El concejal de Promoción Económica, Cultural y Turística, José Luis Herrera, ha dado a conocer esta mañana las bases de la decimotercera convocatoria de la “Subvención para el fomento del trabajo autónomo en Ciudad Real”, con el fin de apoyar la creación de empresas y el fomento de empleo en Ciudad Real mediante un programa de ayudas económicas destinadas a favorecer y promover el trabajo autónomo o por cuenta propia.
Herrera afirmaba que “con estas ayudas reivindicamos la figura del emprendimiento, especialmente en el caso del trabajador autónomos. Esta fue una de las novedades del año pasado: se cambió la concesión de estas ayudas que ahora están destinadas a quienes van a comenzar su actividad, eliminando el requisito de tener que haber invertido un mínimo de 3.000 euros”.
Como novedad este año no habrá línea de subvención para la licencia de apertura, ya que el actual Equipo de Gobierno la ha eliminado en las Ordenanzas Fiscales para este año, favoreciendo así la instalación de negocios en Ciudad Real.
Las subvenciones se concederán en dos líneas de actuación: A fondo perdido y para el fomento de la contratación laboral. Para la subvención a fondo perdido podrán ser beneficiarias las personas desempleadas que se constituyan como trabajadores autónomos y estén empadronados en Ciudad Real con un mínimo de un año. El importe máximo a subvencionar es de 600 euros.
La subvención para el fomento de la contratación laboral contempla la obligatoriedad de constituirse como trabajadores autónomos desde la fecha 1 de diciembre de 2016 hasta el final de plazo de la presente convocatoria y estar empadronado en Ciudad Real como mínimo un año. Serán subvencionables aquellas contrataciones que se realicen por tiempo indefinido así como la conversión de contrataciones temporales en indefinidas. Se subvencionara un máximo de tres contratos por empresa.
Las ayudas para el fomento de la contratación laboral consisten en 600 euros por cada contratación indefinida, añadiendo 600 euros más, siempre que afecten a los siguientes colectivos: mujeres, jóvenes hasta 30 años, mayores de 45 años, discapacitados/as (igual o superior al 33%), demandantes de primer empleo, parados de larga duración o colectivos desfavorecidos y en riesgo de exclusión social.
Además se aplicará un incremento del 25% cuando se trate de: beneficiarios de programas municipales de formación y empleo y mujeres procedentes de casas de acogida dentro de los seis meses anteriores a la contratación.
También podrán optar por la subvención a la contratación, las empresas beneficiarias del “Distintivo municipal de calidad en igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, conciliación y responsabilidad”, siempre y cuando hubieran efectuado dicha contratación entre el 1 de diciembre de 2016 hasta el final del plazo de la XIII convocatoria.
Estas ayudas son compatibles con otras subvenciones siempre que no superen el coste total de la cuota mínima de autónomos bonificada por otras administraciones.
Los beneficiarios estarán obligados a mantener el alta de autónomo como mínimo durante los doce primeros meses desde la fecha de alta en el RETA. En cuanto a la ayuda a la contratación laboral, los beneficiarios/as estarán obligados a mantener a las personas contratadas durante un periodo de dos años.
Las solicitudes pueden presentarse en el Registro General del IMPEFE (Instituto Municipal de promoción económica, formación y empleo) hasta el 30 de mayo de 2017. Se tramitarán según su registro de entrada y se concederán hasta agotar el crédito disponible.