El Consejo de Gobierno de Castilla-La Mancha ha tomado en conocimiento el anteproyecto de ley de Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Servicios de Castilla-La Mancha.
Según ha declarado el consejero de Presidencia y Administraciones Públicas, y portavoz del Gobierno regional, Leandro Esteban, las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Servicios de Castilla-La Mancha constituyen un «eficaz» instrumento de colaboración con el Gobierno regional, además de un importante apoyo a los sectores económicos de la región.
Asimismo, Leandro Esteban ha apuntado que la nueva norma dota de claridad y seguridad jurídica a sus actuaciones y diferencia con nitidez las actividades de carácter privado, que las Cámaras podrán llevar a cabo en régimen de libre competencia, de las funciones público-administrativas.
La nueva normativa también establece el principio general de pertenencia de todas las empresas a las Cámaras “sin que de ello se derive obligación económica alguna, determinando el ámbito territorial provincial para las Cámaras, mientras que con el modelo anterior existía un pago obligatorio”, ha apuntado el consejero.
Además, Leandro Esteban ha subrayado el papel de las Cámaras en el mundo empresarial. “Son imprescindibles para la modernización y la competitividad de las empresas en campos como la implantación de nuevas tecnologías, la formación permanente en las empresas, la promoción, el apoyo logístico, el fomento y la proyección exterior y la creación de nuevas empresas”, ha asegurado.
Por otra parte, la nueva norma establece la finalidad representativa de estos organismos, la promoción y defensa de los intereses generales del comercio, la industria y los servicios, así como la prestación de servicios a todas las empresas, reforzando su papel de apoyo a las pequeñas y medianas empresas e incremento de su competitividad.
Transparencia y fortalecimiento del sector empresarial
Otra cuestión a destacar de la nueva normativa es la obligación de transparencia, ya que, según recoge, se hacen públicas las retribuciones de los altos cargos, las subvenciones que reciban, así como otro tipo de recursos públicos que puedan percibir para el desarrollo de sus funciones.
Asimismo, establece la obligación de depositar sus cuentas anuales en los registros mercantiles correspondientes de su localidad y la exigencia de contabilidades separadas en relación con las actividades públicas y privadas.
También hay que apuntar que esta ley permite a las Cámaras desarrollar todo su potencial e introduce numerosas reformas, con el fin prioritario de poner en marcha medidas eficientes de fortalecimiento e impulso del sector empresarial, abogando por un modelo de Cámaras dirigido a resultados, todo ello con el fin de reforzar su eficiencia en el desarrollo de las funciones que se les atribuyen.