El Juzgado de lo Social 2 de Ciudad Real ha dado la razón al sindicato CSIF estimando la demanda de su asesoría jurídica por la que un profesor de religión pasará a ser personal laboral Indefinido, contra el criterio de la consejería de Educación, que le formalizaba cada curso un contrato de obra o servicio que, entre otros efectos, suponía al trabajador que durante la época estival no percibía sus retribuciones salariales ni cotizaban por él, señala el sindicato en una nota.
Una vez que la Sentencia aludida sea firme, la relación laboral de este profesor de religión se convertirá en indefinida, con los derechos económicos correspondientes, es decir, que cobraría los veranos y además la sentencia no solo tiene trascendencia para el trabajador afectado, sino que puede ser extensible a profesores de religión de la Región que se encuentren en la misma condición.
La sentencia no viene sino a mantener la tesis que sostenía CSIF de Ciudad Real respecto de que el Real Decreto 696/2007 mantiene que la contratación de los profesores de religión será por tiempo indefinida, salvo los casos de sustitución. A mayor abundamiento, el Convenio entre la Junta de Comunidades de Castilla La Mancha y las Diócesis de la Provincia Eclesiástica de Toledo en materia de Enseñanza de la Religión Católica y su profesorado, en su apartado 6º, también establece la contratación laboral por tiempo indefinido para este colectivo.
Será indefinido por obra y gracia de Dios… Pero si algún dia la Santísima Madre Iglesia le retirase (por mor de vida non santa, divorcio o etc) su infinita benevolencia, ¿debería pagar también la JCCM?
Ay,paisss
Profesor y religión son términos antagónicos.