Un juzgado de Ciudad Real reconoce que el director de la Tesorería de la Seguridad Social «ha vulnerado la libertad sindical» de un delegado del CSI·F

El Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 1 de Ciudad Real ha dado la razón a un delegado del sindicato CSI·F, presidente de la junta de personal de la administración del Estado y presidente autonómico de Administración Central, reconociendo que el director provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Ciudad Real ha vulnerado el derecho a la libertad sindical, reconocida en el art. 28.1 de la Constitución Española.

Según informa el sindicato en una nota, «concurre además que este mismo director provincial es la segunda vez que vulnera el derecho a la libertad sindical de este delegado de CSI·F, al que el director de la Tesorería no quiso certificar los méritos específicos alegados por el demandante en el Anexo V de la convocatoria del Concurso Específico para la provisión de puestos de la T.G.S.S, concretamente de jefe de área de administración de la Tesorería en Valdepeñas».

La certificación de méritos que había expedido el director provincial con fecha 7 de julio dice textualmente: que entre el 8 de Julio de 2013 y 7 de Julio de 2015 el demandante tiene una “concesión de dispensa total de asistencia al trabajo (permiso sindical) otorgada mediante acuerdo de la dirección general de Función Pública a solicitud de CSI·F y por tanto no se certifica las funciones que el actor realiza en su puesto de origen, ya que la situación de Permiso Sindical es una situación de Activo a todos los efectos, causando un grave perjuicio de no puntuación de méritos específicos al compareciente”.

Aunque posteriormente el director provincial volvió a realizar una nueva certificación con fecha 30/11/2015, ya era fuera del plazo establecido, y tanto la demanda por fecha posterior a la presentación del recurso, como el concurso, ya estaban en proceso de desarrollo.

Sobre este caso, el ministerio Fiscal en su contestación a la demanda de fecha 28-09-2015 argumenta que “debe concluirse que se ha vulnerado el derecho a la Libertad Sindical desde la perspectiva de la garantía de indemnidad, al haberse provocado al recurrente un menoscabo profesional por razón de su actividad sindical, deparándole un diferente trato injustificado en relación con el resto de los trabajadores concursantes”

Derecho fundamental

La sentencia rechaza de plano la alegación de la T.G.S.S. que indica que el recurso en cuestión trata de un mero trámite y apostilla que también es desestimada la alegación de la parte demandada, en cuanto a que indica que se trataría de un asunto de legalidad ordinaria, cuando realmente se trata de una vulneración del Derecho fundamental de libertad sindical.

El fallo reconoce que este delegado de CSI·F ha sido víctima de una vulneración de derechos y anula el acto impugnado, reconociendo a que le sean certificados los Méritos Específicos de su Puesto de Trabajo de origen a los efectos de ser remitidos de nuevo a la Comisión de Baremación del Concurso y proceder de nuevo a una nueva valoración de todos los méritos destinados a la obtención de alguno de los puestos de trabajo a los que aspiraba el funcionario perjudicado.

Con independencia de la ejecución de esta sentencia, CSI·F se reserva todos los derechos legales a los que tuviera lugar, en aplicación estricta de la sentencia, y realizará todos los trámites necesarios para recabar actuaciones que pudieran ser constitutivas de faltas o abusos administrativos en la consiguiente depuración de responsabilidades, por ser una actuación reiterativa de la dirección provincial de la TGSS de Ciudad Real en contra del mismo funcionario.

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