presenten debidamente cumplimentado el formulario de solicitud o no aporten la documentación requerida no podrán optar a las plazas ofertadas.
¿Cuántas categorías puedo solicitar?
Sólo podrá solicitarse una Categoría por aspirante.
¿Cómo se barema a los candidatos?
Atendiendo a los siguientes criterios:
Período de desempleo: por cada periodo adicional de 3 meses en desempleo, por encima de los 12 meses que exige la convocatoria, se otorgará 0,1 puntos, hasta un máximo de 5 años de desempleo, por lo que la puntuación máxima será 1,6 puntos.
Renta per cápita de la unidad familiar: La diferencia entre los ingresos netos mensuales y los gastos de hipoteca o alquiler se dividirá entre el número de miembros de la unidad familiar, otorgándose hasta 5 puntos en caso de ingreso cero y 4,3,2 o 1, según la tabla de las bases para rentas de 640 euros o menos. Si la renta per cápita familiar es de cero ingresos, se añadirán 0,3 puntos por cada miembro a cargo del solicitante.
Grado de discapacidad: igual al 33% (0,5 puntos); del 33% al 66% (1 punto); y del 66% en adelante (2 puntos).
Situación de convivencia con personas dependientes: La situación de personas inscritas como demandantes de empleo, no ocupadas, que conviviendo con una persona dependiente, pertenezcan a familias en las que ningún miembro esté empleado o hayan estado fuera del mercado de trabajo por haber sido cuidadoras de personas dependientes, siempre que, hayan permanecido inscritas durante doce o más meses, dentro de los dieciocho meses anteriores a la fecha de registro de la oferta en la Oficina de empleo, se valorará con 1 punto.
¿Qué ocurre en caso de empate?
En primer lugar se priorizará la mayor puntuación obtenida en el apartado relativo a la renta per cápita de la unidad familiar. En segundo lugar, la puntuación obtenida en el apartado relativo a período de desempleo; a continuación, la relativa a discapacidad y, por último, de persistir el empate se establecerá como criterio dirimente la mayor edad del candidato/a.
En caso de renuncia expresa de alguno de los/as candidatos/as seleccionados/as se contratará al siguiente de la lista por el orden de puntuación obtenido.
Asimismo, las bases recogen que del total de contrataciones al menos el 50 % se formalizarán con mujeres.
¿Qué documentación debo aportar?
1. Formulario de solicitud de participación debidamente cumplimentado por el/la solicitante.
2. Fotocopia del D.N.I.
3. Fotocopia de la tarjeta de demanda de empleo del solicitante y de todos los miembros de la unidad familiar que se encuentren desempleados.
4. Fotocopia del Libro del Familia donde figure el matrimonio y los hijos menores de 26 años y que formen parte de la unidad familiar.
5. Sentencia/auto de separación o divorcio, así como el justificante del ingreso o pago, según el caso, de la pensión alimenticia. En caso contrario deberá aportar la reclamación de impago de pensión.
6. En caso de viudedad, libro de familia donde se exprese tal circunstancia.
7. Si tiene hijos mayores de 16 años que estén cursando estudios, justificante donde conste esta circunstancia (matrícula, informe del centro de estudios, etc).
8. Los miembros de la unidad familiar que trabajen por cuenta ajena, deberán aportar las últimas tres nóminas y en caso de trabajadores autónomos la última declaración del IRPF (se debe aportar la declaración completa en la que conste el rendimiento neto anual)
9. En caso de que los miembros de la unidad familiar cobren prestaciones, subsidios, pensiones o cualquier tipo de ayuda, deberán aportar la resolución de aprobación del órgano competente.
10. En caso de pago de hipoteca (primera vivienda) se aportará justificante bancario del último pago mensual. En caso de alquiler se deberá aporta el contrato de alquiler debidamente firmado por las partes, junto con el justificante de pago de los últimos tres meses.
11. En caso de solicitantes empadronados solos en el domicilio por considerarse unidad familiar independiente: Además de los gastos de hipoteca o alquiler (en su caso), deberán presentar al menos tres recibos (luz, agua, gas, IBI…) que demuestren que asumen los gastos del domicilio.
12. En caso de tener minusvalía, resolución de reconocimiento de la discapacidad.
13. En caso de haber cotizado en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos al menos veinticuatro meses, se aportará informe de vida laboral donde se acredite tal circunstancia.
14. Para la acreditación de situación de convivencia con personas dependientes, se deberá aportar Resolución de Bienestar Social en la que figure la condición de dependiente, unida al certificado de convivencia; o bien, certificado de Bienestar Social en el que se declare que el solicitante es reconocido como cuidador de persona dependiente.
15. En caso de ciudadanos de otros estados no miembros de la C.E, deberán aportar original y fotocopia, para su compulsa, del permiso de trabajo y residencia, en vigor.
16. En caso de mujeres víctimas de violencia de género: Resolución de ejecución condenatoria no superior a 24 meses o medidas de protección vigentes e informe de los servicios sociales municipales.
17. Currículum Vitae (excepto para la categoría de Peón)
18. Fotocopia de los títulos, cursos y experiencia exigidos en cada categoría.
19. Los solicitantes NO empadronados en Ciudad Real aportarán volante de empadronamiento colectivo de su localidad respectiva.
Todos los datos socioeconómicos podrán ser comprobados por el Impefe a fin de verificar la exactitud de los mismos. Para ello los aspirantes deberán presentar la autorización adjunta en la solicitud para que el Impefe pueda realizar las comprobaciones oportunas en los diferentes organismos públicos.
¿Cómo se realiza la selección?
Terminado el plazo de presentación de documentación, se reunirá la Comisión Local de Selección para proceder a su baremación conforme a lo establecido en las bases de la presente convocatoria.
Tras la baremación de las solicitudes se publicará la lista provisional de personas admitidas y excluidas con los resultados o puntuaciones obtenidas, otorgándose un plazo de 3 días hábiles a contar desde el siguiente a la publicación para subsanar los defectos observados, elevándose la referida lista a definitiva, una vez subsanados en su caso, los mismos.
Una vez seleccionado el personal se elevará propuesta de contratación al órgano competente para su aprobación y se procederá a la contratación laboral de las personas aspirantes
seleccionadas, estableciéndose un período de prueba de un mes.
El medio de comunicación por el que se efectuarán las sucesivas publicaciones será a través del tablón de anuncios del IMPEFE y en la página web del Impefe www.impefe.es, de acuerdo a lo establecido en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Los aspirantes seleccionados, deberán personarse los días establecidos al efecto para la formalización de sus correspondientes contratos de trabajo, (en caso contrario se entenderá que renuncia al puesto de trabajo), debiendo aportar la siguiente documentación:
1. Fotocopia del D.N.I.
2. Fotocopia de la tarjeta de demanda de empleo.
3. Nº de cuenta bancaria para la domiciliación de nómina.
4. Nº de afiliación a la seguridad social.
5. Certificado de compatibilidad con el puesto de trabajo a desempeñar, emitido por el Centro Base (en caso de personas con discapacidad).
Documentación
Recuerda que esto es un resumen orientativo y que debes consultar a las bases publicadas por el IMPEFE si estás interesado en participar en esta convocatoria del Plan de Empleo. A continuación puedes acceder a las bases, anexo de plazas y solicitud: