Ciudad Real: La Asociación Provincial de Hostelería recurrirá al TSJCM la anulación de dos artículos del convenio colectivo

La Asociación Provincial de Hostelería recurrirá al Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha el convenio colectivo sectorial tras la sentencia dictada por un juzgado de Ciudad Real que declara la nulidad de dos artículos.
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Según los hosteleros, el Juzgado de lo Social Nº 1 de Ciudad Real ha estimado la demanda interpuesta por la Consejería de Economía, Empresas y Empleo y, con ello, declara nulos «exclusivamente» dos artículos del citado convenio relativos a la nocturnidad y la licencia para acompañar a hijos al médico. Para la asociación «es una resolución meramente declarativa por lo que, no pudiéndose ejecutar ni provisional ni definitivamente, supondrá que esta asociación y los sindicatos, en su caso, eliminen o modifiquen ambos preceptos, únicos del convenio en su día firmado que quedan sin efecto como consecuencia de la demanda interpuesta exclusivamente por la Consejería».

Dicha nulidad, insiste, «solo afecta a ambos preceptos y en momento alguno al resto del texto firmado, cuya publicación, y sin conocerse aún su causa, no se ha llevado a cabo por la Consejería, pese a contemplarse legalmente tal posibilidad y desde el inicio de este proceso».

A juicio de los hosteleros, «si se llevara a cabo la misma, posibilitaría la efectiva aplicación del restante contenido de dicho convenio, sus mejoras salariales y sociales pactadas, mejoras salariales que a nuestros asociados y desde un principio animamos a su efectiva aplicación».

Esta asociación mantiene que el íntegro texto «es resultado de su negociación y acuerdo firmado con los sindicatos, en los términos expuestos y consensuados por ambas partes, el plus de nocturnidad, teniendo en cuenta que los salarios siempre han sido pactados atendiendo las peculiaridades de este sector, se ha venido contemplando en los términos expresados, al menos desde el año 1999, y nunca ha sido puesto en duda ni motivo de negociación, y siempre ha pretendido ser una mejora para los trabajadores que llevan a cabo su cometido en la franja horaria señalada».

«Su implantación», prosigue, «desde las 22:00 horas, como pretenden los sindicatos y como consecuencia de la actuación seguida por la Consejería, supondría un claro encarecimiento de costes para las empresas del sector, ya afectadas por una negativa situación económica, y un verdadero problema organizativo y de control para las mismas para establecer su devengo y pago, al tener que verificar trabajador por trabajador, su hora de salida a partir de la citada hora».

Respecto de la licencia retribuida, «fue aceptada por la parte empresarial en los términos que se pidieron por los propios sindicatos para los hijos menores de 12 años, siendo que en momento alguno nada señalaron respecto a contemplarse hasta una mayoría de edad de 18 años que, legalmente, puede ser reducida», concluye.

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