Comisiones Obreras ha informado esta mañana de la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha que condena a la empresa Ambuibérica, concesionaria del servicio de transporte sanitario en la provincia de Ciudad Real, por vulnerar el derecho de huelga y a la acción sindical de dos delegados de personal de este sindicato que, pese a formar parte del comité de huelga, fueron incluidos en los servicios mínimos. La empresa deberá pagar 6.250 euros al sindicato y 3.150 euros a cada uno de los trabajadores por una «falta laboral muy grave».
Alfonso Tercero Condés, secretario general de la Federación de Servicios a la Ciudadanía de Comisiones Obreras, y Pedro José Lobo Arroyo, delegado de personal de este sindicato en la empresa Ambuibérica, han desgranado esta mañana en rueda de prensa el contenido de esta sentencia de la sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha contra la empresa concesionaria del transporte sanitario en la provincia de Ciudad Real.
Tercero recordaba que Ambuibérica es la concesionaria del servicio de transporte sanitario en la provincia de Ciudad Real desde diciembre de 2012. Una sociedad «participada por fondos de capital riesgo» y, según comentaba, paradigma «de las empresas que se hacen con contrataciones de servicios públicos a la baja, con ofertas temerarias. Lo que conlleva una serie de consecuencias sobre el empleo y la calidad que prestan a la ciudadanía».
A largo de 2013, Ambuibérica llevó a cabo «una política de destrucción de empleo en la provincia de Ciudad Real, y también en la de Guadalajara, aunque en menor medida, que afectó aproximadamente a un 20% de su plantilla». Según el secretario general de la FSC-CCOO, 120 trabajadores fueron despedidos durante ese año. Además, el convenio colectivo de aplicación a estos trabajadores, unos 360 en la actualidad en la provincia de Ciudad Real, rebajó sus condiciones tanto económicas, disminuyendo su salario un 16%, como laborales.
«Desde CCOO emprendimos una serie de acciones legales para defender las condiciones de los trabajadores. Intentamos frenar la política de la empresa y como no fue posible en alguna de las ocasiones, nos vimos obligados a convocar jornadas de huelga para intentar que la empresa readmitiera a todos los trabajadores que se iban despidiendo», añadía.
A lo largo de esas jornadas de huelga, que se desarrollaron en abril y octubre de 2013, los cinco delegados de CCOO en la empresa siempre fueron miembros del comité de huelga, apuntaba.
Una de las jornadas prevista para el 9 de octubre se traslado al 9 de noviembre. Entonces, la empresa incluyó a dos delegados de personal que formaban parte del comité de empresa en los servicios mínimos. «Acudieron a su jornada de trabajo para impedir que se eles abriera un expediente disciplinario pero su derecho a la acción sindical se vio conculcado por parte de la empresa, entendemos que de manera consciente y deliberada. Por tanto, decidimos interponer una demanda por vulneración de derecho de huelga, tanto de los dos delegados de personal como del propio sindicato», explicaba Alfonso Tercero.
El TSJCLM ha estimado el recurso que interpuso CCOO ya que, en primera instancia, el Juzgado de lo Social de Ciudad Real desestimó la demanda, alegando que se trató de un error informático. «El TSJCLM ha entendido que la comunicación de los miembros del comité de huelga ya supone que se tiene por conocida la condición de huelguistas de estos delegados de personal y condena a Ambuibérica al cese inmediato del comportamiento anticonstitucional y de las represalias hacia los delegados». Además, desvelaba que se ha impuesto una sanción a la empresa, por una falta laboral calificada como «muy grave», de 6.250 euros a resarcir al sindicato actor y una sanción de 3.150 euros que tendrá que pagar a los dos delegados de personal «por impedir el ejercicio de sus derecho de huelga y a la acción sindical».
El error de los representantes de este sindicato es no apuntar bien cuando disparan.Hoy aun hay cien trabajadores o mas despedidos.
Con la incertidumbre de que empresa les acogerá cuando el alto tribunal decida .Y el responsable del sindicato culpa a ambuiberica seria mejor que apuntara al gerente de urgencias y emergencias de castilla la mancha.
Pues es el quien dio la orden de servicios mínimos es el responsable del transporte sanitario. y tiene que ser el quien haga cumplir la ley a quien le paga con dinero publico .y una sanción economica no vasta tiene que haber un castigo como responsable y su dimisión se debe pedir ya
Eliseo, lo primero debes aprender a escribir, y lo segundo a mirar un poc las leyes y no disparar sin ton ni son, que tú sí lo haces sin saber hacia donde.
En caso de que haya otra empresa concesionaria, es cuestión de ampliar la demanda de los trabajadores despedidos a la nueva empresa una vez que se conozca que hay un nuevo concurso, así no habrá escapatoria para nadie, y cuando el Supremo emita su sentencia, habrá que ver quien es el responsable.
Si se declaran despidos improcedentes el responsable será Ambuibérica por no subrogarles, y deberá hacer frente a las indemnizaciones.
Otras posibilidades, deben darse con otras variables en juego, que pareces conocer,pero que malinterpretas y te formas un cacao bastante importante y te vas por las ramas, apuntando al gerente del sescam,que tendrá sus responsabilidades indirectamente, pero no las de los despidos ni la vulneración de derechos fundamentales