El consejero de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural, Francisco Martínez Arroyo, ha informado hoy sobre los acuerdos del Consejo de Gobierno respecto a la modificación de la Ley de Caza, la Ley de Tasas y la Ley de Conservación de la Naturaleza, destacando “el importante esfuerzo de consenso que se ha impulsado desde el Gobierno regional con las partes implicadas con un alto grado de cesión por parte de todos”.
Una Ley que surge, según ha señalado “de la interlocución permanente con la Federación de Caza de Castilla-La Mancha, APROCA y Ática; y, por otro lado, el sector ecologista y la Plataforma Contra la Ley de Caza del Gobierno anterior, que fue capaz de recoger 120.000 firmas”.
Martínez Arroyo ha explicado que las últimas semanas han sido muy provechosas, así se han tenido en cuenta todas las sensibilidades que se han compartido incluso en una misma mesa, “los que defienden la caza como una actividad económica y los que persiguen que esa caza sea sostenible”. Fruto de ese consenso se ha elaborado el documento que ha pasado este miércoles por el Consejo de Gobierno de Castilla-La Mancha, dada la importancia de un sector que “genera más de 600 millones de euros de facturación al año y muchos empleos en el medio rural, que no puede entenderse sin la actividad cinegética”. En definitiva, el objetivo del documento es “hacer compatible la caza con otros usos y actividades en el medio rural, para el disfrute de todos”, ha afirmado el consejero.
Otro de los aspectos que ha destacado el titular de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural es la apuesta por la “caza social” que hace el Gobierno regional y que “no fue una prioridad para el Ejecutivo anterior”. Por ello, “este anteproyecto recupera los cotos sociales que fueron eliminados en la Ley anterior” y “pretende recuperar las especies autóctonas que identifican la caza en Castilla-La Mancha y permiten un medio natural sostenible”.
Además y atendiendo al compromiso real de este Gobierno con la caza, Martínez Arroyo ha avanzado que dentro de la Ley de Tasas y Precios Públicos de Castilla-La Mancha “se modifican para que todos aquellos ciudadanos jubilados de más de 65 años no tengan que pagar por las licencias de caza y pesca en nuestra región”. Una demanda solicitada por cazadores y pescadores y que el Gobierno regional atiende por su componente, eminentemente, social.
Para modernizar la ley, el documento prohíbe prácticas incompatibles con el bienestar animal de los animales, que no se recogían hasta la fecha y que, ahora, actualiza las causas que pueden conllevar a una sanción en Castilla-La Mancha para combatir prácticas cruentas con los animales (que aunque no estaban generalizadas, quedarán prohibidas). Entre ellas el lanceo de jabalí, el tiro al pichón con tubo y el uso de venenos.
Un punto en el que el consejero ha aclarado que «la inmensa mayoría de los cazadores de Castilla-La Mancha y de los propietarios de los cotos están en contra, absolutamente, de prácticas cruentas con los animales». En este sentido, ha manifestado que «no hay ninguna organización representante del sector cinegético que haya puesto ningún problema a esta prohibición en este anteproyecto de Ley, sino todo lo contrario, han sido ellos mismos los que nos han pedido que prohibamos estas prácticas, entre ellas el lanceo de jabalí, que queda prohibido con este anteproyecto de ley».
Por último, Martínez Arroyo ha asegurado que las últimas semanas han sido “muy provechosas, con un alto grado de cesión por parte de todos”. Y ha apelado también al consenso por parte de todos los grupos políticos, para que cuando llegue el trámite a las Cortes Regionales se debata y quede aprobado a principios del próximo año.
Principales modificaciones
Se amplía la incompatibilidad con la caza del tiro al pichón y codorniz, a cualquier otra especie, que suponga el lanzamiento de los animales u otros métodos que pudieran considerarse crueles como el lanceo de jabalí. También se ha dado nueva redacción al punto m del artículo 27 eliminando por la inquietud suscitada en relación con la compatibilidad de la actividad cinegética y el uso público del medio natural.
El anteproyecto de la propuesta normativa modifica los requisitos para el establecimiento de terrenos acotados con objeto de solventar el problema surgido en muchos territorios en los que la estructura minifundista de la propiedad de titulares dificulta la constitución de terrenos cinegéticos y el ejercicio de la caza. Y se consigue una disminución de las trabas burocráticas o administrativas para esta actividad y una mayor regulación y organización del territorio cinegético.
Con objeto de optimizar la contribución de los cuarteles comerciales de caza a la conservación de los recursos naturales, la Administración evaluará periódicamente la afección que pudiera producir estableciendo compromisos ambientales que minimicen o anulen esta posible afección.
Se recupera las figuras de los cotos sociales con objeto de fomentar la actividad cinegética en igualdad de oportunidades para los cazadores de la región. Así mismo, se pretende adoptar los mecanismos necesarios para que las figuras de zonas colectivas de caza, también de marcado carácter social, puedan implantarse sin necesidad del desarrollo reglamentario.
Se establece una nueva herramienta para la planificación de la gestión cinegética, las ‘Memorias Anuales de caza’, que es una responsabilidad que asume la administración para este fin y se incluye, dentro de los registros públicos, el de los cuarteles de caza comercial con objeto de hacer más transparente la información en relación con el desarrollo de la actividad cinegética.
Se propone la modificación de la Ley 9/2012, de 29 de noviembre, de Tasas y Precios Públicos de Castilla-La Mancha y otras medidas tributarias con objeto de incorporar la exención de la tasa de la licencia de caza y pesca a los jubilados mayores de 65 años residentes en Castilla-La Mancha con objeto de facilitar la actividad a los castellano-manchegos con menos recursos.
Se pretende así mismo que la norma adecúe la redacción del punto 2 del artículo 22 de la Ley 9/99 de 26 de mayo de Conservación de la Naturaleza de Castilla la Mancha con objeto de potenciar la lucha contra el uso ilegal del veneno en el medio natural. Por último, dentro de la graduación de las sanciones, se ha incluido la posibilidad de que estas se relacionen en determinados casos con el beneficio obtenido, eliminando la posibilidad de que la infracción sea rentable.
Se modifica la redacción de la disposición adicional segunda con objeto de clarificar la temporalidad de la excepcionalidad en cuanto a la situación de superficie enclavada en los cotos creados al amparo de la norma anterior. La redacción de la disposición adicional cuarta se adecúa a los términos establecidos en el artículo 54 relativo a los cerramientos cinegéticos.